RanaSureste dijo:
El problema no es la hipoteca, es el crédito promotor, cuyos intereses hay que empezar a pagar a partir de junio de 2015. Así está firmado.[...>
El préstamo promotor es una operación hipotecaria para financiar la construcción y/o rehabilitación de viviendas y elementos vinculados, con la posibilidad de subrogación de los compradores en cualquiera de las distintas modalidades de préstamos vivienda.
Está dirigido a personas jurídicas (incluidas cooperativas), cuya actividad principal es la construcción y promoción, que asumen el papel de conseguir todo aquello que se necesita para que la promoción inmobiliaria se lleve adelante (solar, permisos, construcción, compradores, financiación).
En la estructura de la operación existen dos fases diferenciadas:
-Periodo de carencia (fase de construcción): corresponde a la etapa de financiación al promotor, dónde se establece un límite del préstamo tras el estudio concreto de la promoción y sus necesidades. En esta fase el promotor dispone por avance de la obra y sólo paga intereses.
Suele tener una duración de 2-3 años, en función del tiempo previsto para la finalización del proyecto.
- Periodo de amortización (fase comprador): es la etapa de financiación a los compradores y comienza en el momento de la subrogación del préstamo por su importe máximo
Tras leer esto entiendo que a partir de junio 2015, lo que supuestamente hay que empezar a pagar es amortización de capital del préstamo y no solo intereses como apuntas.
Y mi duda es la siguiente...
Si la amortización, como subrayo antes, comienza en el momento de la subrogación del prestamo en nuestras hipotecas particulares...y esta no se produce hasta la entrega de llaves tras la concesión de la licencia de primera ocupación...¿Que ocurre durante el periodo entre la finalización del periodo de carencia en junio 2015 y la fecha en que finalmente se firme la subrogación?¿Existe la posibilidad de ampliar el periodo de carencia?
Editado por klinisbut 18/02/2015 21:18