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limerick
25/06/2004 08:00

Limite de ingresos

1.836 lecturas | 5 respuestas
Alguien sabe cual es el limite de ingresos para una pareja?, y que pasaria por ejemplo si te apuntas a la cooperativa y ese año cumples con el limite de ingresos y haces tu declaracion te devuelven tu dinero, y al año que viene te pasas del limite, se podria uno de la pareja desvincular de la cooperativa y que pasaria con la devolucion de renta del otro miembro, podrian quitarte el piso?
saludos y a ver si me ayudais
 
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barbarama
25/06/2004 13:12
Prueba llamando a este teléfono 91.580.31.47 o acercándote a la calle Maudes, 17, que es donde esta la sede encargada de gestionar los temas de vivienda protegida de la Comunidad de Madrid.
El contrato de compraventa es el que se firma cuando la cooperativa o promotora tiene la licencia de obra para empezar a construir y tengo entendido que es un documento donde figura ya que el terreno pasa a estar a nombre de los futuros propietarios.
 
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limerick
25/06/2004 12:58
Sabes en que sitio de la comunidad te informan, ah por cierto el contrato de compraventa exactamente cual es, y cuando se suele firmar.
 
B
barbarama
25/06/2004 12:25
Pues creo que sí, que en caso de solicitar el piso entre dos, si las dos personas aparecen en el contrato de compraventa, se suman los dos ingresos.
Pero todos estos datos yo te los puedo confirmar, fijo en la Comunidad de Madrid te informan bien!
 
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limerick
25/06/2004 10:13
Y en caso de no estar casados, el limite de ingresos cual seria la suma de los dos o por separado cada uno no pudiendose separar individualmente de esa cantidad, supongo que sera la suma de los dos en caso de no estar casado.
Gracias
 
B
barbarama
25/06/2004 09:22
Pues según tengo entendido, el límite de ingreso por unidad familiar para acceder a una VPP es de 5,5 veces el salario mínimo interprofesional. En el caso de una pareja, esa cifra tope sólo cuenta como unidad cuando están casados, puesto que si no no se considera unidad familiar. Estos requisitos deben cumplirse cuando se va a firmar el contrato de compraventa y posteriormente no es necesario y se puede acceder a la vivienda sin ningún problema, aunque creo que si no se cumplen los requisitos a la firma de la escritura, no podéis tener acceso a las ayudas de la Comunidad de Madrid.
Esta es la información que yo tengo, podéis confirmarlo llamando a la Comunidad de Madrid.

Saludos!
 

Fin del hilo
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