Hola,
Según la legislación vigente (
http://www.aetsas.com/Decreto%2080_1998_14may%20(Condiciones%20Higienico-sanitarias%20de%20la%20CAM).pdf ), si son menos de 30 los vecinos que comparten la piscina no es obligatorio contratar un socorrista.
En caso contrario (mas de 30 vecinos) no sólo es obligatorio tener socorrista, también hay que tener (y cito textualmente) "aseos y vestuarios diferentes para cada sexo y no destinándose a un uso distinto de aquel para el que se crean en horarios de apertura de este servicio."
Realmente no se si hay bloques de más de 30 viviendas, pero en caso de que los hubiese, ¿sabéis si Hercesa a construido los correspondientes vestuarios y aseos?.
Un saludo.