RESUMEN PLENO DE ENERO
Este primer Pleno del año tuvo una duración de cuatro horas y media
1º.- Acta anterior. Se aprueba por unanimidad
2º.- Decretos de alcaldía.
El Concejal de IU señala dos decretos seguramente repetidos
En la Resolución 1118 del Concejal de Cultura, se aprueba una factura de 407 € a favor de Ciudad Lineal SA, por el concepto “autobús para viaje a Cogolludo en la Semana Micológica”. Misma cantidad, misma empresa y mismo concepto se aprueba en la Resolución 1132 del Concejal de Cultura
3º.- Recurso Inventario de Bienes
- El Inventario de Bienes es un instrumento informativo, cuyas modificaciones hay que aprobar anualmente.
- IU propone que UXP retire el recurso y se incorporen las posibles deficiencias en la próxima modificación, con el compromiso del gobierno de que se hará en el plazo máximo de 3 meses
- No habiendo acuerdo entre las partes, el recurso se desestima con la abstención de IU
4.- Alegaciones de IU a la ordenanza fiscal del cementerio
Las alegaciones de IU se centran en los siguientes aspectos:
- La incoherencia de que con una diferencia de un mes, en la tasa de expedición de documentos se aplique una subida del IPC del 5,8% y en la del cementerio la subida del IPC sea del 8,7%. Se desestima porque un informe se hace en agosto y otro en octubre.
- La incoherencia del gobierno de manifestarse reiteradamente contra las subidas de impuestos y tasas, incluso un mes antes de la aprobación provisional de esta tasa en la que el Concejal de Economía, refiriéndose al gobierno anterior, decía literalmente: “la ordenanza reguladora de la tasa de prestación de servicios en el cementerio municipal, incrementan todos los apartados en un 40% es decir, ni a los muertos dejan en paz”, mientras que ahora la suben el 100, el 200, el 300, el 400, el 1000, hasta el 2000%. La desestiman sin responder.
- El cálculo que se realiza sobre el coste es superior al coste real de la actividad por la forma en que el gobierno tiene organizado el servicio. Se desestima porque se dice que el cálculo del coste se realiza en previsión de que las condiciones sean desfavorables o difíciles y por ello se calcula el coste máximo.
- Esto significa que no es el coste real, pero si el que se va a cobrar, el máximo. La Ley exige en el caso de las tasas que las tarifas no superen el coste real. Esto lo incumplen. Como dice el informe técnico la potestad de concretar las tarifas tributarias “se encuadra en el marco de la política tributaria municipal”. Es decir, es una decisión política, no técnica.
- Las alegaciones son desestimadas por la mayoría PP-ICxP
5.- Derogación de la ordenanza de las tasas de cultura
? Está relacionada con el siguiente punto, la imposición del Precio Público. Va en la misma propuesta
? En la Memoria del Concejal de Economía dice que “resulta conveniente la actualización de las tarifas” incluidas en la Tasa. Sin embargo mantienen las mismas tarifas.
? Presentan este punto por urgencia en la Comisión Informativa, bajo el pretexto de que debe ser aprobado este mes a causa del Plan de Ajuste. Sin embargo las tarifas de la Tasa y las del Precio Público, al ser prácticamente las mismas, es imposible que recauden 120.000 € que aprobaron en el Plan de Ajuste, un 50% más que la previsión de recaudación de 2011.
? Tendrían que explicar ¿por qué derogan la tasa?, ¿cuál es el motivo real?
? Se aprueba la derogación con los votos de PP-ICxP-UPyD
6.- Imposición del Precio Público por actividades culturales
El Concejal de Economía después de año y medio de concejal, sigue sin saber lo que es un expediente administrativo:
Firma la Memoria, que da inicio al expediente, el 11 de diciembre
Se emite el Informe Económico el 11 de diciembre
Se emite el preceptivo informe de Intervención el 11 de enero
Se emite el preceptivo informe de Secretaría el 10 de enero
El Concejal firma su propuesta para el Pleno el 11 de diciembre, sin que estén emitidos todos los informes obligatorios.
En estas condiciones no es de extrañar los errores del técnico que elabora el Informe Económico-Financiero, empezando en la primera página que dedica un párrafo entero al Servicio Municipal de Deportes y a las infraestructuras y equipamientos deportivos. Nada que ver con Cultura.
El técnico que suscribe el informe Económico, en el apartado “Método de cuantificación empleado para determinar la cuantía de los Precios Públicos” advierte no disponer de todos los costes anuales detallados que concurren y que resultan necesarios.
Pero además, en la página 12 y siguientes, para determinar el coste, el informe valora el Edificio Gaspar de Morales, cedido a la Guardia Civil y en el que ya no se puede realizar actividad cultural alguna.
En definitiva, el informe económico-financiero no permite conocer el coste real del servicio, requisito que marca la Ley.
Si comparamos las tarifas de la tasa con la del precio público, veremos que son las mismas. Con eso incumplen el Plan de Ajuste que aprobó el Pleno y el Ministerio de Hacienda. Pero también incumplen con la Ley de Haciendas Locales que dice que el importe de los precios públicos deberá cubrir como mínimo el coste del servicio.
Además de la falta de respeto e incumplimientos reiterados a los procedimientos, a las normas y a las leyes, este gobierno, con este tipo de medidas, manifiesta una absoluta falta de respeto a la democracia. Porque sólo hay un motivo para establecer este Precio Público: que las modificaciones de las tarifas sean aprobadas por la Junta de Gobierno Local. Que los precios públicos los puedan votar 5 en vez de 17 concejales y sin debate público.
Usan de manera fraudulenta la ley para hacer un fraude a la democracia.
Se aprueba con los votos de PP-ICxP-UPyD
7.- Derogación de la tasa de deportes
? Está relacionada con la imposición del Precio Público. Va en la misma propuesta
- Es la misma situación que la derogación de las tasas de cultura, hasta el punto que tanto la memoria como la propuesta son iguales cambiando deportes por cultura, la fecha y la firma del concejal.
- Dice el Concejal de Hacienda que hay que actualizar las tarifas, pero se mantienen las mismas o disminuyen, con lo que van a incumplir el Plan de Ajuste (pretexto que han usado para tramitarlo por urgencia) que prevee un incremento del 10% de recaudación por servicios deportivos.
- El único motivo por el que quieren poner un Precio Público y quitar la Tasa, es el de recortar aún más la democracia ya presidencialista que el PP y el PSOE han impuesto en los ayuntamientos. Ya lo han hecho con el Reglamento de Participación Ciudadana
- Se aprueba con los votos de PP-ICxP-UPyD
8.- Imposición Precio Público de deportes
- Al igual que el Concejal de Economía, el Concejal de Hacienda, que lleva casi 6 años de concejal, tampoco sabe lo que es un expediente administrativo.
- La Memoria que da origen al expediente está fechada y firmada casi un mes después del Informe Económico. La propuesta del Concejal, que es el último documento para elevarlo a Pleno, está fechada 3 días antes que el preceptivo informe de la Secretaria.
Al igual que en el Precio Público de cultura, el Informe Técnico-Económico contiene errores por la premura, que el mismo técnico cita y a la que le ha forzado el Concejal de Hacienda. Errores como que la conclusión final no está finalizada o como que escriba que “el presente informe técnico-económico se emite al objeto de justificar el precio público por la prestación de servicios en escuelas infantiles municipales”. Lo que hace pensar que el Concejal de Hacienda, al igual que el de Economía, no se leen los informes.
En cuanto al contenido de la ordenanza de Precio Público, no tiene diferencias significativas con la de Tasa, excepto que se delega la modificación de las tarifas en la Junta de Gobierno Local.
Dice el Concejal de Hacienda en su Memoria que resulta conveniente actualizar las tarifas. Pero no lo hace y además incumple con el Plan de Ajuste que también aprobó el Ministerio de Hacienda.
Dice le Concejal de Hacienda que la ordenanza debe ser de Precio Público y no de Tasa porque no reúne los requisitos legales de Tasa. Pero eso sólo sería cierto para la Sala de Musculación y las pistas de pádel y muy discutible para la piscina. Para el resto, obligatoriamente tiene que ser una Tasa. Además, si fuese cierto lo que dice el Concejal de Hacienda en aplicación de una Ley de 2004, tendría que explicar por qué en 2009, siendo él concejal, no alegó ni recurrió la Ordenanza con ese motivo. Simplemente porque no es cierto lo que dice.
Si aplicase esa Ley de 2004, las tarifas tendrían que ser superiores al coste real, sin embargo mantiene las mismas tarifas que en la tasa, muy por debajo del coste real.
Por último, argumenta el sr Miñambres que al delegar el Pleno en la Junta de Gobierno Local la modificación de las tarifas, “se convierte en un instrumento más dinámico y rápido en su tramitación y publicación”.
Eso es absolutamente falso y si el sr Miñambres tuviera intención de engañar a los ciudadanos y a los concejales, sería mentira.
Al ser una competencia de Pleno delegada en la Junta de Gobierno Local, los trámites son exactamente los mismos, siendo obligatorio el dictamen previo de la Comisión Informativa antes de incluirlo en el orden del día de la Junta. El contenido, los informes del expediente son exactamente los mismos y su publicación y exposición pública es exactamente igual.
Lo único cierto es que llevándolo a la Junta de Gobierno Local se oculta el debate público del Pleno, se niega a los ciudadanos el derecho a una información argumentada y confrontada entre los grupos municipales; es que se limita el derecho de los concejales a intervenir en asuntos públicos porque van a decidir entre 5 lo que tienen que decidir 17; y en definitiva se recorta la democracia, que es una constante de la política de este gobierno: más oscurantismo y menos transparencia.
Se aprueba con los votos de PP-ICxP-UPyD
9.- Aprobación inicial de la Ordenanza de tráfico, circulación y seguridad vial.
IU vota a favor
10º.- Acuerdo sobre ausencias por enfermedad o accidente sin incapacidad laboral de los empleados municipales.
Es un acuerdo con todos los sindicatos para concretar la nueva normativa al respecto.
IU vota a favor
11º.- Acuerdo para adecuar pluses de personal laboral municipal.
Es un acuerdo con todos los sindicatos que IU vota a favor
PUNTO URGENTE PRESENTADO POR IU
MOCIÓN PARA EXCLUIR A LOS CIUDADANOS DEL PAGO DE LAS TASAS JUDICIALES
Se trata de instar al Gobierno de España y en particular al Ministerio de Justicia a que adopte urgentemente las medidas necesarias para excluir a los ciudadanos del pago de las tasas judiciales y garantice que nadie vea limitado su derecho de acceso a la Justicia por no poder hacer frente al pago de las tasas.
El motivo de la urgencia es por la interpretación que hace el Alcalde sobre la inclusión de puntos en el orden del día en un Pleno.
Se rechaza la declaración de urgencia por los votos de PP-ICxP, por lo que no se puede debatir el punto