Esta es la firma de un representante municipal:
Sergio Krstic Gibert
Presidente Asociación Administrativa de Cooperación
Concejal portavoz Jarama Directo
3º teniente Alcalde y concejal de Medioambiente, Servicios y Participación ciudadana
Esto es algun articulo de la ey de incompatibilidades:
CAPÍTULO I.
PRINCIPIOS GENERALES.
Artículo Uno.
3. En cualquier caso, el desempeño de un puesto de trabajo por el personal incluido en el ámbito de aplicación de esta Ley ser incompatible con el ejercicio de cualquier cargo, profesión o actividad, público o privado, que pueda impedir o menoscabar el estricto cumplimiento de sus deberes o comprometerse imparcialidad o independencia.
CAPÍTULO II.
ÁMBITO DE APLICACIÓN.
Artículo Dos.
1. La presente Ley ser de aplicación a:
El personal civil y militar al servicio de la Administración del Estado y de sus Organismos Públicos.
El personal al servicio de las Administraciones de las Comunidades Autónomas y de los organismos de ellas dependientes, así como de sus asambleas legislativas y órganos institucionales.
El personal al servicio de las corporaciones locales y de los organismos de ellas dependientes
CAPÍTULO IV.
ACTIVIDADES PRIVADAS.
Artículo Once.
1. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1. 3, de la presente Ley, el personal comprendido en su ámbito de aplicación no podrá ejercer, por si o mediante sustitución, actividades privadas, incluidas las de carácter profesional, sean por cuenta propia o bajo la dependencia o al servicio de entidades o particulares que se relacionen directamente con las que desarrolle el departamento, organismo o entidad donde estuviera destinado.
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/l53-1984.html#c2 alguno ve algo raro????