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Sernauta
Sernauta
12/02/2007 08:50

Nombramiento de presidente

¿Es obligatorio ser presidente de la comunidad si es por decisión de la Junta?

12.260 lecturas | 6 respuestas
Hola, somos una comunidad de 8 vecinos, 2 propietarios no viven, y uno es moroso, de hay que en una junta hace años se determino que la rotacion del cargo de presidente se haria entre los vecinos que viviamos en el edificio.

El año pasado me fui del inmueble, así que pasé a ser propietario sin vivir en la finca.

La sorpresa es que este año me dicen que me toca ser presidente, a lo cual he dicho que no estoy dispuesto a serlo, hasta que no pasen los otros 3 vecinos que llevan mas de 5 años sin ser presidente.

¿Es obligatorio ser presidente de la comunidad por decision de una Junta, sin seguir una relacion de vecinos?, ya que yo fui presidente hace 5 años, no deberia pasar por el cargo los 3 vecinos que llevan mas de 5 años sin serlo.

Gracias por tu tiempo.
Sergio
 
R
ramar
13/03/2007 11:34
El Presidente lo nombra la Junta en base a los Estatutos o a, seguramente la 1º Junta, donde se acuerda la forma en que se Produce la rotación de los Presidentes. No vivir en la finca no supone una causa legal de incapacidad para ser Presidente, por lo que podrían nombrarte sin ningún problema.

En cuanto a lo de la cornisa, solo decir que lo mejor sería que se llevarán unos presupuestos a la una Junta Extraordinaria al efecto y hacer ver las responsabilidades en que incurre la Comunidad por no arreglarlo y si aún así los vecinos se siguen negando, lo mejor sería denunciar al ayuntamiento la situación de la cornisa y que sea el ayuntamiento el que inste a su reparación o bien, segun el estado de la cornisa que lo arregle el propio ayuntamiento con el consiguiente sobre coste para la comunidad.

Soy administrador y si necesitais algo podeis llamarme al 636781519
 
A
abuelito
11/03/2007 23:49

Para pg30

Si consta en acta de alguna reunión de la comunidad que existe un riesgo eminente (caía de cornisa) y la Presidenta actual no quiere hacer nada y por desgracia se produce la caída con daños humanos y/o materiales a mi personalmente no me gustaría estar en su pellejo por mucho seguro de responsabilidad civil que tenga la comunidad.

¿Qué te va salpicar a ti?, mientras no seas Presidente a ti te va a salpicar lo mismo que vecino que te lo ha dicho, ni mas ni menos, otra cosa es que cuando sea Presidente y antes de tomar el cargo y en la misma junta de vecinos donde se celebre el acto del relevo de la Presidencia es hacer constar en acta que te encuentras con este problema y que vas a tomar las medidas con carácter de urgencia para proceder sus arreglo, es decir en la misma junta aprobar un presupuesto para solucionar este problema y al siguiente día me pondría manos a la masa ( a su arreglo)

Saludos
 
P
pg30
11/03/2007 23:21
Hola a todos:

Yo la verdad es que no estoy muy puesta en temas de comunidad, pero parece ser que cuando te toca ser presidente no te puedes negar. Mi padre tuvo que aguantar su año de presidencia en una comunidad en la que no vivía y, a pesar de hacer mucho hicapié en ello, no hubo manera de escaquearse. Le tocó ser presidente, sin estar allí y encima aguantando todos los días llamadas (porque tenía que estar localizable) y problemas continuos. La gente se aburre mucho.

Aprovecho la ocasión para haceros una consulta: a mí me toca ser presidenta de mi comunidad este año. Los vecinos llevan ya dos años reclamando el arreglo de unas cornisas que se están abriendo y pueden llegar a desprenderse, suponiendo ésto un peligro si pilla a alguien debajo. La presidenta de este año, protestaba y amenazaba años anteriores por no arreglarse y ahora es ella quien no hace nada. El otro día me crucé con un vecino que me "avisó" de que si ella no arregla nada en los meses que le quedan va a poner una denuncia y me va a salpicar a mí, ¿sabríais decirme cuál es el procedimiento en estos casos?

Gracias. Un saludo
 
L
lorac19
21/02/2007 20:05
A ver por ley es obligacion de todos los propietarios ser presidente de la comunidad cuando le toca y el unico que puede decidir que un propietario no puede ser presidente es un juez y no creo que por vivir fuera del edificio sea excusa suficiente.

Para el último comentario referente a que un administrador no realizo unos estatus en la comunidad que es obligatorio por ley. Te explico que no es obligatorio que si no hay estatutos la comunidad se rige por la ley de propiedad horizontal y segundo que el administrador no es quien de rrealizar unos estatutos sino la propia comunidad y votarlo como marca la ley de propiedad horizontal.

A ver si antes de calumniar la profesion de administrador nos informamos un poquito más.
 
S
sanni
21/02/2007 15:22
Con tranquilidad sernauta.

En primer lugar te tienes que acoger a lo que digan vuestros estatutos sobre la elección de presidente. Eso lo tengo claro. Segundo, si os acogéis a aquella famosa junta, tú ya no vives allí por lo que deberían ser aquellos otros dos presidente antes que tú.

No te ocurra como en mi mancomunidad, que decidimos no renovar al Administrador (que por cierto no ha hecho ni unos miserables estatutos, exigidos por Ley) y más tarde, pasados dos meses, votan a favor de la continuidad. El primer acta, ¿dónde está? en la basura.

Se pueden hacer muchos chanchullos pero creo que lo más importante es que denunciéis al moroso.
 
Sernauta
Sernauta
20/02/2007 13:12
Ya lo han leido 88 personas y ni una sola respuesta.

¿es complicado lo que planteo?, quizas deberia consultarlo con algun especialista?

Quien me lo puede decir. Gracias.
 

Fin del hilo
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