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gabardinaparagambas
13/09/2016 00:11

Árboles plantados cerca de las viviendas

¿Cuántos metros de separación deben tener los árboles de las viviendas para evitar daños en las tuberías?

2.848 lecturas | 6 respuestas
Me han llegado comentarios de vecinos, que los árboles que han plantado en Miramadrid en las aceras tan estrechas y cercanas a las viviendas, están causando desperfectos en las tuberías de las viviendas debido a sus raíces. Sabe alguien cuantos metros de separación tienen que tener respecto a las viviendas.Gracias
 
caballitos
caballitos
15/09/2016 19:58

cruzdemorales dijo:

Ya alguna vez le he echado un vistazo o dos. Es puro vicio inconfesable, son PDFs resultado de escaneado de papel, que no permite búsqueda de texto. Hay torturas peores, pero no se me ocurre ahora mismo ninguna. 

Hace algún tiempo me baje una copia del plan (en word) de la web de la asociación de vecinos de Miramadrid;

https://drive.google.com/open?id=0B7Mf2rjsebp9Vjh3QTJ6dFVtOEk


Editado por caballitos 15/09/2016 19:58
 
nortemm
nortemm
14/09/2016 15:57

Que suerte tener gente que sabe de todo

 
aasd
aasd
13/09/2016 18:51

En Miramadrid se plantaron árboles sin conocimiento. El mejor ejemplo, los plátanos de sombra. 

Se han plantado delante de las casas, invadiendo jardines e incluso ventanas y se han plantado, además, pegados a farolas que quedan dentro de las copas del árbol sin dar nada de luz.  

Por si fuera poco, estos árboles, de grandes y abundantes raíces, están reventando tuberías, levantando aceras y provocando accidentes en peatones que tropiezan con los alcorques levantados.

Otro ejemplo de especie mal elegida son las moreras. No es de recibo que se planten delante de viviendas con lo que ensucian y manchan.

Creo que se podría reordenar todo este galimatías de árboles y replantar y trasladar. Estoy seguro de que en muchos de los parques infantiles de MM estarían agradecidos de la sombra que proporcionan los plátanos de sombra en las puertas de las viviendas donde ahora se hayan.

 
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gabardinaparagambas
13/09/2016 18:44
Artículo 591.
No se podrá plantar árboles cerca de una heredad ajena sino a la distancia autorizada por las ordenanzas o la costumbre del lugar, y, en su defecto, a la de dos metros de la línea divisoria de las heredades si la plantación se hace de árboles altos, y a la de 50 centímetros si la plantación es de arbustos o árboles bajos.
Todo propietario tiene derecho a pedir que se arranquen los árboles que en adelante se plantaren a menor distancia de su heredad.

Artículo 592.
Si las ramas de algunos árboles se extendieren sobre una heredad, jardines o patios vecinos, tendrá el dueño de éstos derecho a reclamar que se corten en cuanto se extiendan sobre su propiedad, y si fueren las raíces de los árboles vecinos las que se extendiesen en suelo de otro, el dueño del suelo en que se introduzcan podrá cortarlas por sí mismo dentro de su heredad.

Artículo 593.
Los árboles existentes en un seto vivo o medianero se presumen también medianeros, y cualquiera de los dueños tiene derecho a exigir su derribo. Exceptuánse los árboles que sirvan de mojones, los cuales no podrán arrancarse sino de común acuerdo entre los colindantes.
 
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gabardinaparagambas
13/09/2016 18:13
Muchísimas gracias, da gusto gente así. Cuando encuentre algo más lo público. ??
 
boletuedulis
boletuedulis
13/09/2016 12:21

Señor Curzdemorales es usted un máquina, da gusto encontra gente tan dispuesta a ayudar, si tomaramos ejemplo cuantas cosas podriamos cambiar.

Un saludo

 

Fin del hilo
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