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F
fi2s
27/07/2004 11:43

¿Alguien que sepa de leyes?

¿Qué se sabe sobre la modificación del Real Decreto 11-2001 y su actualización con el decreto 108-2004?

1.324 lecturas | 9 respuestas
A ver si alguien me sabe explicar el siguiente tema.

Tiene que ver con la modificacion del real decreto 11/2001, ya famoso por estos lares.

Por lo que he estado leyendo el nuevo decreto 108/2004 es una actualizacion del 11/2001, luego mis preguntas son:
1.- ¿Ya esta en vigor el 108/2004??
2.- En caso que ya este el vigor, ¿nos pueden obligar a fimar un contraco con el decreto antiguo?
3.- En caso que no este aun en vigor, sino me equivoco, el 108/2004 es una apliacion/mejora del 11/2001, o sea, una actualizacion, ¿cual de los dos sea aplicara cuando entre en vigor, el antiguo o la aztualizacion?

Espero vuestras respuestas...
 
M
Manri
30/07/2004 08:19
tienes razon Ferla, he estado consultado con otras personas, y existe ese obstaculo, tendria que existir una modificacion sobre un decreto aprobado y en vigencia.
Texto breve del decreto 108/2004, de 8 de julio de 2004:
"Se modifican los preceptos del Decreto 11/2001, de 25 de enero, por el que se regula la financiación cualificada a actuaciones protegidas en materia de vivienda y su régimen jurídico para el período 2001-2004, que a continuación se indican:
Uno. Se adiciona un segundo párrafo al artículo 7.3, con la siguiente redacción:
"No obstante lo establecido en el párrafo anterior, la vinculación al régimen de protección de aquellas Viviendas con Protección Pública para Arrendamiento que estén destinadas a jóvenes con derecho de opción de compra sobre las mismas será de siete años a contar desde su calificación definitiva."
Voy a dejar en descarga el nuevo decreto.
Saludos :)
 
F
Ferla
29/07/2004 22:30
Hola a todos,
veo que ya sabeis que el Decreto 108/2004, de 8 de julio por el que se modifica el Decreto 11/2001, de 25 de enero que rige nuestro contrato se ha publicado en el B.O.C.M del 9 de julio, y entra en vigor al día siguiente de su publicación, o sea el 10 de julio ya entró en vigor. He hablado con Cristina de la EMV y me ha aclarado que la calificación provisional a la que se refiere la disposición transitoria, que dice "estas modificaciones únicamente serán de aplicación para las viviendas para las que se solicite su calificación provisional con posterioridad a la entrada en vigor de la misma", se refiere a la calificación de vivienda protegida, y eso lo solicitan y se concede antes de empezar a construir. Con lo cual esta modificación no afecta a nuestras viviendas.
Le dije que me parecía injusto, y le sugerí que si no se podría añadir una cláusula en el contrato ; me dijo que escribiéramos a Esperanza Aguirre, que mientras no salga otra modificación que anule lo anterior y nos incluya no se puede hacer nada.
Podemos hablarlo el día de la firma.

Saludos


 
F
fi2s
28/07/2004 20:46
¿Alguien sabe cuando se publicara el nuevo decreto?¿Donde se ha de publicar? Ya que si se ha de publicarse en el BOCM, ya esta publicado con fecha 9-Jilio-2004, luego el que deberia de aplicarnos seria el nuevo no el viejo, ¿no?
 
E
ego
28/07/2004 14:42
Asi me gusta, guerreros!! No van a hacer con nosotros lo que quieran, al menos el derecho a patalear y a preguntar lo seguimos teniendo y es gratis. Así que a utilizarlo. Ahora el lunes habrá que comparar el contrato con el borrador e insistir en todas las dudas que aun tenemos: el Decreto, la entrega, las reformas, los muebles, las chinchetas, etc.

Muchas gracias, MANRI.
 
M
Manri
28/07/2004 14:37
Ego me he puesto en contacto con una delegada sindical, y me va a hacer esta consulta. Ya os cuento.
Saludos
 
E
ego
28/07/2004 14:08
En el contrato pone o al menos en el borrador, que por cierto deberíamos llevarnos, que se basará en el Decreto 11/2001. Según te han dicho MANRI, entonces tenemos que tener en cuenta tal y como estaba cuando nos lo adjudicaron sin modificaciones posteriores. Pues no entiendo porque entonces lo modifican, que saque otro con clausulas nuevas de aplicación a partir de la fecha de publicacion. Tendremos que guardar una copia, es más tendremos que pedirla, de como estaba el Decreto cuando salió nuestra convocatoria, para saber en que condiciones tenemos el alquiler.
 
E
ego
28/07/2004 13:49
Según aparece en el decreo 108/2004 entraba en vigor el día siguiente a la publicación. Estoy contigo en que debemos preguntar a algun abogado. De todos modos no hemos firmado el contrato, por tanto, deberían a mi parecer aplicar el Decreto 11/2001 tal y como está a la firma, digo yo.

¿No hay nadie que esté afiliado a un sindicato? ellos tienen servicio juridico donde se podría consultar el efecto de la modificación del Decreto.
 
M
Manri
28/07/2004 13:09
Hola,

He estado hablando con la EMV, indican que todavia no se ha aprobado la ley que actualiza la anterior y por tanto modifica el contrato de arrendamiento. Tb me ha dicho que NO tiene efectos retroactivos. O sea que aunque salga una actualizacion de la ley anterior no modifica nuestro contrato vigente, para la promoción 3 si que partirian con la nueva ley. Habria que consultar juridicamente. Antes de firmar algo pero claro es el día 2 cuando nos han llamado a firmar... hay que moverse rapido.
 
E
ego
27/07/2004 14:07
No sé demasiado de leyes, pero según mi información la actualización del Decreto nos afecta de lleno porque en ningun punto pone que sea aplicable unicamente a los contratos que se firmen con posterioridad. La retroactividad de las leyes no sería aplicable si nos perjudica en algo. Una vez rectificado el Decreto ese es el que nos afecta, todo lo que no aparece en el contrato especifica que se regirá por el Decreto 11/2001 y es la base del contrato.

Por tanto, ya que nuestro contrato se fundamenta en el Decreto 11/2001 y este ha sido modificado quedando derogado es decir anulado lo que decia anteriormente y no se ha expresado en ningún sitio que no sea aplicable a nosotros, todo lo del Decreto 108/2004 nos afecta siempre que no sea negativo.

En mi opinión no se nos aplicaría si fuera un decreto nuevo que no incluyera el periodo en que estan incluidas nuestras viviendas.

Por cierto, si que podemos firmar el contrato pues el Decreto sigue en vigor, es más al haber entrado en vigor el nuevo Decreto el día 9 de julio, nos beneficia que firmemos con posterioridad, por si acaso es un punto a nuestro a favor a la hora de reclamar, si fuese necesario, que nos apliquen el 108/20004.

De todos modos consultaré y Cristina me comentó que nos informarían de lo que nos afectara el Decreto, pero estoy con vosotros en que debemos informarnos por nuestra cuenta.
 

Fin del hilo
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