Hola de nuevo a todos y todas.
Caso cerrado el asunto de ayudas Plan Vivienda 2005-2008, para VPP expediente GP-000.
La carta que hemos recibido notificando la resolución de inadmitir a trámite el Cheque Vivienda solicitado es correcta en todos sus términos: nuestras viviendas tienen expediente de calificación GP-000, con solicitud de calificación provisional del año 2004, y calificación definitiva del Decreto 11/2001, de 25 de enero, en su día VPP, y ahora son VPPB.
Por lo tanto, le corresponderían las ayudas, de financiación cualificada establecidas en:
. Decreto 11/2001, de 25 de enero, Plan 2001-2004 CAM.
. Real Decreto 1/2002, de 11 de enero, Plan 2002-2005 ESTATALES (Ministerio de Fomento)
El
Decreto 11/2005, de 27 de enero aprueba el Reglamento de Viviendas con Protección Pública de la Comunidad de Madrid, y unifica el
régimen jurídico de la vivienda protegida, estableciendo los tipos de VPP para venta en:
. VPPB - Vivienda Protección Pública Básica
. VPPL - Vivienda Protección Pública Precio Limitado
Así, nuestras VPP ahora son tipología VPPB a efectos de tipo de VPP, pero no de Plan de Ayudas, que nos seguiría correspondiendo los planes de ayudas indicados al inicio de la exposición.
Estos planes están derogados en la actualidad por planes cuatrienales posteriores, pero además están extinguidos tanto por la conclusión del período máximo establecido para su vigencia como por el agotamiento del volumen de recursos estatales asignados.
Es aquí y ahora, cuando entra en escena nuestro querido:
- DECRETO 12/2005, de 27 de enero , por el que se regulan las ayudas económicas a la vivienda en la
CAM (PLAN DE VIVIENDA 2005-2008), al amparo del que en su día presentamos todos la solicitud de ayudas.
- REAL DECRETO 801/2005, de 1 de julio , por el que se aprueba el
PLAN ESTATAL 2005-2008 , para favorecer el acceso de los ciudadanos a la vivienda.
Pues bien, es ahora cuando viene lo mejor:
Al estar nuestras ayudas específicas (VPP Decreto 1/2001) agotadas, el Plan Vivienda ESTATAL 2005-2008, permite en sus disposiciones transitorias acogerse a este nuevo plan, de manera que podemos pedir las ayudas que ofrece:
- Préstamos Convenidos de hasta 80% precio compra, plazo 25 años: son préstamos con garantía hipotecaria concedidos por entidades financieras con convenio firmado con el Ministerio de la Vivienda.
- Subsidiación de Préstamos Convenidos: reducción de una parte de la cuota de amortización a pagar por el préstamo convenido durante 5 años, ampliable otros 5 años.
- Ayuda Estatal Directa a la Entrada (AEDE):
. Cantidad a abonar en un pago único, varible según caso:
desde 4.000 hasta 11.200 euros.
Todos los requisitos y limitaciones de este Plan ESTATAL de Ayudas son los que figuran en el folleto "Cuadro Resumen de Ayudas a la Compra de Vivienda en la CAM" que nos entregaron en el año 2007 cuando "nos informaron mal", son exáctamente las mismas, OJO ESTATALES !
. Sup. útil vivienda max 90m2
. Duración legal protección 30 años, desde calificación definitiva, sin posibilidad de descalificación voluntaria.
. Plazo solicitud: 6 meses desde calificación definitiva.
http://www.mviv.es/es/index.php?option=com_content&task=view&id=396&Itemid=33 Todo esto que acabo de contar y que sigue vigente, no ocurre con las ayudas establecidas en el Decreto 12/2005, de 27 de enero, de Plan Vivienda 2005-2008 de la CAM, y más concretamente la ayuda económica en CHEQUE-VIVIENDA, sencillamente porque no se prevé en ninguna parte del Decreto 12/2005, que sea aplicable al plan anterior de 2001-2004, todo lo contrario del Plan Estatal que acabo de contar, que sí "repesca" a los que no pudieron pedir ayudas por su plan específico ya agotado, véase nosotros mismos (Pedralbes).
Por lo tanto, la información que nos dieron en la Oficina de la Vivienda no es del todo errónea, salvo en que sí podíamos pedir el Cheque Vivienda, pero no en cuanto a todas las ayudas del Plan Estatal 2005-2008, que sí nos informaron de ellas y sí pudimos pedirlas.
La cuestión ahora es:
A.- Quienes pedimos únicamente el Cheque Vivienda, nos lo han inadmitido con motivo.
B.- Quienes pidieron tanto la ayuda de la CAM (Cheque Vivienda) como las ayudas ESTATALES. No tienen derecho a lo primero pero sí a lo segundo, aunque hayan presentado la solicitud equivocada del Decreto 12/2005, de 27 de enero, eso sí dentro de los 6 meses desde calificación definitiva.
SOLUCIÓN: - El grupo A, si considera pese a todo que le informaron mal, deberá ir a la Oficina de la Vivienda para presentar un escrito de queja por el mal funcionamiento y recurrir en alzada la resolución de inadmisión de la solicitud de ayuda, con aportación del resguardo sellado de la presentación de la queja. E incluso si no la pidió, pedir ahora la ayuda ESTATAL dicha, aunque será más complicado pues está fuera del plazo de los 6 meses desde calificación definitiva y no la pidió.
- El grupo B, deberá ir a la Oficina de la Vivienda para presentar escrito de queja por el mal funcionamiento y la entrega de solicitud errónea, y pedir el modelo de solicitud de ayudas financieras por la adquisición de vivienda protegida de nueva construcción al amparo del REAL DECRETO 801/2005, DE 1 DE JULIO, para presentarlo con toda la documentación necesaria nuevamente.
De esta forma subsana el modelo erróneo presentado en su día dentro de los 6 meses desde calificación definitiva.
Para todo esto, debeis acudir a la Oficina de la Vivienda de Avda Asturias nº28 de Madrid, y pedir impreso para queja y modelo solicitud R.D. 801/2005, de 1 de julio, que sí tienen:
http://www.madrid.org/oficinavivienda IMPRESO ESCRITO DE QUEJA, para llevar ya cumplimentado, aunque en la Ofic. Viv. entregan uno con copia autocopiativa:
http://www.madrid.org/cs/Satellite?c=SAEL_Generico_FA&cid=1142321205706&language=es&pageid=1160114913576&pagename=AdministracionElectronica%2FSAEL_Generico_FA%2FSAEL_generico IMPRESO DE RECURSO DE ALZADA: http://www.madrid.org/cs/Satellite?c=CM_Tramite_FA&cid=1142345257270&idConsejeria=1109266187260&idOrganismo=1109266208025&language=es&pagename=ComunidadMadrid%2FEstructura&pid=1109265444835&segmento=1 Yo por mi parte como solo pedí el Cheque Vivienda de ayudas de la CAM, y no me interesa el Plan Estatal, no reclamaré nada más, aunque he puesto la queja por el mal funcionamiento de la Oficina de la Vivienda.
Y colorín colorado, este cuento............. ; Pues eso.
Gracias a todos y espero haberme explicado suficientemente, hasta otra !
Un saludo,
mrbarlon