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U
Ultimad
07/06/2007 14:20

Sobre ayudas a vivienda protegida...

¿Cómo solicitar ayuda estatal y autonómica para viviendas calificadas provisionalmente?

5.336 lecturas | 5 respuestas
Según me han informado hoy mismo en la Oficina Vivienda de la Comunidad de Madrid:

A) Si nuestra vivienda está calificada PROVISIONALMENTE después del 1 de Enero de 2005, quiere decir que se acoge al Plan de Vivienda 2005-2008, y se tiene derecho a la ayuda estatal (Competencia Ministerio de la Vivienda) así como a la ayuda Autonómica (Competencia C.A.M.).

B) Si nuestra vivienda está calificada PROVISIONALMENTE antes del 1 de Enero de 2005, quiere decir que se acoge al Plan de Vivienda 2000-2004, y se tiene derecho a la ayuda estatal (Competencia Ministerio de la Vivienda) PERO NO a la ayuda Autonómica (Competencia C.A.M.), puesto que ésta no existía en dicho plan de vivienda.

Los formularios y documentación a presentar os los entregan en dicha oficina (Avda Asturias, 28), pero si es vuestro caso, haced hincapie en que es la solicitud antigua, puesto que por defecto os informarán de las viviendas acogidas al plan de vivienda actual (2005-2008)

Saludos.

PD: Sobre la cuantía de las ayudas depende del tramo impositivo en que nos encontremos, así como del importe del préstamo cualificado al que nos hayamos subrogado. Si no nos subrogamos en su momento al préstamo promotor y lo contratamos con otra entidad, NO TENDREMOS DERECHO a ayuda autonómica ni estatal alguna.
 
A
asqueada
21/06/2007 18:42
Muchas Gracias Carles por tu información.

Un Saludo,
 
C
Carles
14/06/2007 08:28
Hola, te paso lo que conzco sobre el tema. El otro día fui a la oficina de la vivienda de la CAM:

Conclusiones:

- Hay varios tipos de ayudas: de la CAM, del Estado y por otra parte está el préstamo convenido

- Por el hecho de ser VPO (ahora se llama VPPB - vivienda protección publica básica- ya que VPO era del plan 2001-2005 y VPPB es del plan 2006-2010) tenemos derecho al préstamo convenido con un tipo de interés interesante pero un tema muy importante: SE ESTABLECE UNA CLAUSULA DE 30 AÑOS PARA OBTENER LA DESCALIFICACIÓN VOLUNTARIA, esto es, dejar libre la casa.

- Hay ayudas del estado, pero SOLO si se gana hasta 3,5 el IMPREM (mas o menos 24.000€)

- La ayuda que da la CAM es el cheque vivienda (del 5%, 7% y 10% sobre el precio de la vivienda en función de los ingresos), pero si lo solicitas SE ESTABLECE UNA CLAUSULA DE 20 AÑOS CON POSIBILIDAD DE BAJARLO A 15 PARA OBTENER LA DESCALIFICACIÓN.

- Todos estos cálculos basados en IPREM van en función de la renta 2005 hasta dentro de unos días (fin del plazo renta 2006), entonces todo se basará en la renta 2006.


Mi opinión:

- Si se gana menos del 3,5 IPREM tienes ayudas interesantes entre unas cosas y otras (cheque vivienda, ayuda estatal y/o préstamo convenido), y podría interesar. Pero lo de la cláusula de 30 años es una pasada.

- Si se gana más de 3,5 IPREM se podría solicitar el préstamo convenido y/o cheque vivienda. Haciendo cálculos con una hipoteca tipo Hipoteca Joven y comparándolo con el préstamo convenido, la diferencia es alrededor de 10 euros al mes. Por esta diferencia tan pequeña creo que no interesa por la cláusula de 30 años.

- El cheque vivienda podría ser interesante, pero lo que no pregunté fue el plazo normal de descalificación, si es 15 años interesa, si es menos de 15 años no lo es.
 
A
asqueada
13/06/2007 19:12
Hola!

¿Me podéis decir, a grandes rasgos, en qué consiste la ayuda estatal y la autonómica?.

Muchas Gracias.
 
M
mirigo
08/06/2007 09:51
tienes 6 meses desde la calificacion definitiva, que eso lo puedes mirar en la web de la oficina de la vivienda para ver la fecha exacta, y una copia simple si que te pueden dar si quieres precisament para tramitar papeleo, de todas formas mira lo primero la fecha de calificacion definitiva, y si te piden todo, para compulsar no solo las escrituras, DNI, PADRON, todo original y copia.
 
A
aruiz
07/06/2007 22:53
Tengo un par de preguntillas a ver si me las podeis responder. 1.¿Que plazo se tiene desde que se escrituran los pisos para pedir las ayudas? 2.Tengo entendido que un papel que piden es una fotocopia de las escrituras junto con el original para compulsarlo o una copia simple.Nos han dicho que las escrituras originales tardan tres meses en ser entregadas,y que no nos pueden hacer copia simple xq ya esta en el Registro.¿Hay que esperar esos tres meses para poder solicitar las ayudas? GRACIAS Y SALUDOS
 

Fin del hilo
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