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N
nuevina
15/12/2010 00:20

desgravacion por compra sobre plano

9.850 lecturas | 20 respuestas

Hola,

Alguien conoce exactamente como se debe justificar esto ante hacienda?

gracias.

 
L
Lupita22
17/01/2011 21:05
alvaro_lg
alvaro_lg
21/12/2010 12:03

En mi caso, mi primera aportación es de agosto de 2009, habiendo hecho uso de los ahorros de la cuenta vivienda + un dinero extra. De ello me desgravé en la renta2009.

En mi caso, en 2010 no he tenido que aportar nada, pero mi comunidad de bienes SI ha comprado el terreno con mis aportaciones, por lo que entiendo que el plazo máximo para tener las obras terminadas sería agosto 2013... iré un poco justo me temo, en cualquier caso siempre se puede alegar por una prórroga si fuera necesario.

 
radamantis
radamantis
21/12/2010 08:25

Para el que no se quiera leer el tocho, la conclusión es que, al contrario de lo que repite mucha gente en Nuevos Vecinos, NO ES NECESARIO COMPRAR SUELO EN 2010 para poder disfrutar de las desgravaciones, sino que basta con hacer alguna aportación a cuenta de la vivienda en 2010, empezando a correr el cronómetro desde esa primera aportación, y teniendo que estar las obras terminadas 4 años más tarde desde ese momento.


Editado por radamantis 21/12/2010 8:26
 
alvaro_lg
alvaro_lg
21/12/2010 00:30

Gracias por tus aportaciones radamantis, creo que es una duda que todos tenemos en la cabeza

 
radamantis
radamantis
20/12/2010 19:21

Os paso lo que dice Hacienda oficialmente sobre el tema de las desgravaciones, aplicado al caso de cooperativas de vivienda:

http://www.bomail.es/app4r3/tl.php?p=xp/wm/rs/4d9/rw/rs//http%3A%2F%2Fwww.inmoferrocarril.com%2Fdocs%2FConsultaHaciendaDeduccionViviendaHabitual.pdf


Editado por radamantis 20/12/2010 19:22
 
A
Aliseas
17/12/2010 19:26

Muchas gracias a todos por vuestra ayuda, la verdad es que ya lo tengo claro. De momento la voy a dejar abierta porque aunque este año haya sobrepasado el importe, para el año que viene me puede venir bien.

 
radamantis
radamantis
17/12/2010 13:35

...con la limitación de que antes de que se cumplan 4 años desde la apertura de la cuenta vivienda hay que sacar todo el dinero de la cuenta vivienda y pagárselo al promotor (en caso contrario hay que devolver todas las deducciones por cuenta vivienda que has disfrutado). Esto puede crear complicaciones, por lo que la mayoría de las veces lo mejor es sacar todo de la cuenta vivienda al empezar a hacer pagos al promotor.

 
C
capuser
17/12/2010 11:05

aura76 dijo:

Tener cuidado con tener las cuentas viviendas abiertas cuando ya estais metidos en una cooperativa. Llamar a hacienda y consultarlo porque os exponeis a una buena sancion.

No hay ningún problema por hacer aportaciones a cuenta vivienda y promotor (cooperativa) simultaneamente, simplemente, se establece un máximo de 9015€ anuales máximo de aportaciones con derecho a deducción.

Y por supuesto, no hay ningún problema en mantener una cuenta vivienda abierta aunque estés simultaneando pagos a promotor (cooperativa).


Editado por capuser 17/12/2010 11:09
 
J
juanantz
16/12/2010 09:38

 

juanantz dijo:

Ya lo consulté, y así llevo haciendo 2 años. Te puedes deducir de ambos siempre y cuando en total no te deduzcas más de 9015 € entre los 2.

 

Me autocito para aclarar el tema, ya que creo que se por donde va aura76.

Si tu tienes 4500 euros en la cuenta vivienda, sacas esos 4500 euros y los aportas a una cooperativa, evidentemente no puedes deducirte primero lo cuenta vivienda y luego por lo aportado a la cooperativa porque es el mismo dinero. Ahí aura76 llevaría razón.

En el supuesto de que tienes 4500 en la cuenta vivienda y 4500 en tu cuenta corriente. Del dinero de la cuenta corriente haces un pago a la cooperativa, manteniendo el resto en la cuenta vivienda para que de intereses. Te puedes deducir perfectamente 4500 euros de cuenta vivienda y 4500 de aportación porque son cantidades distintas.

Espero haberlo aclarado. Un saludo.


Editado por juanantz 16/12/2010 9:41
 
J
juanantz
16/12/2010 09:27

aura76 dijo:

 

juanantz dijo:

 

 

aura76 dijo:

 

Tener cuidado con tener las cuentas viviendas abiertas cuando ya estais metidos en una cooperativa. Llamar a hacienda y consultarlo porque  os exponeis a una buena sancion.

 

 

 

Las cuentas vivienda y las aportaciones a una cooperativa se complementan perfectamente siempre que entre ambas no te deduzcas mas de 9015 euros.

Tu puedes haber aportado a una cooperativa 5000 euros y tener en la cuenta vivienda 14000 por poner un ejemplo. El propio programa de aeat al poner esos datos te cogería los 5000 más 4015 de la cuenta vivienda hasta sumar los 9015 sin pasarse.

 

 

 

Que se puedan meter en el programa padre no quiere decir que sea correcto. Consulta a hacienda y verás.

Ya lo consulté, y así llevo haciendo 2 años. Te puedes deducir de ambos siempre y cuando en total no te deduzcas más de 9015 € entre los 2.

 
aura76
aura76
16/12/2010 00:24

juanantz dijo:

 

aura76 dijo:

 

Tener cuidado con tener las cuentas viviendas abiertas cuando ya estais metidos en una cooperativa. Llamar a hacienda y consultarlo porque  os exponeis a una buena sancion.

 

 

 

Las cuentas vivienda y las aportaciones a una cooperativa se complementan perfectamente siempre que entre ambas no te deduzcas mas de 9015 euros.

Tu puedes haber aportado a una cooperativa 5000 euros y tener en la cuenta vivienda 14000 por poner un ejemplo. El propio programa de aeat al poner esos datos te cogería los 5000 más 4015 de la cuenta vivienda hasta sumar los 9015 sin pasarse.

 

Que se puedan meter en el programa padre no quiere decir que sea correcto. Consulta a hacienda y verás.

 
J
juanantz
15/12/2010 23:25

aura76 dijo:

Tener cuidado con tener las cuentas viviendas abiertas cuando ya estais metidos en una cooperativa. Llamar a hacienda y consultarlo porque  os exponeis a una buena sancion.

 

Las cuentas vivienda y las aportaciones a una cooperativa se complementan perfectamente siempre que entre ambas no te deduzcas mas de 9015 euros.

Tu puedes haber aportado a una cooperativa 5000 euros y tener en la cuenta vivienda 14000 por poner un ejemplo. El propio programa de aeat al poner esos datos te cogería los 5000 más 4015 de la cuenta vivienda hasta sumar los 9015 sin pasarse.

 
aura76
aura76
15/12/2010 21:23

Tener cuidado con tener las cuentas viviendas abiertas cuando ya estais metidos en una cooperativa. Llamar a hacienda y consultarlo porque  os exponeis a una buena sancion.

 
S
soniar3000
15/12/2010 18:48
S
sanchi66
15/12/2010 16:55

wasabiii dijo:

Hola a todos,

Imagino que, como Rounin dice, habrá que incluirlo en la declaración de la renta en el apartado de inversión en vivienda habitual.

Pero, qué documentos aceptará Hacienda como justificantes de esos pagos para la adquisición de vivienda?

Tampoco tengo del todo claro qué pagos podrán utili9zarse para la deducción y cuáles no. En algunos otros hilos he entendido que no es susceptible de desgravación son las aportaciones al capital de la cooperativa, pero el resto sí.

Un saludo. 

 

Si hacienda no te hace un requerimiento tú no tienes que justificar nada, si acaso lo que han comentado antes de poner el cif de la cooperativa, te desgravas y punto. Hay obligación de guardar todos los documentos/facturas/recibos durante 4 años, pasado ese tiempo prescribe y hacienda ya no te puede pedir nada.

 

hay que desgravarse pudiendo hacerlo, claro, como cualquier otro concepto, si hacienda descubre que alguien ha mentido en su declaración o ve algo que no le cuadre primero pide papeles y después sanciona si no es correcto

 
S
soniar3000
15/12/2010 12:42

Mi caso fue distinto pero lo pongo por si acaso.

Yo abrí la cuenta vivienda al año siguiente de haber hecho el pago gordo a la cooperativa. El segundo año de cooperativa, como los pagos no llegaban a los nueve mil y pico, metí algo en la cuenta vivienda y me desgravé por las dos cosas. Por las aportaciones a la cooperativa y por el saldo de la cuenta.

En tu caso no sé qué hay que hacer, porque creo (a ver si alguien que lo sepa seguro puede contarnos) que la cuenta vivienda sólo desgrava por los incrementos de saldo con respecto a lo que hayas declarado por ella anteriormente.

Mi caso es complicado porque tendré que devolver a Hacienda lo que corresponde a la devolución de mi anterior cooperativa y empezar a desgravarme con las aportaciones actuales, pero respecto a la cuenta vivienda, yo la voy a mantener hasta que pasen 4 años desde que la abrí. Si puedo desgravarme por ella algún año más lo haré, si no, a los 4 años la cancelo.

 
A
Aliseas
15/12/2010 12:14

Hola!

Yo también estoy un poco liada con el tema de la desgravación, a ver si a alguno os pasa lo mismo y podéis ayudarme.

Yo tengo abierta una cuenta vivienda, al entrar en una cooperativa saqué el dinero de esta para hacer el pago, pero no la cerré sino que la dejé con un par de euros.

En la declaración del 2009 ya me desgravé, pero ahora, no se si antes del 31 de diciembre tengo que cancelar la cuenta vivienda aunque no tenga dinero ni aportaciones a ella o dejarla abierta para cuando llegue el tema de la declaración del próximo año.

Mi pregunta es: ¿tengo que cerrar la cuenta vivienda porque ya estoy haciendo aportaciones por otro lado o mantenerla así?

 
S
soniar3000
15/12/2010 10:41

He estado anteriormente en otra cooperativa antes de estar en Valdebebas.

Sobre marzo o así, la cooperativa envía a cada socio una carta con la cantidad total de las aportaciones entregadas en el año anterior. Esas cantidades son las que hay que poner en la casilla correspondiente a pagos al promotor o algo parecido (luego miro la casilla exacta). También hay que poner el CIF de la empresa (en nuestro caso el de la cooperativa).

El primer año que me desgravé todavía no teníamos el suelo comprado.

 
A
Adri133b
15/12/2010 10:12

Yo tengo entendido según me han dicho unos amigos entendidos en el tema que en principio valdrá CUALQUIER APORTACIÓN PARA LA FUTURA VIVIENDA (es decir, compra de suelo, aportaciones y tal, pero no el dinero del capital social, por ejemplo)

Creo que bastará en un principio con el CIF de la cooperativa, aunque si ya Hacienda pide justificantes posteriormente se los tendremos que pedir a la cooperativa.

 
wasabiii
wasabiii
15/12/2010 10:05

Hola a todos,

Imagino que, como Rounin dice, habrá que incluirlo en la declaración de la renta en el apartado de inversión en vivienda habitual.

Pero, qué documentos aceptará Hacienda como justificantes de esos pagos para la adquisición de vivienda?

Tampoco tengo del todo claro qué pagos podrán utili9zarse para la deducción y cuáles no. En algunos otros hilos he entendido que no es susceptible de desgravación son las aportaciones al capital de la cooperativa, pero el resto sí.

Un saludo. 

 

Fin del hilo
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