En todo contrato de compra-venta se tiene que hacer mención expresa a la fecha de entrega, al menos al mes y año de entrega, aunque no especifiquen el día.
Lo que si suelen poner una coletilla de que si por causa mayor se demoran no se harán responsables .... lo típico vamos.
Pero no creo que sea muy lícito que pongan eso de seis meses, suena patético!