Hola, vecinos.
Según me dice mi marido, que es economista, el IVA de los anticipos se devenga en el momento del pago y se le ha de aplicar el tipo legal vigente en dicho momento. En la firma del contrato, el IVA era del 7%, más tarde, el gobierno regularizó el tipo y lo subió al 8%, con el consiguiente cambio en el contrato y el el precio con IVA de las viviendas. En este caso, lo que se ha aplicado una medida temporal, por lo que se supone que CIVISA recalculará qué parte de la entrega a cuenta es base y cuota en estos momentos. Por ejemplo, si antes pagabas 108€, 100€ era base y 8€ eran cuota, con el tipo de IVA en el 4%, de esos 108€, 103,85€ serían base y 4,15€ serían cuota de IVA.
Esperamos haber aclarado vuestras dudas.
Saludos.
Laura y Vicente