Buenos días.
El otro día llamé al Ayuntamiento para hacer la misma pregunta que haces tú en el Foro,.
¿Tenemos que pagar el impuesto?
Oiga, es que el plazo acaba el día 5 de Agosto.....
Oiga, se lo digo porque en el escrito que nos mandan junto a la carta de pago, en su punto número 5 y en el segundo párrafo pone textualmente " A este respecto cabe informar que únicamente cuando se notifique al interesado la correspondiente resolución, se iniciará el computo del plazo para realizar el ingreso de la deuda tributaria de la liquidación que junto a esta comunicación de inicio se acompaña "...
Entonces ¿tenemos que esperar a dicha "notificación" ??
Respuesta de la Señorita que me atendió.
Ud., no se preocupe, no tiene que pagar ahora, cuando le llegue la liquidación definitiva hace el pago.
Resumiendo, que lo que nos han mandado es un carta de Inicio de expediente (no sancionador), y tenemos que esperar a la notificación definitiva.
Si no queda claro y queréis confirmar la información, lo más directo es llamar al Ayuntamiento.
Saludos.