Atención a lo que el BOE publica el día 28 de diciembre de 2012.
Si entiendo bien, VAMOS A PODER DEDUCIR LA VIVIENDA si se escritura.
Este es el apartado importante que destaco.
http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id ... 2012-15650
II
En el ámbito del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, con el objetivo de contribuir a la consolidación fiscal, se adoptan varias medidas.
En primer lugar, se suprime la deducción por inversión en vivienda habitual a partir de 1 de enero de 2013.
No obstante, se establece un régimen transitorio por el que podrán continuar practicando la deducción por inversión en vivienda en ejercicios futuros todos aquellos contribuyentes que hubieran adquirido antes de 31 de diciembre de 2012 su vivienda habitual o satisfecho cantidades antes de dicha fecha para la construcción, ampliación, rehabilitación o realización de obras por razones de discapacidad en su vivienda habitual.