Yo creo que estamos confundiendo la cooperativa con la comunidad de propietarios del edificio.
El administrador de la comunidad de propietarios nada tiene que ver con la cooperativa y el administrador tiene que resolver los problemas de la comunidad, que por cierto, según la Ley de Propiedad Horizontal es obligatoria por lo menos una Junta para aprobar las cuentas y si es necesario cambiar de Presidente ya que habitualmente suelen estar un año en el cargo. El administrador debería presentar las cuentas a la comunidad para saber si todos han pagado las derramas que se nos pidieron, pero en fin, esto nada tiene que ver con el tema de la cooperativa.
Por cierto, nadie puede pagar sólo el 50% de un IBI, el IBI lo paga en su totalidad la persona o sociedad que a día uno de enero lo tenga a su nombre, por lo tanto, aunque los pisos se entregaron en julio el IBI de 2006 lo tendría que haber pagado la cooperativa y es a ésta a quien se lo han repercutido.
saludos.