Hacienda dice o por lo menos es lo que me explicaron a mí, que tienes cuatro años para escriturar desde que te desgrabas por primera vez, el quinto año es cuando tendrías que devolver el primer plazo,en el caso que no tengas vivienda escriturada, eso implica que tendrías que pedir una prórroga de otros cuatro años, el problema está en que si los plazos de escrituración tampoco se cumple en esos cuatros años, ya no hay una segunda prórroga y deberás de devolver todo lo desgrabado, no sé si me explicado bien, todo esto, es lo que me dijeros hace tres años.
un saludo