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CONSTITUCION EUROPEA

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ARTÍCULO II-94
Seguridad social y ayuda social
3. Con el fin de combatir la exclusión social y la pobreza, la Unión reconoce y respeta el
derecho a una ayuda social y a una ayuda de vivienda para garantizar una existencia digna a todos
aquellos que no dispongan de recursos suficientes, según las modalidades establecidas por el
Derecho de la Unión y por las legislaciones y prácticas nacionales.
 
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no me hago pajas mentales
os recuerdo que tendremos que votarla en breve
 

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