Creo que este foro está para opinar... agradezco la información que en él se facilita.... efectivamente lo mío era sólo una opinión y unas cuantas dudas que ya me se ma han aclarado....
He podido leer la ordenanza reguladora del Ayuntamiento de Madrid y me ha aclarado que:
Art.3: Define lo que es un "vaso" y la piscina infantil es uno de ellos, por lo tanto serían 2 vasos.
Art.5: Todas las piscinas de Madrid deben tener licencia urbanística municipal, en nuestro caso nuestra piscina cambia de 1 vaso a 2 vasos... por lo tanto la licencia debe cambiar o ampliarse.
Art.7: El vaso infantil debe ser independiente y aislado de la zona de adultos.
Art 27. la filtración y depuración debe ser independiente para cada vaso.
Art 34: Se debe suscribir una póliza de seguro de responsabilidad civil, en este caso, también cambiaría.
Art 36:Socorrista, para determinar el número de socorristas en los recintos donde existan vasos diferentes se sumarán las superficies de las láminas.
En el caso de que la separación física entre los vasos no permita una vigilancia eficaz será obligatoria la presencia de dos socorristas.
Una única cosa, cuando me dicen que quitemos la piscina grande.... yo compré la vivienda sabiendo que existía una piscina y por lo tanto así su coste en gastos, tambien compré la vivienda pensando que el garage tendría luz, y resulta que todas las luminarias fundidas que están en zonas altas no son cambiadas, ni tengo muro, ni jardín en la parte de atrás, ni puerta de peatones en el garage, etc,etc.... creo sinceramente que siguen existiendo demasiados temas pendientes que nos van a suponer algunos gastos extras como para pensar en paneles solares, nueva piscina, nueva depuradora,etc,etc...
De todas formas, y en eso siempre estaré de acuerdo, que se pidan ofertas y se vote en la reunion, y se hará lo que quiera la mayoría.