RECIBO IBI (50% BONIFICACIÓN)
¿Cuál es la bonificación del IBI para viviendas de protección oficial y equiparables en Madrid?
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Buenos días!
esto es muy interesante, pero hay que tener en cuenta que el 50% no es desde que nos entregan el piso, sinó desde LA FECHA DE OTORGAMIENTO DE LA CALIFICACIÓN DEFINITIVA.... (que nos dirá en su momento la EMV)
IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES (IBI). BONIFICACIONES. VIVIENDAS DE PROTECCIÓN OFICIAL Y EQUIPARABLES
Información Asociada
Organo Gestor: Servicio del Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Agencia Tributaria Madrid.
Contenido: Bonificación del 50 % en la cuota del Impuesto durante 3 años contados desde el otorgamiento de la Calificación Definitiva.
Beneficiarios: Viviendas de protección oficial y las que resulten equiparables a éstas según la normativa de la Comunidad de Madrid.
Inscripción - Solicitud:
LUGAR: Registro General del Ayuntamiento de Madrid - Registros de las Juntas Municipales de Distrito.
Documentación: - Cédula de calificación definitiva (original y fotocopia).
- En el caso de viviendas equiparables a las de VPO, conforme a la normativa de la Comundiad de Madrid, Certificado que lo acredite de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.
Para más información:
Servicio del Impuesto sobre Bienes Inmuebles
Última Actualización: 10.11.2005-14:07:42
Un saludo y buen finde.