APOYO CONCENTRACION DIA 6 MARZO 12 EN LA PUERTA SOL
¿Cómo solucionar los problemas de las cooperativas de vivienda en Los Berrocales?
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Creo que es importante que todos unos y otros, de una u otra cooperativa nos unamos en algo que nos es comun la situacion politica creada en SURESTE Da igual quien este asociacion, grupo etc. un saludo a todos hasta el sabado. 12 PUERTA SOL
A TODOS LOS COOPERATIVISTAS DE LA ZONA BERROCALES
INFORMACION GENERAL
1.- CUESTION.- Las cooperativas de vivienda han estado formadas por gestoras que en muchas ocasiones han buscado su propio beneficio, a través de comisiones excesivas superiores al 6% que debiera ser el porcentaje razonable para viviendas de VPO.
2.-CUESTION.- Las cooperativas de vivienda han comprado terreno bruto o rústico en proceso de urbanización y no suelo resultante una vez finalizado el PAU. Estas compras no han servido sino para generar un riesgo ante las subidas y bajadas de valor del terreno innecesario cuando la vivienda es de VPO, ello puede dar lugar a costes que hagan inviable el módulo, y los únicos beneficiados serán las gestoras que en muchos casos previamente han colocado la primera junta de gobierno de la cooperativa para firmar un contrato a su favor del 12 % de Comisión.
3.- CUESTION.- LOS BERROCALES tienen un problema por el afán especulativo de algunas gestoras que ha fomentado la compra de terreno bruto a crédito que ha generado unos gastos financieros difíciles de soportar si la urbanización se paralizaba a la vez que se especuló innecesariamente; debería haberse adquirido suelo resultante que permitiera la construcción según módulos.
4.-CUESTION.- EL SEGURO no ha cubierto a los cooperativistas cuando el proyecto ha fracasado, a pesar de que el seguro contratado por los cooperativistas era a buen fin, aduciendo que solo se encargaban de que las cantidades vayan al proyecto urbanístico, cuando esta función ya la deben de hacer los bancos sobre la cuenta especial abierta, de cualquier forma se puede palpar el escaso control por lo ocurrido confirmado por la quiebra de las cooperativas. El cooperativista siempre ha pensado tener un seguro y así es, solo que las compañías no quieren pagar el siniestro a pesar de no llegar a buen fin y para que ahora digan que no cubría nada, cuestión diferente que entendía el asegurado.
5.- CUESTION.- LA ADMINISTRACION. Tiene la responsabilidad de controlar las obligaciones que marca la ley a la promotoras y a las cooperativas las catalogas de igual forma en la ley de edificación 38/99. Donde obliga a sancionar a todas las promotoras incluidas cooperativas que no tengan un seguro o aval bancario que cubra las cantidades, no lo ha hecho, culpable por omisión. La dirección General de Seguros se ha lavado las manos cuando es la encargada de controlar que los contratos de seguro cumplan con la obligación de información a los asegurados y garanticen un riesgo que es el que creen estar cubriendo los asegurados.
6.-CUESTION. Los bancos tienen la obligación si apertura cuentas en relación a la ley 57/68 de aportación de cantidades de exigir lo que marca la ley para la apertura, tener un CIF, etc. Entre ello, la obligación de controlar como así lo indica la ley un seguro de cantidades o un aval bancario, y ello bajo su responsabilidad si este seguro o aval no fuera correcto.
QUE SE PUEDE HACER.
Debería haber una parte política y otra jurídica, para poder solucionar un problema que han generado los grandes poderes y perjudicado como siempre al simple ciudadano. Política a través de crear asociaciones de afectados, plataformas etc, que movilicen y coordinen las inquietudes de los cooperativistas.
POLITICA.- Ejemplo la manifestación del día 6 de marzo a la 12
JURIDICA: VARIAS POSIBLES VIAS
A.- DENUNCIA A LA DIRECCION DE LA VIVIENDA, por dejación de funciones, y por no velar por la obligación de asegurar efectivamente las cantidades.
B.- DENUNCIA A CONSUMO, GESTORA, comisiones excesivas, mala gestión responsable de la quiebra o suspensión de pagos. COMPAÑÍA DE SEGUROS obligación de contratar según marca la ley, cláusulas abusivas, incumpliendo en materia de riesgo.
C.-DENUNCIA DIRECCION GENERAL DE SEGUROS. Responsabilidad de esta Dirección en controlar el tipo de seguro para esta materia que cumpla la ley, obligación de abono de la compañía ante el siniestro producido.
D.-DENUNCIA A LA COMPAÑÍA DE SEGUROS, exigiendo el abono de las cantidades aportadas, y cumplimiento de sus obligaciones.
E.- EN FASE DE CONCURSO DE ACREEDORES.- Personarse y defender el carácter de las cantidades entregadas. Recordar los créditos dados por los cooperativistas a la sociedad cooperativa son iguales que los créditos dados de un comprador a un promotor puesto que es el mismo caso.
G.- RECLAMACION CIVIL O PENAL.- EMPEZANDO POR NEGOCIACION PROFESIONAL
Penal.- Cualquier persona que crea ha sido engañado por una gestora o una aseguradora puede presentar una denuncia por estafa o apropiación indebida, Estas figuras jurídicas se dan en algunas cooperativas de Los Berrocales, Es obligación del fiscal la investigación. Incluso se puede plantear una querella.
Civil.- Más rápido.
Contra Compañía de Seguros, Exigencia del pago por siniestro producido. Responsabilidad por cláusulas abusivas, leyes de consumo, falta de información de las obligaciones y derechos estando obligadas por ley.
Responsabilidad de los Bancos por no exigir que se cumpla la ley 57/68 a las cuentas abiertas al amparo de esta Ley.
Responsabilidad de la administración por dejación de funciones, obligación de controlar y sancionar a las promotoras o cooperativas que no tengan un seguro o aval que cubra las cantidades aportadas.
Contencioso-administrativa. contra la administración por dejación de funciones y responsabilidad subsidiaria.
En todas estas vías, si se elige un abogado o procurador puede salir mas económico si éste es para más personas o afectados de cualquier forma este debería no estar viciado. Es decir que no tenga que ver ni con la gestora actual aunque sea otra, ni con la cooperativa, para ser independiente y ajeno a toda intervención tanto del consejo rector como de la gestora.
Un abrazo a todos y unión.