Hola, por ejemplo el contrato dice que en caso de incumplimiento por parte del comprador, el vendedor se quedaría con todos los importes adelantados (y sus intereses) en concepto de daños y perjuicios. En el caso de incumplimiento por parte del vendedor, devolveria los importes adelantados por el comprador, en concepto de daños y perjuicios. Donde esta la penalización? La devolución, claro, si no te dan el piso te tienen que dar tu dinero, pero los daños y perjuicios? Si has vendido tu casa y estas de alquiler, o de prestado, y te has quedado sin tu nueva casa, por ejemplo? Casi 3 años haciendo equilibrios y que te devuelvan tu dinero como compensación?? En otros contratos de este tipo, la penalización es de un 50% mas del dinero adelantado. Y hay mas cosas… pone que pueden cambiar las calidades a su libre albedrío. Yo he pedido que firmen la memoria de calidades, por lo menos para estar protegida si me dan gato por liebre. No tiene porqué pasar nada, pero si pasa, todo en el contrato es a su favor.