DxS
La Ley del IVA es la Ley 32/1992. En el art. 20.1. apdo 23º dice que los arrendamientos de viviendas están exentos (no tienen que pagar IVA).
Pero dice a continuación que esta exención no comprenderá a los arrendamientos con opción de compra de viviendas cuya entrega esté sujeta y no exenta. (punto d´)
Por tanto, como compra está sujeta (al 7%, como dice otro artículo de la Ley), este arrendamiento nuestro debe pagar IVA.
No lo he encontrado en los casos que van al 7 o al 4%, por lo que tributa al 16%.
Otra cosa es el acuerdo que se ha llegado en la Comunidad de Madrid para que no paguéis este IVA. Eso ya no se cómo va.. a ver si teneis suerte y os libráis.
Yo estoy pendiente de lo que pase con este acuerdo por si puedo intentar algo similar con la Junta de Andalucía para mi piso en Sevilla.
Un saludo.