El seguro estructural (decenal) de la vivienda

ADMIN    6 comentarios   

Post invitado de CRL, Seguros para construcción

¿Qué garantías sobre la construcción puedo exigir si compro una vivienda?

Adquirir una vivienda es seguro la decisión de compra más importante que realizaremos en nuestras vidas como consumidores, por eso es tan importante asegurarnos que las garantías ofrecidas por el vendedor estén avaladas durante los años posteriores a la entrega de llaves.

¿Durante qué periodos garantiza la ley y con qué coberturas está cubierta mi vivienda?

  • Durante el periodo de un año posterior a la compra de la vivienda, el vendedor (constructor/promotor) debe responder de los defectos de ejecución y terminación de la obra como son los daños estéticos y acabados.
  • Durante tres años deberá responder por aquellos defectos o vicios en la construcción ocasionados por el mal uso de materiales constructivos, que ocasionen por ejemplo problemas como un mal aislamientos del tejado.
  • Durante los siguientes diez años (decenio) un seguro debería garantizar la vivienda por daños estructurales de la toda la edificación, por ejemplo, aquellos provocados por la mala cimentación del terreno.

 

El seguro estructural (decenal), es un seguro de obligada contratación por parte del promotor o constructor del inmueble según la Disposición Adicional Segunda de la Ley 38/1999 de Ordenación de la Edificación (L.O.E.). Dicha cobertura comienza su validez desde la terminación de la obra. En ese momento será la compañía aseguradora para construcciones quien se hará cargo de los defectos indicados.

 

¿Si adquiero una vivienda rehabilitada debe contar con un seguro estructural decenal?

Sí, una propiedad completamente reformada se considera de nueva construcción, y por tanto es obligatorio que cuente con un seguro estructural por 10 años ante posibles fallos en su estructura. De esa manera podemos exigir a su antiguo dueño la confirmación de la existencia de ese seguro que pueda evitarnos problemas generados por la obra realizada en los próximos años.

La contratación de este seguro decenal es además un requisito más para la aprobación de la hipoteca sobre esa vivienda rehabilitada. La entidad bancaria podría solicitar verificar que existe ese seguro durante el estudio de la viabilidad de la hipoteca y antes de la aprobación definitiva del préstamo.

Cualquiera que decida constituirse como autopromotor inmobiliario, gracias por ejemplo a una herencia obtenida, también debe contar con un seguro de este tipo. De esta manera se garantiza que el autopromotor de la vivienda responderá ante fallos estructurales como resultado de un mal diseño o estudio arquitectónico realizado durante la rehabilitación del inmueble.

Recomendamos por tanto que quien pueda estar interesado en comprar una nueva vivienda se informe con anterioridad de las coberturas ofrecidas por el seguro estructural (decenal) contratado para ese inmueble y las ventajas frente otros seguros existentes en el mercado. 

CRL

CRL – Seguros para construcción

M
marinac
24/09/2016 00:09

Buenas,

Yo quisiera saber saber si se puede considerar fallo estructural que la escalera de acceso a mi vivienda unifamiliar se este separando del resto de la casa por el asentamiento del terreno (por la junta ya cabe un dedo).

Gracias y un saludo

ADASgestion
ADASgestion
06/11/2016 21:12

Si, ya que la posible deficiente compactación o la cimentación realizada no garantiza la estabilidad de la escalera.

H
hojitos
28/12/2017 19:23

dónde puedo ver al teléfono donde puedo llamar al seguro decenal?

5
567aimy
13/03/2018 09:28

Hola, 

Soy propietaria de un piso en un edificio donde la entrega de llaves se hizo en 2010. El caso es que el edificio tiene graves problemas como filtraciones de lluvia y humedades, mal aislamiento de fachada y ventanales, tanto en zonas comunes como en las viviendas, y también problemas estructurales en garajes.

Tenemos un administrador que nos ha aconsejado que no reclamemos el seguro decenal porque la constructora es Reyal Urbis y debido a la situación de la misma

5
567aimy
13/03/2018 09:31

(no sé si es insolvencia, quiebra, concurso de acreedores...) no vamos a conseguir nada, solo perder tiempo y dinero. Y ya se ha hecho una junta de propietarios aprobando presupuestos de reparaciones. 

Lo malo es que a las juntas acuden pocos propietarios, y los que acuden están de acuerdo con el administrador. Pero yo no lo veo nada claro. Y es mucho lo que nos sale a pagar.

Qué puedo hacer yo de forma individual para averiguar si el seguro decenal está en vigor? Me pu

5
567aimy
13/03/2018 09:33

Me puedo negar a pagar las reparaciones?

Gracias

 
No hay  comentarios
© 2002-2024 - HABITATSOFT S.L.U. CIF B-61562088 c/ Josefa Valcárcel, 40 bis 28027 Madrid
Contacto |  Publicidad |  Aviso Legal  |  Política de cookies  |  Blog |  Catastro |  Facebook |  Twitter
Vocento