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A
antonioga
25/11/2012 18:03

MAIL DEL GIC - EJECUCION DE TITULO NO JUDICIAL

¿Qué significa el correo recibido del Grupo Independiente de Cooperativistas sobre la ejecución de título no judicial?

3.051 lecturas | 6 respuestas

Buenas tardes mi pareja ha recibido este mail y quisiera saber que es lo que significa.

GiC Informa: Ejecución de Título No Judicial

Grupo Independiente de Cooperativistas (gicgetafe@gmail.com)
martes, 20 de noviembre de 2012 21:49:56


Estimad@s simpatizantes:
Tenemos varias cosas de las que informaros:
1.- En primer lugar debemos informaros que, según una recientísima sentencia a la que hemos tenido acceso, y sobre un caso similar al nuestro, el juez ha hecho una interpretación de la Ley 57/1968 en la que equipara la rescisión de un contrato de compraventa a la baja en el caso de los cooperativistas y es por ello que nuestros abogados nos informan, en base a ese criterio y para evitar que se puedan perder demandas y posibles condenas en costas, que pare poder poner la demanda ejecutoria al seguro tenemos que estar dados de baja de la cooperativa.
Por tanto, en caso de que queráis seguir adelante con la demanda, tenéis que tramitar la baja en la cooperativa. En el caso de los que ya os disteis de baja con anterioridad, lógicamente esto no aplica. En caso de que no queráis daros de baja,
responded a este email indicándonos que no queréis continuar el proceso, con un numero de cuenta para proceder a la devolución de la provisión de fondos y así devolveros la documentación el próximo domingo 25 de 12 a 14h en el Centro Cívico del Sector 3.
2.- En relación con los requerimientos a realizar por aquellos de vosotros que seguís
adelante con la demanda y estáis de baja, deciros que no hace falta que enviéis ningún burofax a la cooperativa ni a HCC Europe, porque se van a encargar los abogados directamente de realizar los requerimientos para agilizar los tramites.
3.- En tercer lugar, después de analizar la información detalladamente, tenemos que informaros de que hay muchos de vosotros que nos han entregado la documentación incompleta, o sin ser originales, o extractos bancarios sin sello. Os enviaremos un mail personalizado con la informad16n incorrecta que debéis de entregar de nuevo, en el caso de que así sea.

4.- Por ultimo, y en relación a la Ley de Tasas Judiciales, de la que os avanzamos que había información sobre su entrada en vigor el próximo año, debemos deciros que el Gobierno, actuando con nocturnidad y alevosía, aprobó la Ley de Tasas el pasado día 14, día de la huelga general, teniendo previsto que entre en vigor durante el presente mes de noviembre:

Esto ha hecho que los abogados hayan modificado su plan de trabajo e intenten presentar a la mayor brevedad las demandas de aquellos de vosotros que tienen la
documentación correctamente y están de baja, desconociendo aun si para tal fecha habrá entrado en vigor la Ley de Tasas. Esta claro que si a la hora de poner la demanda, nos indican de que la tasa esta en vigor, os consultaremos si queréis poner o no la demanda, asumiendo los costes que ello conlleva:
La ley impone una tasa por presentación de demandas de ejecución extrajudicial con un fijo de 200 euros, mas un 0,5% sobre la cuantía reclamada. En nuestro caso seria de
126.40C para los socios con aportaciones de 25.280 C y de 155,20 C para socios con aportaciones de 31.040 C, a los que añadir el fijo de 200 C. Pero estos cálculos no son seguros, porque aun no tenemos el texto definitivo de la Ley, y tampoco sabemos de forma definitiva como se calculara la tasa en el caso de demandas acumuladas.

 


Editado por antonioga 25/11/2012 18:04
 
J
Jabba_el_hutt
10/12/2012 12:09

Shakespeare dijo:

Rolotomasi, ¿y sobre que legislación te apoyas para decir esas afirmaciones?

 

Pues imagino que se apoyara en la Ley 4/1999, de 30 de marzo, de Cooperativas de la Comunidad de Madrid, que en su articulo 20 dice:

Artículo 20. Baja voluntaria de los socios.

1. El socio podrá darse de baja voluntariamente en la cooperativa en todo momento, mediante preaviso por escrito a los Administradores en el plazo que fijen los Estatutos, que no podrá ser superior a seis meses para las personas físicas y a un año para las personas jurídicas.

Muy importante cuando dice EN TODO MOMENTO... O lo mismo los señores liquidadores entienden que estando la cooperativa en liquidacion no es un "momento temporal", claro...

Para el que quiera leerlo:

http://noticias.juridicas.com/base_datos/CCAA/ma-l4-1999.t1.html#a20


Editado por Jabba_el_hutt 10/12/2012 12:10
 
S
Shakespeare
10/12/2012 00:41

Rolotomasi, ¿y sobre que legislación te apoyas para decir esas afirmaciones?

O ahora os han sacado una ley a medida para el GIC.

Que dice la ley de cooperativas en su articulo 70. Y el articulo 71 de la misma ley , comienza diciendo : 1. Disuelta la sociedad se abrirá el período de liquidación, excepto en los supuestos de fusión, absorción o escisión.

Así que Rolotomasi veo que os han hecho una ley a medida o seguís queriendo confundir a los socios estafados. Así que esa afirmación de que las cooperativas NO ESTÁN DISUELTAS la has hecho como el culo.

 

Cada día os parecéis mas a David Moreno.


Editado por Shakespeare 10/12/2012 0:43
 
R
rolotomasi
08/12/2012 11:55

Copitodenieve, es normal que los abogados a los que has preguntado se hayan muerto de risa, evidentemente una cooperativa disuelta no existe y por tanto nadie se puede dar de alta ni de baja. El tema es que las cooperativas NO están disueltas, ni siquiera están liquidadas, así que, lo que te ha pasado, macho, es que has hecho la pregunta como el culo. La pregunta es: te puedes dar de baja de una cooperativa en fase de liquidación? La respuesta es Sí. Te puedes dar de baja de la cooperativa cuando te de la gana.

Pregunta otra vez a los abogados la pregunta correcta y luego nos cuentas que te han dicho.

 
M
mlopezs
05/12/2012 11:56

jopetas cuanto odio y bilis destilamos... parece que nos mola no recibir información, cuanto amante de la verdad única...

Cualquiera que este trabajando en recuperar nuestra pasta y en castigar a los culpables esta trabajando por nuestra causa, sea del bando que sea, y siga la tactica que siga

yo sigo agradeciendo cualquier publicación de caracter informativo que pueda leer en este o cualquier otro foro, sea del bando, asociacion, grupo, familia que sea, que ya contrastaré y filtraré esa información lo mejor q pueda, pero que sin ella, estaríamos ciegos y ajenos a todo lo que pase con el pastos que nos han robado.

 

 
C
copitodenieve
03/12/2012 00:27

Buenas noches. Antonio no me extraña que no entiendas esa carta. Por diversos despachos de abogados que he consultado casi me llaman tonto por preguntarles si un socio se puede dar de baja de una cooperativa disuelta. De una cooperativa disuelta ni te puedes dar de alta ni te puedes dar de baja sencillamente por que la cooperativa esta ya disuelta. Algo que se ha disuelto es como si no existiera. Solo se podría dar de baja un socio si la cooperativa se reactivara por acuerdo de los socios siempre que desaparezca la causa por la que se disolvió.

Cualquier abogado coherente dirá lo mismo, excepto la abogada del GIC, que cualquier día acaba expedientada por el Colegio de abogado por su mala praxis. 

Esta gente, los dirigentes del GIC,  con Jorge Uceda como presidente, pretenden constantemente engañar a la gente de buena fe que lo único que intenta es recuperar su dinero, perdido con PSG, y se agarran a un clavo ardiendo. Hay que  indicar que ni el propio Jorge Uceda entiende los escritos que cuelgan ya que es su mentor Luis Maria Gallego, en la sombra, quien se los hace.

¿Por que los dirigentes del GIC, ni su abogada, ni el antiguo asesor Luis Maria Gallego, que les maneja,  habían pensado para los simpatizantes del GIC, emprender acciones contra HCC?  ¿A caso existía algún acuerdo entre Luis Maria Gallego y HCC para intentar retrasar lo mas posible acciones judiciales contra HCC?  Este acuerdo, de ser cierto, se hubiera alcanzado entre HCC, Luis Maria Gallego y los representantes de las cooperativas en junio/julio de 2008 que aceptaron la rescisión del seguro HCC.

Por cierto Luisete, amigo de la infancia, haz memoria de a cuantos amigos de la infancia has engañado, que no se nos olvida lo que hicistes y con quien jugabas. O ya no recuerdas que además de David Moreno había otros amigos.

 

 
A
antonioga
25/11/2012 18:17

Me surgen muchas dudas con esta asociación del GIC, ya las tuve en su momento, por  muchos rumores.

¿Pero no decían estos mismos, los del GIC, hace tres años que las demandas civiles no podían prosperar hasta que acabara la causa penal? Y ahora decís lo contrario ¿os equivocásteis o es que vuestros abogados quieren pasta?

Espero que el GIC nos de algo mas de luz al final del tunel.

 

 

 

Fin del hilo
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