Hola a todos.
He estado buscando algo de información referente a leyes de expropiación y demás, para intentar, (no sin gran esfuerzo ya que estos textos son harto complicados) enterarme de como va el tema.
No sé si servirá de algo y con esto se despejarán algunas dudas, o por el contrario nos añada alguna más.
También puede que existan leyes más actuales que sustituyan a estas que pongo aquí.
Pero bueno aquí lo comparto y que cada uno saque conclusiones.
Algo importante que se dice en el texto y quiero recalcar, por lo menos como yo lo he entendido, es que los propietarios del suelo expropiado, pueden "liberarse de la expropiación", adquiriendo de esta manera el derecho al aprovechamiento del terreno para los fines urbanísticos que se plantean realizar (y que son la razón para dicha expropiación).
Y los propietarios del suelo somos nosotros por lo tanto cuando llegue el momento se empezarán a realizar las gestiones necesarias para acogerse a tal derecho.
Texto completo en la página:
http://www.educa.rcanaria.es/usr/apdorta/ley/v0000109.htm a partir del (Art. 148).