Volver al foro
C
carabanchelcris
20/04/2006 10:15

RENTA 2006

936 lecturas | 4 respuestas
HOLA CHICOS SABEIS COMO FUNCIONA LO DE LA DESGRAVACION POR ALQUILER. ESTE AÑO ESTA COMPLETO Y CREO QUE PODEMOS DESGRAVARNOS DEPENDIENDO DE LOS INGRESOS ANUALES

 
L
LAURAC
28/04/2006 14:13
Despues de varias llamadas a Hacienda y a la Consejería de la Comunidad de Madrid donde se encargan de la tributación me han dicho que cada miembro de la pareja se puede desgravar el 50% del alquiler siempre y cuando no se cumplieran 35 años en el año 2005 y siempre y cuando aparezcan los dos miembros en el contrato. Tambien me han dicho lo que comenta littlepretty, lo del tema de la fianza que hay que solicitar en la EMV, no tengo ni idea de si se puede solicitar por telefono o habrá que ir en persona, alguien sabe algo más del tema. Saludos.
 
L
littlepretty
26/04/2006 16:15
hola vecinos,

uno de los requisitos es que acreditar el deposito de la fianza correspondiente al alquiler en el Inst.Vivienda Comunidad Madrid formalizado por el arrendador.

¿alguno ha llamado a la EMV pidiendo esto? ¿si es así que os han dicho?

un saludo,
 
L
LAURAC
25/04/2006 09:37
La verdad es que yo tambien tengo un lio con lo de la declaración este año: en una pareja tiene que desgravarse cada uno la mitad del importe satisfecho por el alquiler o puede ser uno solo quien se lo desgrave todo? tiene que ser el titular del contrato del alquiler con la EMV? si el titular ha cumplido 35 años en el 2005 (con lo cual no se puede desgravar) puede la otra persona desgravarse todo el importe o solo su parte? Si alguno os enteráis por favor ponedlo en el foro...
 
Y
yolcar
20/04/2006 11:29
Hola,
En esta web tienes las deducciones autonómicas en la Comunidad de Madrid para la declaración de este año. Ahí viene la deducción por arrendamiento de vivienda habitual para menores de 35 años.
Espero que te sirva.

http://www.irpf.net/ps030511.htm
 

Fin del hilo
Mensajes Relacionados
© 2002-2024 - HABITATSOFT S.L.U. CIF B-61562088 c/ Josefa Valcárcel, 40 bis 28027 Madrid
Contacto |  Publicidad |  Aviso Legal y Política de Privacidad  |  Política de cookies  |  Blog |  Catastro |  Facebook |  Twitter
Vocento