Hola,
intento responder a alguna de las últimas cuestiones:
1.- Los requisitos habrás de cumplirlos en el momento de la entrega de llaves si o si. Si no los cumples es problema tuyo.
2.- En cuanto a la flexibilidad a la hora de los requisitos a cumplir: Esto es competencia exclusiva del ayuntamiento y comunidad y me temo que no lo van a hacer puesto que nunca se ha hecho. Otra cosa es que para tu fecha hubieran cambiado de forma general, y esto último no me extrañaría nada ya que son cada vez más las voces que dicen se amplien esos límites aunque ya te digo que, ahora mismo, los ingresos familiares máximos son 5,5 veces el IPREM, estamos hablando de más de 8 millones de pesetas al año.
Conclusión:
Si llegas o llegais (con tu pareja) a esa cantidad o la superas a día de hoy, ya no lo cumples y siento decirte que hay muchísima gente que no llegamos ni de lejos con lo cual, no lo subirán ya que hay mucha demanda de gente con ingresos inferiores o muy inferiores.
Si tu situación no es esta y estas por debajo o muy por debajo, sumando lo que aporte tu pareja, no debes preocuparte ya que los salarios no suben (de media) ni el IPC y normalmente, el IPREM sube todos los años lo mismo que el IPREM, es decir, que el IPREM siempre irá por delante de ti.
En cuanto a comprarte otra vivienda pues, creo que la respuesta esta clara no? si el día que vayan a entregarte la vivienda de protección oficial eres propietario de una vivienda de renta libre en la CAM o de VPO en cualquier punto del territorio nacional, lo siento muchísimo pero no te toca, otros tendremos prioridad sobre ti a pesar de lo embargado que estés para la compra de esa vivienda. Mi consejo es que si compras algo sea libre y no sea en la CAM, sólo en ese caso podrás seguir optanto a la VPO pero, incluso en este caso, yo no estaría de acuerdo en que te correspondiese pero...la ley es la ley y así lo dictamina.
Un saludo foreros,