Ciertamente para mi me es indiferente el sistema de apertura de las puertas de los garajes. Estaría de acuerdo en lo que la mayoría de los vecinos pudiera decidir en una junta.
Por otro lado, Ago, en lo que aludes en el último punto de tu argumento, lo que indica la legislación es que el ancho de la puerta de paso sea de un mínimo de 70 cm. Y esto no se refiere a la puerta de paso y a la otra hoja, sino a la puerta de paso.
Incluso en cataluña la legislación indica que esta puerta sea de 80 cm. en lugar de 70.
http://www.inforesidencias.com/barreras.asp Este tema de las puertas de los portales a mi personalmente i me parece interesante, me afecta, lo reclamaría a la promotora/constructora, o estaría de acuerdo que lo costeara la comunidad de propietarios.
Un saludo