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S
sandralru
10/03/2008 13:59

lo de las leyes es un cachondeo

¿Por qué nos aplican la ley del 2001 para las ayudas de la comunidad de Madrid y la nueva ley para el carácter de protección de 30 años?

9.336 lecturas | 39 respuestas
Si alguien es tan amable de explicarme por qué para lo de las ayudas nos aplican la ley del 2001 por la que no nos corresponden las ayudas de la comunidad de Madrid, si, como lo ois, la ayuda del cheque vivienda no nos corresponde, por ejemplo, y para los años de aplicación del carácter de protección, es decir, los 30 años, nos aplican la nueva ley. Porque creo que antes eran menos años no?
 
I
inqui
09/04/2008 18:12
Hola!

Te pongo el enlace, Rops:

http://groups.google.es/group/quieromipiso/topics?hl=es&start=

Salu2 y buen vecindario,
 
R
rops
09/04/2008 18:10
Como entro en el grupo google?
 
I
inqui
09/04/2008 17:32
Hola, Josygem!

Si no te importa, pongo en el grupo de Google la respuesta que te han dado sobre el cheque-vivienda, que es interesantííiiiiiiisima...

Muchas gracias.

Salu2 y buen vecindario,
 
titos
titos
08/04/2008 10:51
me quedo sin palabras
todos los insultos que se me ocurren no caben en esta pagina

lo siento pero esto va para juzgado

 
J
josygem
08/04/2008 10:19
Tras haber solicitado nueva aclaración sobre el tema a la oficina de vivienda de la comunidad de madrid, esto es lo que me han contestado:

"En relación a su consulta le comunico que el Instituto Municipal del Suelo de Móstoles no ha modificado la duración del régimen de protección de dichas viviendas.

El Instituto Municipal del Suelo de Móstoles solicitó calificación provisional de dichas viviendas, y obtuvo la correspondiente cédula por parte de la Comunidad de Madrid, acogiéndose las mismas al Decreto 11/2001 de 25 de enero.

Dicho Decreto 11/2001 de 25 de enero establece que la vinculación al régimen de protección de las Viviendas con Protección Pública, cuando no se haya obtenido financiación cualificada, o habiéndose obtenida ésta consista únicamente en subvención, durará veinticinco años, a partir de su calificación definitiva.

Cuando se haya obtenido financiación cualificada y ésta se refiera al préstamo cualificado, la vinculación al régimen de protección Pública será por el mismo plazo que el plazo inicial de amortización del préstamo, a contar desde la calificación definitiva.

Transcurrido el plazo que corresponda, se extinguirán las limitaciones de uso y precio establecidas.

Con posterioridad, y estando ya en vigor el Real Decreto 801/2005 de 1 de julio, el Instituto Municipal del Suelo de Móstoles solicitó financiación cualificada para la promoción de dichas viviendas, obteniendo, y haciendo efectivo, el préstamo convenido establecido en dicho Real Decreto.

Una vez hecho efectivo el préstamo convenido, las viviendas quedan calificadas por un periodo de 30 años sin posibilidad de descalificación voluntaria, pudiéndose acoger los adquirentes a las ayudas económicas por adquisición de vivienda establecidas en ese Real Decreto 801/2005, aunque, al estar las viviendas calificadas provisionalmente al amparo del Decreto 11/2001, no pueden acceder a la subvención establecida en el Decreto 12/2005 de 27 de enero “cheque vivienda”.

También le comunico que es facultad exclusiva del promotor la fecha de la solicitud de calificación provisional, siempre dentro de los límites establecidos por la Comunidad de Madrid, y la solicitud, o no, de la financiación cualificada o convenida.

Haciendo hincapié en que la autonomía de la voluntad de las partes tiene como límite la Ley, por lo que el título de adjudicación está supeditado a la Calificación Provisional y posterior Calificación Definitiva de dichas viviendas, le comunico que, en todo caso, y en caso de discrepancia, deben ser los Tribunales los que establezcan la validez legal o no de un título de adjudicación, así como los efectos del posible incumplimiento de los mismos."


Vamos, que el tema está claro, 30 años de protección y nada del cheque vivienda...

Un saludo.
 
titos
titos
02/04/2008 13:15
joseygem, si tiene nombre... pero el administrador de mnuevosvecinos borraría mi comentario

por mi parte se han ganado desde manifestacion a reclamaciones,


Nos dan las casas, pedimos las ayudas y si las deniegan se van a anterar

Si pagamos el metro a 1200€ no pasa "nada" por que fue lo que firmamos, pero que de un dia para otro deniegen una ayuda que desde un principio han asegurado.. eso ya no
 
J
josygem
02/04/2008 11:53
Hola vecinos,
Yo también envié un correo a la Oficina de Vivienda de la Comunidad de Madrid exponiendo el tema del cambio de normativa, etc, y la contestación ha sido idéntica a la que pone critina82 anteriormente, un corta y pega, además, también pone que atendió DANIEL...
Lo que sigue sin quedarme del todo claro es lo de "... Respecto al pretendido incumplimiento, por parte del promotor, de los pactos, cláusulas, condiciones, etc. que puedan figurar en su título de adjudicación o contrato de compra-venta respecto de la financiación y posteriores limitaciones, le comunico que la autonomía de la voluntad de las partes tiene como límite la Ley, por lo que el título de adjudicación está supeditado a la Calificación Provisional y posterior Calificación Definitiva de dichas viviendas ...". Nosotros en nuestro contrato de compraventa ya teníamos la calificación Provisional con los 20 años de protección reducibles a 15, y ahora la Definitiva será distinta y no pasa nada??...Supongo que lo que querrá decir es que TODO es provisional hasta la Calificación Definitiva?? En fin, que el IMS hará lo que se le ponga en las narices, y nosotros a acatarlo incondicionalmente... Esto no tiene nombre.

Un saludo.

 
C
cristina82
02/04/2008 09:04
Hola Titos,

Yo soy de la promoción 28, pero todas las promociones tenemos las mismas condiciones (creo).

Saludos
 
titos
titos
01/04/2008 18:39
gracias inqui

entonces por que **** dicen los del IMS que NO tenemos acceso al cheque vivienda?? o es que va por promociones??

cristina82 de que promo eres?

gracias y cada vez mas harto
 
I
inqui
01/04/2008 16:53
Hola!

Sí, el Cheque entra en ese Real Decreto, titos.

Salu2 y buen vecindario,
 
titos
titos
01/04/2008 13:34
cristina82 dijo:


También le comunico que las ayudas económicas por adquisición de vivienda a las que se podrá acoger son las establecidas en dicho Real Decreto 801/2005 de 1 de julio.



¿con lo cual entra o no entra el cheque vivienda en las ayudas?
 
C
cristina82
01/04/2008 12:47
Hola,

Mandé un mail a la Comunidad de Madrid explicandole nuestro caso y me han contestado lo siguiente:

Estimada Sra.

En relación a su consulta le comunico que las viviendas sujetas a regímenes de protección pública que se acojan a las medidas de financiación establecidas en el Real Decreto 801/2005 de 1 de julio tendrán un régimen de protección, sin posibilidad de descalificación voluntaria, que se extenderá a toda la vida útil de la vivienda, considerando como tal un periodo de 30 años, contando desde su calificación definitiva, independientemente de que usted se subrogue o no a dicho préstamo.

Respecto al pretendido incumplimiento, por parte del promotor, de los pactos, cláusulas, condiciones, etc. que puedan figurar en su título de adjudicación o contrato de compra-venta respecto de la financiación y posteriores limitaciones, le comunico que la autonomía de la voluntad de las partes tiene como límite la Ley, por lo que el título de adjudicación está supeditado a la Calificación Provisional y posterior Calificación Definitiva de dichas viviendas.

También le comunico que las ayudas económicas por adquisición de vivienda a las que se podrá acoger son las establecidas en dicho Real Decreto 801/2005 de 1 de julio.


Le agradecemos su consulta.
Le atendió,
DANIEL
Oficina de Vivienda de la Comunidad de Madrid
 
zasone
zasone
29/03/2008 12:40
La verdad es que el que vea esto como una inversión o negocio lo lleva claro.

La verdad es que a día de hoy yo no puedo permitrme el lujo de comprar una vivienda sin protección y de no habernos tocado esta, ahora estaría viviendo de alquiler.

No digo que sea un regalo ojo, pero al menos tenenmos techo. Y si en algún momento quiero irme a vivir fuera de Madrid puedo mantener mi piso y comprarme otro, tenemos la ventaja que en esta comunidad es donde más caros estan los pisos protegidos. Otra cosa es que nos queramos ir a un
Atico Duplex de 180m2, el beneficio por la venta de nuetro piso no sería muy alto, pero la tendencia bajista de los pisos libres y la alcista de los protegidos al final pueden hacer que no sea tanta la pérdida... Ya se verá yo ahora me conformaría con poner las cartas sobre la mesa y saber a que os podeis acoger con los contratos, porque si es verdad que de 15 años a 30 va una vida.
 
titos
titos
28/03/2008 14:35
el piso se puede vender cuando quieras, pero al precio que marque la Cam.
a los 30 años si se puede vender al precio que quieras.
Lo que no puedes es tener otra casa como vivienda principal en esos 30 años (sí ora propiedad), si se le turece a la Cam podrían quitarte la vivienda.

esta casa NO es uan inversion como dicen los envidiosos, es una necesidad. Estar en ella 10 años para venderla igual no es mas rentable que meter ese dinero en un banco.

coincido en el resto de las mayusculas
 
G
gusaceo
27/03/2008 16:09
touché
 
C
cristina82
27/03/2008 09:32
Hola krisyoli,

A los 15 años si te va bien puedes venderlo, al precio que marca la ley. Lo que no puedes es especular.

Saludos,

Cristina
 
krisyoli
krisyoli
26/03/2008 23:29
Esto me parece cuanto menos una manipulaciòn por parte del IMSM buscando su beneficio.Cuando el beneficio supongo que al ser PROTECCION OFICIAL las ventajas deberian recaer sobre los que menos posibilidades tienen "Los jovenes" y no que aun siendo una propuesta publica para "FACILITARNOS LAS COSAS" resulta que lo unico que facilita es que alguien poderoso saque mas y mas beneficios .

HAY QUE MOVILIZARSE. YO ESTOY CANSADO DE QUE NOS TOMEN EL PELO. NO SE DAN CUENTA DE QUE SOMOS JOVENES Y QUE TENEMOS MUCHAS ENERGIAS.NOS MAREAN CON CARTAS Y NOS ENGAÑAN CON PLAZOS .LOS BANCOS NOS PONEN UN TIPO DE INTERES DIFERENTE AL DEL 2002 POR QUE PARA INCREMENTAR LOS INTERESES NO IMPORTA CUANDO FIRMAMOS ............ ESTOY MUY CABREADO Y LO QUE AUMENTA MI ENFADO ES QUE ME TENGO QUE QUEDAR CON EL PISO 30 AÑOS ¿ Y SI ME VA BIEN A LOS 15 Y PUEDO CAMBIAR NO PUEDO ? ¿Y TERMINARE DE PAGAR Y NO PODRE SER DUEÑO DE MI CASA?.
ESTO ES UN CACHONDEO SON TODOS UNOS CORRUPTOS DE MIERDA
 
I
inqui
26/03/2008 16:46
Hola!

Creía que te referías a la "8ª notificación" del 17. ¿Cuál es la que tú dices, Su25379?

Salu2 y buen vecindario,
 
S
su25379
26/03/2008 15:24
esa carta no esta colgada, solo estan colgadas la de los pasos que siguen para la entrega de los pisos.
 
I
inqui
25/03/2008 17:17
Hola, Su25379!

Se pueden ver todos en la página del "gran" IMSM-Ayuntamiento de Móstoles: www.imsm.es

Pero sobre las ayudas, poco, poquito por parte de estos...

Salu2 y buen vecindario,
 
S
su25379
25/03/2008 16:08
yo recibi la carta con la ultima notificacion de como iba el proceso de los pisos del dia 17.... es que no puedo escanearla sino la colgaría en el foro...
 
J
josygem
24/03/2008 10:00
Estoy de acuerdo con gusaceo , deberiamos asesorarnos y organizarnos, esto es una tomadura de pelo. Lo que no sé es si yendo al IMS de Móstoles se soluciona algo... o a lo mejor habría que ir a la Comunidad de Madrid.
En algún mensaje anterior he leido que su25379 ha recibido información sobre esto (años de protección del piso, ayudas...) en una carta del IMS... esa carta era por alguna petición personal o es de las que mandan a todo el mundo? ¿Alguien más la ha recibido? Yo no he recibido nada al respecto...

Un saludo.
 
G
gusaceo
20/03/2008 10:54
Pues con respecto al tema legal, lo pregunte a un amiguete que es abogado y me comento que podemos reclamar, ya que se esta incumpliendo un contrato firmado, y que ademas, la clausula seria nula o algo asi.
Lo que si que me dijo es que habria que movilizarse, que si uno o dos van, les tiran para abajo fijo! Que el lo sabe de otras cooperativas, que si no van todos o casi todos los vecinos/as se encuentran con putaditas tales como "ah, me habeis puesto un recurso? Vale, la entrega de las casas se demora 1 año" y cosas por el estilo

Convendria asesorarnos y organizarnos , y YA porque tenemos el tiempo totalmente en contra. Otro problema es q cada parte del PAu tiene su propio banco, dependiendoe de que constructora haya .
 
S
su25379
19/03/2008 14:02
yo he recibido una carta esta semana con esa informacion por parte del ims. Lo de las ayudas no lo se, pues no me queda muy claro... en la carta solo pone que tenemos 6 meses para pedirlas no especifica que ayudas son.
 
J
josygem
19/03/2008 13:03
Hola vecinos,
Estoy muy indignada con esto de la "desinformación" total y absoluta, con no sé qué mala intención...
Lo único que tengo claro es que yo firmé un contrato de compraventa con unas condiciones y esas condiciones deberían ir a misa. En ese contrato se decía que el piso tenía una protección de 20 años, con posibilidad de reducirlo a 15, y eso es justo lo que yo quiero que se cumpla, ni más, ni menos, porque por eso yo firmé ese contrato junto con la firma del IMS. Es inconcebible que ahora las condiciones del contrato se cambien unilateralmente por su parte, y ni siquiera tenga la poca vergüenza de informar...cúando lo van a decir?? el día de la firma de la escritura cuando ya no haya solución?? De verdad que a veces pienso que se creen que somos tontos, y de eso nada. Tenemos derecho a saber "CON ABSOLUTA CLARIDAD" qué coño vamos a firmar en las escrituras que llegan próximamente, por adelantado, que la época oscura ya pasó. Podría darse el caso de que no quiera el piso en esas condiciones (30 años) de protección, y entonces, qué pasaría? Tengo derecho a no querer lo que no he firmado? Hemos aceptado unas condiciones, y si ha sido por un fallo en el contrato de compraventa, al menos que pidan disculpas y yo, si quiero, porque no tengo obligación, se lo aceptaré.

No sé si hay más gente preocupada con este tema, pero yo no pienso conformarme acatando todo lo que me digan los del IMS como borreguitos.

Además, me gustaría tenerlo confirmado por parte del IMS(con la ley en la mano, no diciendo por decir) este tema lo antes posible, porque me surge la duda de si, entonces, no te acoges al préstamo convenido, puede haber posibilidad de descalificar el piso antes y si no, no? O no depende para nada del préstamo que elijas (convenido o libre)? Por favor, si alguien sabe algo al respecto, se lo agradecería.
 
I
inqui
18/03/2008 21:29
Hola!

Su25379, por eso nos tienen que aplicar ese R.D. 801/2005, lo que pasa es que en el IMSM-Ayuntamiento de Móstoles son así de torpes y pusieron en el contrato las condiciones anteriores...

Respecto a las ayudas...el Estado sí nos da ayudas (AEDE, préstamo convenido, etc.), la Comunidad de Madrid, no (Cheque-vivienda)... el que quiera hacer un silogismo electoral (y no le guste eso de la política ni las ideologías)...

Salu2 y buen vecindario,
 
S
su25379
18/03/2008 20:54
pero... nosotros firmamos a finales del 2005, por lo menos yo y soy del primer sorteo y de la primera promocion, y el RD es del 1 de julio.... ninguna ley se puede ejecutar con caracter retroactivo.
 
C
cristina82
11/03/2008 15:15
Hola,

He llamado a la Oficina de Vivienda de la Comunidad de Madrid y me han informado que la ley ha cambiado en no sé que decreto y que aunque hayamos firmado el contrato con unas clausulas, el promotor (IMSM) elige a que clausulas acogerse, si a las anteriores o posteriores, y ha elegido las actuales.

Respecto a las ayudas también he preguntado y me han dicho que tengo que llamar con el número de expediente, luego llamo y os cuento.

Saludos,

Cristina
 
titos
titos
11/03/2008 12:22
flipo flipo y flipo

en resumen... tenemos o no cheque vivienda? por que eso cambiará la forma y lugar para hacer la hipoteca

Cambian la normativa y no nos informan?????? es de cachondeo no???
 
zasone
zasone
11/03/2008 12:11
Bueno, anoche estaba un poquito espeso.

Si mal no recuerdo y si recuerdo mal por favor corregidme, no se puede aplicar una ley posterior si esta perjudica a quien se le aplica, es decir, Si a mi por sacar una pistola en el metro hoy me imputan dos años por tenencia ilicita de armas y dentro de un año cambia la ley y suben la pena mínima a cuatro y me juicio sale despues de este cambio, se me aplica la pena que existía a fecha de cuando se ejecutaron los hechos.

Creo que ese ejemplo es perfectamente valido, y hay más si durante este periodo la pena en lugar de subir baja, me podría acoger a la nueva ley puesto que es mas beneficiosa para mi.

Esto no solo se hace extensible a la Derecho Penal sino al Derecho Civil y Mercantil.

Yo desde luego he firmado unas condiciones que se tienen que respetar, puesto que no me pueden aplicar parte de una ley, sino toda la ley completa. Por eso si estais de acuerdo, podeis exigir las placas solares, y otros beneficios que tenga dicha ley. De todos modos ya me comentó, creo que fue Botijo, que si el proyecto de vivienda era anterior al 2005 no se aplicaba la ley, de hecho en ningun piso hay placas solares y creo que tampoco existe la preinstalación, con lo cual que no nos hagan líos. Yo lo de la clausula abusiva del contrato no lo tocaría pero si me quieren tangar con la aplicación de una Ley que no corresònde ma pondría en contacto con un abogado Civil y Mercantil para que me aclarase las cosas.

TENIENEN UN MORRO QUE SE LO PISAN, SEÑORES DEL IMS NO SE SI LO HACEN A PROPÓSITO, O LES SALE SIN PENSARLO PERO ME PARECE MUY FUERTE QUE A ESTAS ALTURAS QUIERAN ENGAÑAR AL PERSONAL, ESPERO QUE SEA UN LAMENTABLE ERROR DE REDACCIÓN, PORQUE SI ES VERDAD QUE CADA MES QUE NO ENTREGAN LAS VIVIENDAS PIERDEN 30 MILLONES DE LAS ANTIGUAS PESETAS COMO NOS DIJERON USTEDES, AL FINAL VAN A ARRUINARSE PORQUE HASTA QUE LOS ENTREGUEN, DESPUES DE LOS MIL TRESCIENTOS JUICIOS APROXIMADAMENTE Y DE PAGAR LOS ALQUILERES DE TODOS ESO VECINOS DURANTE EL TIEMPO QUE DURE EL PROCESO... Y ESO SIN CONTAR QUE PUEDAN INCURRIR EN RESPONSABILIDAD PENAL, POR INTENTO DE ESTAFA Y USO FRAUDULENTO DE CAUDAL PÚBLICO. CLARO ESO YA SON LOS JUECES LOS QUE TIENEN LA ÚLTIMA PALABRA PERO BUENO AHÍ ESTÁ EL CASO GUATEQUE, MALAYA Y DEMÁS, QUE DE UNA INVESTIGACIÓN RUTINARIA SALIÓ TODA LA BASURA QUE HABÍA ENTERRADA...
CUIDADO SEÑORES, LA GENTE NO VA A TRAGAR.
 
zasone
zasone
10/03/2008 23:38
Has aclarado lo que ya se sabía, que los del IMS hacen y deshacen a su antojo y que son unos incapaces.

Incapaces de informar.
Incapaces de terminar en plazos.
Incapaces de cumplir una promesa.
Incapaces en definitiva.

Pero para coger el dinero están los primeritos...

 
H
hadassa
10/03/2008 21:57
hola a todos, yo he estado unos dias preocupada por esto y he empezado a moverme. Despues de montones de llamadas al IMSM dejando mensajes sin contestacion alguna me he ido a la comunidad de madrid y he resuelto alguna de mis dudas. De momento lo que sé es q teniamos firmado en el contrado con la ley anterior ( totalemnte legal en el momento de la firma y despues) lo q suponia prestamo cualificado (20 años) y proteccion 20 años ( pudiendo descalificar a los 15).
En algun momento parece ser que le IMSM ha solicitado cambio de plan para regirnos por el Real Decreto 801/2005 del plan estatal de vivienda. Este en su articulo 5 dice q si se se cogen las medidas financieras descritas en el plan la proteccion pasa a ser 30 años sin posibilidad de descalificar antes. Si el IMSM como promotor ya ha solicitado el prestamo convenido (25 años y del RD 801/2005)no tenemos ninguna posibilidad , la vivienda ya tendria uan proteccion de 30 años.
Si no nos hubiesemos acogido a dicho prestamo la proteccion seria 20 q es la ley de la comunidad de madrid.
Pero las ayudas a las que optamos si han hecho el cambio de plan ( q parece q si, pero no nos lo dicen de forma oficial) serian a todas, las del plan 2005-2008 de vivienda y las de la comunidad de madrid , auqn de esto ultimo no estoy segura.
De todos modos es injusto q cambien las condiciones pq ellos lo soliciten y no nos comuniquen nada, y han tenido dos años y pico para hacerlo y encima parezca q es por obligatoriedad y eso si q no es cierto.
No se si he aclarado algo, pero es un lio, todo esto. Me parece que al final resignacion, yo intentare preguntar y oir una contestacion con leyes que diga pq para unas cosas un plan y no para todas, pq sinceramente yo tp lo entiendo.
Un saludo a todos y mucho animo q todavia nos queda.
 
S
sandralru
10/03/2008 18:49
Pues si que estoy alucinada ahora, yo no entiendo nada. Jo pues si nos corresponde sería genial. No entiendo porque me dicen que no en el IMS si lo que has pegado Inqui no dice nada de decretos.

Saludos
 
I
inqui
10/03/2008 18:13
I
inqui
10/03/2008 18:10
Hola!

En la web de la Oficina de Vivienda he encontrado esto sobre el cheque vivienda:

http://www.madrid.org/cs/Satellite?MS=1109267962487&c=OVIC_Actuaciones_FA&cid=1142411671175&language=es&pagename=OVICAM%2Fhome_OVICAM

Salu2 y buen vecindario,
 
B
bea_miguel
10/03/2008 18:05
sandralru dijo:

A mi me han dicho en el IMS que no tenemos derecho al cheque vivienda, con estas palabras. Si puedes llama al IMS y lo preguntas. Yo he llamado dos veces para confirmarlo y me han dicho lo mismo: que nuestros pisos se rigen por el decreto 2001 mientras que el cheque es por el decreto 2005. Pero si nos corresponde al final me pondré como unas castañuelas.

Perdona Sandralru, a nosotros si nos corresponde el plan vivienda (firmamos en 2006), pues me parece fatal que a vosotros no, no le veo el más mínimo sentido.
Yo llamaría a la oficina vivienda xq me parece rarísimo...
Suerte!
 
S
sandralru
10/03/2008 17:53
A mi me han dicho en el IMS que no tenemos derecho al cheque vivienda, con estas palabras. Si puedes llama al IMS y lo preguntas. Yo he llamado dos veces para confirmarlo y me han dicho lo mismo: que nuestros pisos se rigen por el decreto 2001 mientras que el cheque es por el decreto 2005. Pero si nos corresponde al final me pondré como unas castañuelas.
 
C
CarolGonzalo
10/03/2008 17:00
Eso significa que si eres mayor de 30 años cuando firmes la hipoteca no te correponde el cheque vivienda? o cómo funciona eso?

Gracias por anticipado.

saludos,
 
B
bea_miguel
10/03/2008 15:18
Se nos aplican dos normativas, la de la CAM y la del Ministerio de Vivienda, porque ambas tienen competencia al respecto.
Si tenemos derecho al cheque vivienda de la CAM y sobre el límite de años es así por la constitución de préstamo convenido - Ministerio de Vivienda- para la construcción de las viviendas...
 

Fin del hilo
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