Hola:
Tal y como me habeís pedido alguno de vosotros y por si a alguien mas le interesa os indico todos los trámites que hay que seguir para hacer la cancelación registral de una hipoteca:
- El mismo día en que se constituya la nueva hipoteca, el banco cancelante tendrá que llevar un certificado de deuda pendiente indicando cual es la cantidad que queda por abonar. En caso en que no lo lleve, debes pedirlo a la sucursal del Banco con el que Hercesa tenía la hipoteca que se ha cancelado económicamente, pero esta vez debes pedir un certificado de saldo cero. Tienen la obligación de entregártelo y es gratuito, porque es probable que te den largas.
- Debes conseguir también una nota simple del registro de la propiedad (vale por Internet en
www.registradores.org que cuesta como 9 euros o personalmente del registro que cuesta 3.49). No obstante, el día de la firma en la notaría tendrán una nota simple donde constará que tu finca tiene una carga con La Caixa y es la que quieres cancelar. Te pueden hacer una copia que también te servirá.
- Con estos dos documentos (certificado de saldo cero y nota simple) vas a una notaría (te sirve la misma en la que se ha firmado la hipoteca) para que te hagan la escritura de cancelación. Un apoderado del banco con el que has cancelado tiene que ir a la notaria a firmar esa escritura o bien el notario desplazarse a su sucursal. Esto es lo que mas tarda, porque hasta que el apoderado de la Caixa no quiera ir, la notaria no puede hacer nada. Ya firmado, la notaria en menos de 7 días te entregará la escritura autorizada y una copia simple, que no te costará mas de 220 euros.
- Con la escritura y una copia simple, tienes que liquidar el impuesto en hacienda (aunque es exento) para poder presentarlo en el registro. Tienes dos formas de hacerlo:
a) En el propio registro de la propiedad: debes acudir a la Oficia liquidadora, pedir un impreso 601 exento y rellenarlo. Es muy fácil y en caso de duda, te ayudarán en la oficina liquidadora. Una vez rellenada, te ponen un sello o pegatina identificativa en todas las copias del modelo 601, se quedan la copia simple y ponen otro sello en la escritura autorizada. A ti te van a entregar solo una hoja azul (copia del modelo 601) y ya dejas la escritura para inscribir en el propio registro. En 15 días tienen la obligación de inscribir la cancelación registral pero no de entregártelo, aunque no tardarán mucho mas.
b) Acudir a una delegación de hacienda y solo tienes que pedir un impreso 601 exento y rellenarlo. Una vez rellenada, te ponen un sello en todas las copias del modelo 601, se quedan la copia simple, y ponen otro sello en la escritura. A ti te van a entregar una hoja azul (copia del modelo 600) y una hoja verde que debes grapar a la escritura autorizada. Luego vas al registro de la propiedad y entregas tu escritura con la hoja verde adherida.
Como ves, el paso a) es mas cómodo, porque en un solo viaje haces lo mismo y te aseguro que no habrá tantas colas y tardarás menos.
- En unos 20 días vas al registro a pagar (como muchísimo 200 euros) y retirar tu escritura (con la que deben entregarte una nota simple donde verás que la carga de la Caixa ha desaparecido
En resumen:
- Conseguir certificado de saldo cero de la sucursal del banco que se va a cancelar.
- Conseguir una nota simple del registro de la propiedad.
- Llevarlo a una notaria.
- Liquidar el impuesto exento (modelo 601) con una copia simple y llevar también la escritura autorizada
- Presentar la escritura con el sello de hacienda en el registro de la propiedad.
- Retirar la escritura en unos 20 días.
He trabajado en gestorías hipotecarias muchos años y me da cantidad de rabia que cobren como poco 180 euros por un trámite que no cuesta mas de 60 euros y por el que tardan como 6 meses, cuando haciéndolo tu, y si el apoderado del banco se porta, no tardarás mas de 2 meses como muchísimo.
Espero haberos servido de ayuda y si necesitaís algo mas, ya sabeís donde estoy!