Volver al foro
koala_peke
koala_peke
16/01/2010 00:22

Desgravación cantidades aportadas a cooperativa

¿Puedo desgravarme en el IRPF las aportaciones que hago a la cooperativa para la compra de mi vivienda?

6.745 lecturas | 8 respuestas

Buenas a tod@s.

Pregunta del millón:
- Tengo cuenta vivienda desde 2006 (habiendome desgravado en el IRPF del 2006, 2007, 2008 y ahora en 2010 me desgravaré del ejercicio 2009)
-Tengo que aportar en el 2010  60000 euros a la cooperativa.
- "X" de esos 60000 euros vienen de la cuenta vivienda que ya desgravaré del ejercicio 2009.
- "60000 - X" lo estoy aportando a la cooperativa de otra cuenta distinta a la de vivienda.


¿Tengo derecho en 2011 (ejercicio IRPF 2010) a desgravarme de esos "60000-X" euros aportados a la cooperativa para la compra de mi vivienda?¿Es suficiente con que la cooperativa me aporte un contrato de adjudicación provisional de la vivienda?

En caso afirmativo, ¿Podría desgravarme continuadamente IRPF 2011, IRPF 2012, ...de las aportaciones que hago a la cooperativa? ¿O sólo se puede desgravar si hay hipoteca de por medio?

Muchisimas gracias

 
U
universe27
17/01/2010 12:20
Abri un hilo hace unos dias, yo entinedo que si nos podremos desgravar en el 2011 las aportaciones de 2010...
http://www.nuevosvecinos.com/hipotecas/2829624_cuenta_vivienda.html
No se como verificarlo, pero parece ser que si

 
felisuco79
felisuco79
17/01/2010 00:08

Cito:


A mí me dijeron en hacienda que uno se puede deducir anualmente por 9015 euros sin necesidad de aumentar el saldo de la cuenta vivienda respecto al año anterior. Me chocó porque yo pensaba que todos los años habia que ahorrar esos 9015 euros e incrementar saldo y se lo pregunté varias veces y me lo dijo la chica muy muy convencida.Digamos que la cuenta vivienda te da derecho a deducirte en la declaración, pero no te obliga a llegar al máximo de 36 mil y pico euros en 4 años.





Te han dicho una burrada muy peligrosa. Eso es totalmente incierto, vuelve a llamar a hacienda, consulta con tu banco, con tu asesor fiscal...y todos te dirán que cada año tienes que incrementar el saldo que tenías el año anterior.

Que sepais que si luego hacienda te investiga, te tocará palmar pasta, pq no sirve de nada decir que eso te lo dijeron mal en hacienda, o te lo hizo mal tu asesor..o lo que sea. Tú eres el unico responsable de tu declaracion.

Yo tb espero como todos que podamos desgravarnos aunque la hipoteca la firmemos en unos años, aunque no creo la verdad...

Editado por felisuco79 17/01/2010 0:09
 
koala_peke
koala_peke
16/01/2010 19:52
kalamaro dijo:

El otro día fuí a informarme a la agencia tributaria (allí te lo pueden confirmar) y me dijeron lo siguiente:

- Este año 2010 te puedes deducir por las cantidades de la cuenta vivienda aportadas en el 2009.
- En el año 2011 podrás deducirte por las cantidades aportadas a la vivienda durante 2010, pero solo por las cantidades incrementales a las que  habías utilizado en las deduciones  por cuenta vivienda en los años anteriores.
- Puedes deducir por ambos conceptos en un mismo año, peroo en todo caso el límite serán los mismo 9015 euros. Me explico. Si en un mismo año has hecho aportaciones a la cuenta vivienda y además a la vivienda (se entiende cantidades que no has sacado de la cuenta vivienda) puedes deducirte por ambos conceptos, con un límite total de 9015. Es decir, lo que no puedes hacer es deducir, por ejemplo, 18030 euros (9015 de cuenta vivienda y 9015 de aportación a la vivienda en construcción).
- En principio no piden justificantes de la aportación aunque te lo podrían llegar a pedir en algún momento. Entiendo que no tendrás problema para conseguirlo.


Aprovechando que estamos hablando de temas fiscales, si alguien lo sabe, me gustaría saber que va a pasar con  los famosos 9015 euros a deducir por adquisición de vivienda que en teoría el gobierno iba a eliminar para viviendas adquiridas con posterioridad al 2010. No se si a estos efectos se considerará que hemos adquirido una vivienda hasta la firma definitiva, que en la mayoría de los casos será en 2012.



Muchísimas gracias por la info Kalamaro. Entonces entiendo que en el 2011 podré desgravarme de las aportaciones (los 9015 euros) que realice a la cooperativa para compra de vivienda, ya que en e 2011 (declaración IRPF del 2010 ya no me desgravaré por cuenta vivienda pues se me cumplen los cuatro años).

Entiendo que esta desgravación que comentas es "por aportación a construcción", luego podría desgravarme en las declaraciones IRPF del 2010, 2011 y 2012. ¿Es eso correcto? La cuestión que planteas es si podremos desgravarnos por el pago de la hipoteca más allá de 2012 por la famosa ley que quieren meter, y que no permnitirá más allá de 2010.

La verdad es que esa es la gran pregunta, no se si alguien nos puede confirmar o desmentir....Sería de gran ayuda saberlo.

Un saludo!
 
Xab
Xab
16/01/2010 18:57
 Creo que este tema es importante, me refiero a lo del 2011 porque todas las cooperativas estarán en el mismo caso si va todo bien, es decir tendremos las viviendas a finales de 2012 o 2013 y por tanto las hipotecas se firmaran entonces, pero lo importante es saber si es la fecha de hipoteca o la de compraventa.
Es que podemos estar hablando de mucho dinero en juego para los proximos 30 años de hipoteca.
Si alguien se entera le ruego lo comente.
 
M
marc houle
16/01/2010 18:28
kalamaro dijo:


- En el año 2011 podrás deducirte por las cantidades aportadas a la vivienda durante 2010, pero solo por las cantidades incrementales a las que  habías utilizado en las deduciones  por cuenta vivienda en los años anteriores.





A mí me dijeron en hacienda que uno se puede deducir anualmente por 9015 euros sin necesidad de aumentar el saldo de la cuenta vivienda respecto al año anterior. Me chocó porque yo pensaba que todos los años habia que ahorrar esos 9015 euros e incrementar saldo y se lo pregunté varias veces y me lo dijo la chica muy muy convencida.Digamos que la cuenta vivienda te da derecho a deducirte en la declaración, pero no te obliga a llegar al máximo de 36 mil y pico euros en 4 años.


Yo también tengo la duda de qué va a pasar con los que en 2009 compramos vivienda por cooperativa y nos la entregan en 2012/2013  si entramos a tiempo o perdemos el derecho a deducción. Yo creo que lo importante es la fecha del contrato de compra venta y no la fecha en que nos den la hipoteca, pero ahí ya no estoy seguro.
 
K
kalamaro
16/01/2010 16:24
El otro día fuí a informarme a la agencia tributaria (allí te lo pueden confirmar) y me dijeron lo siguiente:

- Este año 2010 te puedes deducir por las cantidades de la cuenta vivienda aportadas en el 2009.
- En el año 2011 podrás deducirte por las cantidades aportadas a la vivienda durante 2010, pero solo por las cantidades incrementales a las que  habías utilizado en las deduciones  por cuenta vivienda en los años anteriores.
- Puedes deducir por ambos conceptos en un mismo año, peroo en todo caso el límite serán los mismo 9015 euros. Me explico. Si en un mismo año has hecho aportaciones a la cuenta vivienda y además a la vivienda (se entiende cantidades que no has sacado de la cuenta vivienda) puedes deducirte por ambos conceptos, con un límite total de 9015. Es decir, lo que no puedes hacer es deducir, por ejemplo, 18030 euros (9015 de cuenta vivienda y 9015 de aportación a la vivienda en construcción).
- En principio no piden justificantes de la aportación aunque te lo podrían llegar a pedir en algún momento. Entiendo que no tendrás problema para conseguirlo.


Aprovechando que estamos hablando de temas fiscales, si alguien lo sabe, me gustaría saber que va a pasar con  los famosos 9015 euros a deducir por adquisición de vivienda que en teoría el gobierno iba a eliminar para viviendas adquiridas con posterioridad al 2010. No se si a estos efectos se considerará que hemos adquirido una vivienda hasta la firma definitiva, que en la mayoría de los casos será en 2012.
 
D
d0r14n
16/01/2010 14:28
Me suena que esas dudas están resueltas en algún hilo del foro, pero no se en cual, probar a usar el buscador...

un saludo.
 
S
soluna
16/01/2010 12:54

Son mis mismas dudas. Si alguien lo sabe, se agradece la respuesta.

Saludos a todos los nuevos vecinos.
 

Fin del hilo
Mensajes Relacionados
© 2002-2024 - HABITATSOFT S.L.U. CIF B-61562088 c/ Josefa Valcárcel, 40 bis 28027 Madrid
Contacto |  Publicidad |  Aviso Legal  |  Política de cookies  |  Blog |  Catastro |  Facebook |  Twitter
Vocento