Yo he leido la Orden nueva que ha salido y ahí no habla de límite de años para vender. Me parece increible que metan en el mismo saco los de VPO y los VPP (que estos últimos estan considerados de precio tasado)Los VPO valían justo la mitad que los VPT y VPP y en su contrato también existía la misma diferencia para poder vender 10 ó 15 años, en cambio en los de precio tasado son 5 años. Mi piso es de precio tasado, hoy protección pública, hace 4 años me costó 23 Kgs.que por supuesto no es ningún regalo, y después de esto, resulta que no somos dueños, que el dueño es el estado, el dispone y propone como y cuando lo tenemos que vender. Aparte de esto en nuestros contratos lo rige un Real Decreto que según los abogados el Real Decreto pesa sobre la Orden que ha salido. En fín, yo aconsejo al que quiera comprar que mire todos los pros y contras, y que desde luego opino, al margen de la disponibilidad de nuestros pisos en la futura venta, que debería de estar la subida de los precios oficiales al mismo ritmo de los libres. Y no, los unos al mínimo y los otros al máximo, Si todo fuera más lógico desde luego no existiría el dinero B.