Hola a tod@s, que tal el mes de Enero?? Bueno sólo queria comentaros que he estado leyendo por los foros de carabanchel y creo que he visto una posible respuesta al tema de la dichosa plusvalia.
Como bien sabreis, con la nueva ley se considera nula de pleno derecho la clausula que traslada al comprador el pago del impuesto. En uno de los foros un chico tenia la misma clausula que nosotros en el contrato de compra venta y en Enero ha firmado escrituras. Antes de ir al notario le recomendaron que mandase un burofax a la constructora en el decia que se tenia que acoger a la disposición transitoria primera de la ley 44/2006 de 29 diciembre de defensa del consumidor.
La disposicion transitoria primera dice:
"Los contratos con los consumidores deberán adaptarse
a las modificaciones introducidas por esta ley, en el
plazo de dos meses desde su entrada en vigor. Transcurrido
dicho plazo, las cláusulas contrarias a lo previsto en
esta Ley serán, por tanto, nulas de pleno derecho."
Imagino chic@s que tendremos que llamar a Pryconsa y que nos aclaren qué pasa con este tema o sino a mandar burofax como locos.
Os adjunto tb el enlace del mensaje que ví para que echeis un vistazo
http://www.nuevosvecinos.com/bMontecarmelo/mensaje.asp?id=1164769#1211156 Voy a colgar en descargas la ley de defensa del consumidor para que la tengamos todos a mano porque me da que la vamos a consultar más de una vez.
Un beso para
tod@s. Natalia