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P
Perry05
16/03/2006 11:32

Información sobre Centros de Transformación

965 lecturas | 6 respuestas

En la siguiente dirección se explica detalladamente qué es un CT (dimensiones, potencia, etc):

http://www.endesa.es/NR/rdonlyres/ewg4it73vedb2q36bmhvptv2dksl54ix3u2jbfoczi7zef2kfgct7ycobbq2snc3ovmh2fa2usfrkh/NormasParticulares2005CaptuloIV.pdf
 
L
lucer
12/06/2006 01:32
Alguien tiene información sobre este centro de transformación? Nos lo van a construir en nuestra urbanización?
 
EMM1
EMM1
20/04/2006 12:27
Gracias por la información.

Personalmente, creo que va a ser imposible, sacar la información de la potencia que se va a contratar.

Me surgen dudas algunas dudas.

Si la empresa eléctrica decide suministrar energía a otra comunidad.

Como nos enteramos nosotros? Si es difícil conseguir los datos, de si es legal o no , imaginaros que nos tengan que facilitar los distintos consumos del centro.

Aunque consigamos averiguar si dan energía a otras urbanizaciones, creo que sería muy difícil que nos pagaran algo. No me veo comentando con la urbanización de alado, ¡Nos teneis que pagar 10000 €! , porque nosotros instalamos el trasformador en nuestra urbanización, la gente alegaría que ellos solamente compran la electricidad a una empresa. Lo veo francamente difícil.

Me parece buena idea que se trate en la siguiente reunión y que se preparen la información.

Se tendría que hablar de algunos asuntos. ¿Cómo se podrían ver estos asuntos?. ¿Se lo solicitamos al comercial?, lo debe solicitar el presidente de la comunidad.

¿Alguien sabe cuando va a ser la próxima reunión?

Se comentó que el último pago de Junio, se dividiría en varios pagos, por que existía retraso en la obra. ¿Alguien sabe cuando se va a mandar la comunicación?.
 
P
PAYEL
20/04/2006 09:35
Bienvenido al foro agusinj,

Como hemos comentado en alguna ocasión nosotros hemos estado preguntando en la Concejalía de Urbanismo y.... despues de mucho indagar, ayer nos comentaron (de manera un poco "informal")que, efectivamente, nuestra comunidad tendría que costear el centro de transformación en el porcentaje que vayamos a hacer uso de él es decir, por lo que entendimos ( que podemos haber entendido mal puesto que de todo esto no temnemos ni idea ), pagaríamos por la diferencia de potencia entre lo que diga el proyecto de urbanización y la que necesite nuestra comunidad. Cada comunidad o parcela que se "enganchara" a este CT tendría que aportar su dinerillo correspondiente.

Ahora estamos intentando dar con el proyecto de urbanización para ver que potencia se contrató y saber cual es la potencia adicional que necesitamos y averiguar si se puede hacer algo al respecto hablando con Martinsa.

Si nos enteramos de algo más...... ya os iremos contando algo.

Saludos
 
A
agustinj
19/04/2006 21:39
Hola, antes que nada os mando un saludo a todos y a todas.

Acabo de descubrir el foro y he estado hoy leyendo los mensajes por primera vez.

Estoy totalmente de acuerdo con vuestros mensajes: PAYEL e incognita.

Estuve en la "merienda de negros-reunion anual" y fui la persona q estaba sentada al fondo q preguntó unos cuantas veces por el centro de transformacion por el q querian pasar "de puntillas".

Precisamente mis preguntas iban en esa direccion: Si va a dar servicio a otras comunidades y es un centro dotacional deberían pagar los costes la Junta de Compensancion como el resto de infraestructuras.

Sobre la ubicación en suelo dedicado a usos dotacionales no sé si tendrá qu ver que el "Nuevo" Reglamento Electrotecnico de Baja Tension (RD 842/2002)en el que se cambio la potencia instalada por vivienda, y por tanto la necesidad de mayor potencia disponible en Las Tablas, se aprobo en agosto de 2002 y quizas por aquella fecha ya estuviera aprobado el plan urbanistico y la ubicacion de este tipo de infraestructuras.

Un cualquier caso, yo salí indignado de la reunion por la falta de informacion previa y como se quiso "tapar" el tema: Tuve que preguntar 4 veces para que dijeran el sobrecoste que iba a suponer ... (no cerrado por cierto).

Un tema así habría que haberlo puesto en el orden de día, creo yo...
 
P
PAYEL
17/03/2006 10:25
Según el R.D. 1955/2000 que modifica la Ley 54/ 1997, en el capitulo II ( Acometidas eléctricas y demás actuaciones necesarias para atender el suministro ), creo que en el artícullo 47:

EN LOS SUPUESTOS DE ACTUACIONES URBANÍSTICAS, EL SUELO NECESARIO PARA SUBESTACIONES Y EL SUELO O LOCALES DESTINADOS A CENTROS DE TRANSFORMACIÓN, NO COMPUTANDO A EFECTOS DE VOLUMETRÍA, SE DEFINIRÁN COMO SERVICIOS DOTACIONALES, EN SU CASO INFRAESTRUCTURAS BÁSICAS DE SUMINISTRO, Y SERÁN COSTEADOS POR EL PROMOTOR O URBANIZADOR.

Y efectivamente, nosotros somos promotores, pero si se califica como INFRAESTRUCTURA BÁSICA DE SUMINISTRO, ¿no deberían pagar los costes la Junta de Compensación o quien quiera que pague el resto de infraestructuras básicas, como el alcantarillado, agua, electricidad…etc?.

Saludos

 
I
incognita
17/03/2006 08:52
Lo que es muy sorprendente es que estas instalaciones no puedan situarse en las parcelas destinadas a usos dotacionales. De hecho justo enfrente de la B-10 hay una destinada a este fin. Asi no tendria que afectar a ninguna comunidad... Ademas si esa instalacion da servicio a varias comunidades.. su coste no tendria que ser repercutido?
 

Fin del hilo
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