Ya sé por dónde vas. Me dirás que los promotores de la cooperativa son los cooperativistas, pero me temo que estás equivocado.
El promotor es la Cooperativa, que es una Persona Jurídica independiente de los cooperativistas y que tiene las obligaciones que la Ley impone a los promotores.
Los cooperativistas no son los promotores, sino que tienen una doble condición:
- Por un lado son socios. Por ello hacen una aportación al capital social y responden por el capital suscrito.
- Por otro lado son clientes. Con las mismas garantías que cualquier cliente de cualquier otra inmobiliaria. Por ello las aportaciones que realizan para la construcción de sus viviendas no tienen la consideración de Capital Social y tienen que ser garantizadas OBLIGATORIAMENTE por la cooperativa. La cooperativa al fijar el precio de adjudicación de las viviendas tendrá que establecer un precio que cubra los costes (incluiros los financieros, y entre ellos el aval). pero esto no significa que cada uno pueda decidir si quiere aval y si no lo quiere ahorrárselo. TODAS LAS CANTIDADES DEBEN SER AFIANZADAS.
Y un par de cosas más.
- Los administradores de la cooperativa (en este caso el consejo rector) como órgano colegiado) son responsables de los incumplimientos legales en los que incurra en la cooperativa. Y como cualquier abogado sabe, según las normas que regulan la responsabilidad en las sociedades, la ratificación por la asamblea de decisiones contrarias a la Ley no exime a los administradores de sus responsabilidades. Y son responsables todos los integrantes del órgano de gobierno que no salvaron su voto y lo hicieron constar en acta.
- Existe amplia jurisprudencia en la que, cuando la cooperativa es en realidad una promotora encubierta (por ejemplo porque ha surgido por iniciativa de una gestor de cooperativas que ha utilizado esta forma jurídica para hacer un negocio ¿les suena?) las responsabilidades alcanzan también a la gestora, que pasa a considerarse promotora.
Saludos cordiales
Editado por fortunato 07/04/2010 12:07