Pues yo no lo veo tan claro como dice Carlade. Su fachada es la que ocupan sus ventanas en la parte de abajo. En la parte de arriba, del entresuelo, la fachada que les corresponde es la que está dentro de la terraza y NO el frontal de la terraza. Si fuese así, ellos tendrian dos fachadas en el mismo lugar que no es lógico. Esa terraza pertenece a la comunidad pero de uso exclusivo del propietario. Así se aplica a todas las terrazas del edificio. En el caso del local está muy claro, o por lo menos yo lo veo así, que puede poner un cartel en la parte de fachada que le cooresponda, tanto abajo como arriba, y no en la fachada que corresponde a la comunidad.