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S
Sofia S
06/09/2007 11:42

¿Qué gastos comunidad se pagan por coeficientes?

Ley de Propiedad Horizontal art. 9.1e

134.622 lecturas | 43 respuestas
Hasta la fecha veníamos pagando la comunidad a partes iguales. Se ha acordado hacerlo según coeficientes y en mi caso y en el de otro vecino supone un aumento del 100% de lo que pagábamos hasta ahora de comunidad. El problema es que el administrador ha incluido a pagar según coeficientes gastos tales como gastos bancarios, servicio de limpieza del portal(cuando todos los pisos ocupan el mismo espacio de portal), suministro eléctrico del portal… Lo único que se paga a partes iguales es el servicio de administración y la tasa de basura¿Es correcto? ¿En qué se basa? ¿no resulta injusto e insolidario? No he encontrado legislación que lo avale, puedo negarme a pagarlo así? podríais asesorarme? Muchas gracias
 
J
jason81
18/04/2016 23:32
Hola yo o comprado un piso hace 2 años un piso de 40 años . Que sempre an pagado uguales. Hasta que yo mi soy dado cuonta que yo y otros vicinos tenemos el piso 30 metros cuadrados menos. Mi piso lleva pagando los impostos de hace 40 años por 100 metros cuadrados Y yo o pagado el siguro de mi casa tambien por 100 metros cuadrados. Cuando mi soy dado cuonta que los pisos del centro tenemos solo 70 metros cuadrados o hecco todos los papeles para pagar mis impostos por 70 metros . L ayuntamento a aceptado y mi a devolto los 2 años que o pagado yo. El problema es con los vicinos le o dicho que esto se tiene que pagar con coeficencia y ellos dichen que no. Sempre an pagado deramas y todo ugal. Le o enviado papeles con abogado y nada. En el registro de propiedad esta escrito que se paga por cuota de participacion y en el libro de actas no esta escrito nada solo esta escrito que hace 15 años avia un acta y dice que tenemos que pagar todos uguales 30 euros. Y que los diramas con participacion esto nunca a passado. Estamos pagando 70 euros al mes con un dinero en la comunidad de 12.000 euros. Y las diramas sempre se a pagado de a ya. Ahora estamos por ir a juicio algen mi puode dicir si tengo posibilad de ganar?
 
L
lassalinas
12/03/2014 03:49

pues no son pequeñas diferencia, es casi el doble

 
L
lassalinas
12/03/2014 03:33

no estoy de acuerdo, no tiene sentido en una vivienda menor puede haber mas personas viviendo. es muy relativo

 

 
L
lassalinas
12/03/2014 03:31

totalmente de acuerdo

 
L
lassalinas
12/03/2014 03:27

y los que viven en el bajo y no usan los ascensores?

tenemos que pagar el doble de los que usan los ascensores?

 
L
lassalinas
12/03/2014 03:22

no te mortifiques más, es una lucha perdida, hay muchos propietarios que estan pasando lo mismo, por mas que luches te van a decir que es la ley. 

saludos

 
L
lassalinas
12/03/2014 03:19

claro que es una burrada pero también debes saber que no pagas por tener un apartamento de 31 metros cuadrado. lo que pagas es los elementos comunes es decir los gastos comunes que tendrá que ver el tocino con la velocidad. la ley se ha lucido en este tema 

 
L
lassalinas
12/03/2014 03:12

estoy de acuerdo con tus quejas

 
L
lassalinas
12/03/2014 03:10

claro que es injusto pero es lo que hay, los estudiosos del tema no han tenido en cuenta los elementos comunes que usamos por parte iguales. la verdad que es para echarse a llorar y los que tienen los pisos mas pequeños pagan la mitad de los gastos comunes, si señores gastos comunes. en mi edificio hay pisos mas pequeños que viven mas personas que otro mas grande

 
L
lassalinas
01/03/2014 04:13

por eso hay que llegar un acuerdo y no pagar unos el doble que otros, ya que los gastos son comunes y no siempre por tener una casa mas grande realmente tengas que hacer mas gastos en los elementos comunes. hay apartamentos que viven mas personas que en pisos

 
L
lassalinas
01/03/2014 04:10

por eso hay que llegar un acuerdo y no pagar unos el doble que otros, ya que los gastos son comunes y no siempre por tener una casa mas grande realmente tengas que hacer mas gastos en los elementos comunes. hay apartamentos que viven mas personas que en pisos

 
L
lassalinas
01/03/2014 04:06

la LPH no dice nada de eso pero si se puede llegar a un consenso con todos los propietarios para pagar todos por igual. no porque tu casa tenga menos metros tienes que pagar mas, que tendrá que ver una cosa con la otra. yo vivo en un bajo y no cojo ascensor no voy a la azotea para nada porque tengo el lavadero en mi patio y tengo que pagar el ascensor el doble que otros propietarios, es injusto

 
L
lassalinas
01/03/2014 03:54

Hola a todos, de nuevo. alguien me puede decir que beneficios tenemos los que pagamos mas los elementos comunes , es que acaso lo usamos mas o que. porque no lo entiendo que hay elementos que no usamos tenemos que pagar el doble que otros propietarios, es injusto como lo es la ley, el primer presidente que hubo cuando se formo la comunidad le interesaba pagar menos porque era su vivienda mas pequeña y no propuso por cuotas iguales que creo que es lo mas justo ya que todos hacemos uso de los elementos comunes 

 
L
lassalinas
01/03/2014 03:41

yo llevo 7 años en una comunidad que no es nada solidaria, con las cuotas de la comunidad, la ley dice que es por coeficiente, pero también se puede hacer por cuotas iguales para todos si se lleva a un acuerdo entre todos los propietarios, lo que no es normal que por los gastos comunitarios tengamos que pagar unos mas que otros teniendo el mismo beneficio por igual, la ley no siempre tiene la razón por eso hay que llegar a un consenso con todos los propietarios

 
C
Chase
10/01/2014 13:15

En mi Cdad. y en su inicio, cada propietario hacía de Administrador, Secretario durante un año y otro de Presidente el mismo tiempo. Así durante unos 35 años. En ese momento decidimos  externalizar esa función, cuyo coste práctico había sido igual para todos. Si durante 35 años se había realizado a partes iguales ¿no es matemática y lógicamente normal continuar haciéndolo así una vez contratado el administrador-secretario profesional?

Lo mismo con la Limpieza, se solía comenzar haciéndola cada vecino una semana, el coste, el mismo para todos ¿porque al externalizarlo ha de ser pagado por cuotas y no a partes iguales?

Al externalizar una función cuyo coste ha sido igual para todos, ¿porqué desde ese momento se cambia y se hacen costes diferentes?. De ser así los perjudicados no querrían cambiar la forma de realizarlas.

Más claro es el caso de los Gastos Bancarios que son realmente Gastos de Domiciliación. En los inicios se le pagaban al Administrador propietario y en su momento se pasó a la domiciliación, esta era y es un gasto INDIVIDUAL, al menos en la entidad con la que trabajamos, por tanto no deben ser considerados Generales, ni cobrados por cuotas ni a partes iguales, sino a lo que cobre la entidad a quienes lo domicilien. Quienes lo hacen por ventanilla o trasferencia gratuita no tienen porque pagar nada. Esta es mi opinión.

 
H
Huelin
03/01/2014 13:38

Hola buenas quisiera preguntar sobre una comunidad que paga por coeficientes que solo tiene un contador de agua y los locales tienen a parte un contador exclusivo de sistema anti incendios. (del agua normal se suministra de otro edificio al cual también pertenecen ) En la factura de suministrador (EMASA) ponen las unidades de consumo las cuales solo están las del edificio (53), seria legal que no pagaran los locales la cuota pertenecientes al agua común, si ya se que no seria normal, pero no esta muy clara la individualizanción. Por favor me podrían responder y razonar. Gracias

 
H
Huelin
17/12/2013 17:55

Hola buenas quisiera preguntar sobre una comunidad que paga por coeficientes que solo tiene un contador de agua y los locales tienen a parte un contador exclusivo de sistema antiincendios. (del agua normal se suministra de otro edificio) En la factura de suministrador ponen las unidades de consumo las cuales solo están las del edificio, seria legal que no pagaran, si ya se que no seria normal. Por favor me podrían responder Gracias.

 
H
Huelin
17/12/2013 17:54

Hola buenas quisiera preguntar sobre una comunidad que paga por coeficientes que solo tiene un contador de agua y los locales tienen a parte un contador exclusivo de sistema antiincendios. (del agua normal se suministra de otro edificio) En la factura de suministrador ponen las unidades de consumo las cuales solo están las del edificio, seria legal que no pagaran, si ya se que no seria normal. Por favor me podrían responder Gracias.

 
M
MLGMLG
07/11/2013 22:22

Buenas tardes. Disculpad, tengo una duda a este respecto. En el edificio hay varias viviendas de la promotora y el resto de vecinos hemos de hacernos cargo de esas cuotas porque la promotora está en concurso de acreedores. Independientemente de que luego podamos o no reclamar ese dinero al próximo propietario, mi pregunta es: Cómo deben repartirse esos gastos? Según la LPH? Podemos establecer otro sistema como que se aa partes iguales? Si queremos otro sistema se necesita unanimidad? Si ya se ha votado se puede volver a votar pasado el tiempo? Si se decide que sea a partes iguales, los vecinos que salen perdiendo pueden exigir un mayor coeficiente de participación? Muchas gracias de antemano y disculpad por tanta pregunta

 
P
PEPE123
13/06/2013 01:16

BettyBoop78 dijo:

PEPE123 dijo:

Totalmente en desacuerdo con que los gastos de administración se repartan a partes iguales. Una cosa es como calcula el administrador su propuesta de honorarios,  (que por cierto no es solo a tanto por vivienda, local, garage, etc, hay otras consideraciones) y otra muy distinta es lo que cobra, UNA CANTIDAD FIJA que se acuerda cuando se le contrata y punto.

Si aplicáramos esa lógica la mayoría de los gastos serían a partes iguales. La LPH dice que TODOS los gastos deben repartirse por cuota de participación, y habla de la excepción de los que puedan ser individualizables (la administración no lo es).

Por cierto es "cuota de participación", no "coeficiente de propiedad" que es otra cosa muy distinta.

 



Totalmente de acuerdo pepe123
Porque mira qué curioso... Un local que tiene el 22% de participación según división horizontal y no tiene que pagar gastos comunes (entre ellos los del administrador de fincas)

A ver cómo lo hacen??? Pues los comuneros (10 en total) pagan por igualdad todos los gastos comunes. Y eso con la ley en la mano, división horizontal en la mano y expuesto en la división horizontal que el local está exento de esos pagos.
Y en los estatutos tb.

Salu2.

Totalmente correcto. Vayamos por pasos:

1 .- Los gastos se pagan por cuota de participación (LPH).

2 .- En la Escritura de División Horizontal puede determinarse que algunos gastos no sean pagados por TODOS los propietarios. Es el caso de exonerar a los locales de gastos de mantenimiento de portal, por ejemplo. O es el caso de asignar gastos "solo a viviendas" "solo a garages", etc. En resumen, se modifica el aspecto general de ley, para adaptarlo a las circunstancias reales de la comunidad.

3 .- En los Estatutos se puede repetir el proceso del punto 2.

Incuso el caso que tu dices parece que se hace por partida doble, puntos 2 y 3.

Existiría un punto 4, acordar los cambios por unanimidad en junta, pero esto complica algo el tema, pues no obligaría a futuros propietarios.

 

 

 
BettyBoop78
BettyBoop78
12/06/2013 01:29

PEPE123 dijo:

Totalmente en desacuerdo con que los gastos de administración se repartan a partes iguales. Una cosa es como calcula el administrador su propuesta de honorarios,  (que por cierto no es solo a tanto por vivienda, local, garage, etc, hay otras consideraciones) y otra muy distinta es lo que cobra, UNA CANTIDAD FIJA que se acuerda cuando se le contrata y punto.

Si aplicáramos esa lógica la mayoría de los gastos serían a partes iguales. La LPH dice que TODOS los gastos deben repartirse por cuota de participación, y habla de la excepción de los que puedan ser individualizables (la administración no lo es).

Por cierto es "cuota de participación", no "coeficiente de propiedad" que es otra cosa muy distinta.

 



Totalmente de acuerdo pepe123
Porque mira qué curioso... Un local que tiene el 22% de participación según división horizontal y no tiene que pagar gastos comunes (entre ellos los del administrador de fincas)

A ver cómo lo hacen??? Pues los comuneros (10 en total) pagan por igualdad todos los gastos comunes. Y eso con la ley en la mano, división horizontal en la mano y expuesto en la división horizontal que el local está exento de esos pagos.
Y en los estatutos tb.

Salu2.

 
BettyBoop78
BettyBoop78
12/06/2013 01:26

LUISPOL dijo:

en esta comunidad no hay administrador. se ve que lo acordaron en una junta. el caso es que son solo cuatro vecinos. hay tres viviendas grandes y la mia es un apartamento de 31m2. se se decide el acuerdo a votacion, logicamente siempre habra tres votos a favor y uno, el mio, en contra. el hecho es que el antiguo propietario de la vivienda no sabia nada y no fue a la junta. yo quiero saber si puedo negarme a pagar esta contidad que creo abusiva. una vivienda de 31m pagar 70 de comunidad, igual que los otros tres vecinos lo veo demasiado por la limpeza de portal, luz, agua y ascensor. ¿puedo negarme argumentando algo o haciendo referencia a algun articulo de la LPH?

gracias

 


Si sois cuatro vecinos... ¿Estás seguro que estás acogido a la LPH?

Salu2.

 
BettyBoop78
BettyBoop78
12/06/2013 01:23

sofia s dijo:
Hasta la fecha veníamos pagando la comunidad a partes iguales. Se ha acordado hacerlo según coeficientes y en mi caso y en el de otro vecino supone un aumento del 100% de lo que pagábamos hasta ahora de comunidad. El problema es que el administrador ha incluido a pagar según coeficientes gastos tales como gastos bancarios, servicio de limpieza del portal(cuando todos los pisos ocupan el mismo espacio de portal), suministro eléctrico del portal… Lo único que se paga a partes iguales es el servicio de administración y la tasa de basura¿Es correcto? ¿En qué se basa? ¿no resulta injusto e insolidario? No he encontrado legislación que lo avale, puedo negarme a pagarlo así? podríais asesorarme? Muchas gracias

 



Es inexacto porque la comunidad de propietarios puede adoptar la medida de pagar cuotas todos por igual.... Y si ha sido así anteriormente,(desde años luz digamos) la comunidad puede seguir pagando de esa forma... es decir a partes iguales.
Para el cambio se debe acordar por unanimidad... o ir a arbitraje para que un juez dictamine que es así...

No obstante, te aconsejo que mires los estatutos que tengan la comunidad porque con lo mismo te encuentras con la sorpresa que está recogido en los mismos el acuerdo que todos paguen a partes iguales.

 
P
PEPE123
05/06/2013 18:27

MIGUELSERCOS dijo:

En el ejemplo que pone usted, de apartamentos de 40 m2 y pisos de 150 m2, podría darse el caso de pagar igual de cuota si los pisos, a pesar de tener 150 m2, tienen el mismo "USO" que los apartamentos. Imagine que por limitaciones de la construcción (rayando lo delirante) los pisos tuviesen el mismo número de habitaciones.................

Seguimos con ejemplo totalmente irreales, que no sirven para aclarar nada.

MIGUELSERCOS dijo:

En la práctica totalidad de las comunidades, se pagaría por cuota los gastos generales y por coeficientes los extraordinarios. Con alguna cuota excepcional para servicios especiales, cuyo reparto por "igual" fuese "ilógico".

1.- por cuota los gastos generales, de acuerdo, así lo dice la LPH

2.- por coeficiente los extraordinarios. Por favor, ¿me puede indicar en qué Ley y qué artículo dice eso?. Que yo sepa las comunidades de propietarios se rigen por la LPH, que habla en varios artículos del reparto de gastos por cuota de participación, y en NINGUNO habla del coeficiente de propiedad

3.- por igual en casos especiales. Repito lo del punto 2. La LPH no dice absolutamente nada de esto. Y, vuelvo a repetir, una cosa es la lógica y otra la Ley, y lo que hay que acatar es la Ley en vigor, y si creemos que no es lógica, luchar por cambiarla, pero hasta que se cambie, las cosas se hacen según marca la Ley, no por lógica.

Conclusión, según la LPH, TODOS los gastos en una comunidad de propietarios deben repartirse por cuota de participación (salvo que se acuerde unánimemente otra cosa, se registre, ................ etc,etc)

Por cierto, un apunte, el método de cálculos de las cuotas de participación tiene en cuanta diversas variables, no solo los m2, precisamente para "intentar" asignar una cuota más acorde y "más justa y lógica" al uso previsible de los elementos comunes, precisamente para evitar estas discusiones de repartir los gastos de formas diversas y añadir complejidad..

 
P
PEPE123
03/06/2013 18:21

Lo de aplicar la lógica está muy bien, pero, siguiendo con tu formato, supongamos un edificio con apartamentos de 40 m2 y pisos de 150 m2....

Que se tenga una vivienda mayor, SI SIGNIFICA (POR LOGICA) que se hace mayor uso de la piscina, luz de la escalera, etc, ya que POR LOGICA en el piso grande vivirán más personas que en el apartamento.

Y así para muchos gastos.

La lógica es una cosa, y la Ley es otra. Lógicamente, cuando se hacen las leyes se piensa con detenimiento en todos los temas, y al final se llega a una solución más o menos justa, y parece que se llegó a la conclusión de que es el sistema de cuotas de participación.

Si aplicáramos la lógica, cada gasto habría que repartirlo en función de unos parámetros distintos, unos a partes iguales, otros por m2, otros por número de personas, otros por veces de uso, etc. Sería un auténtico caos y, casi seguro, para unas pequeñas diferencias.

 
P
puede
03/06/2013 16:07

Imagino, que las leyes estan para generalizar, y no, individualizar.......En aquéllos casos, donde la cuota de participación  se puedan aplicar claramente, se aplicarán, sin embargo, pueden salir muchos peros......

   Un ejemplo: en una urbanización, donde hay parcelas mas grandes, y otras mas pequeñas...... ¿se puede aplicar claramente las cuotas de participación?. 

Los servicios comunes son:

Piscina.

Personal de mantenimiento.

Personal administrativo.

Agua para el riego de zonas comunes, incluyendo piscina.

Electricidad, para iluminación de viarios.

Zonas comunes.

Administrador.........

 

Que se tenga una parcela mayor, no significa, que usará mas agua, ya que cada uno tenemos nuestro propio contador de agua. El agua que se utiliza " en comunidad" es el agua de riego de zonas comunes y piscina.

Que se tenga una parcela mayor, no significa que el personal de mantenimiento, vaya a dedicar mas tiempo en limpiar nuestra fachada, ya que existen parcelas mayores, pero cuya fachada ( que es donde van a emplear el tiempo los mantenedores) es menor a parcelas mas pequeña pero con mas fachada más grande.

Que se tenga una parcela mayor, no significa que la persona de la oficina, vaya a dedicar mas tiempo en entregar la correspondencia, a una parcela con mas m2 que otra que tenga menos.....

Que se tenga una parcela mayor, no significa que va a hacer uso de mayor electricidad de la comunidad, ya que cada parcela dispone de contador electrico para uso individual, y donde se consume electricidad comunitaria, es la iluminación de viarios y zonas comunes y en la depuradoras de piscinas.....

Que se tenga una parcela mayor, no significa que se vaya a hacer mas o menos uso de  las zonas comunes, que se vaya a pisar a mas o menos cesped, o que el que tenga la parcela mayor, tenga mas derecho a baños que otras parcelas menores..

Que se tenga una parcela mayor,  no significa, que los gastos de administración (administrador) deban ser mayores que los de una parcela menor, ya que éste, no va a emplear mayor tiempo, y por lo tanto mayor coste, en redactar un comunicado, en una parcela mayor, que en una menor......

Por lo tanto, creo que lo que se debería utilizar, en según que casos, es la lógica y el sentido común, y más como es en éste caso, cuando se llevan utilizando cuotas a partes iguales durante mas de 25 años

 
P
PEPE123
30/05/2013 14:45

Para nano2111

Vamos a suponer que la comunidad decide alquilar un local, la antigua vivienda del portero, o algo similar. Y acuerda con el administrador "subirle los honorarios" 20 euros al mes, por el trabajo que conlleva la declaración trimestral de IVA, el resumen anual, la declaración anual de imputación de rentas a los propietarios, etc. (por cierto, yo no le subiría ni un euro, su trabajo es administrar la comunidad, y si hay un nuevo tema lo debe hacer y punto, pero esto es una opinión al margen).

Según tu criterio, esos 20 euros se deberían repartir a partes iguales (por cierto ¿cómo se distinguen pisos de garages?, supongo que no todos son iguales).

Pero los ingresos que se obtengan del alquiler, que normalmente se usan para nutrir de fondos la comunidad y rebajar la cuota mensual, se repercuten indirectamente de forma proporcional a la cuota de participación.

Conclusión, injusto totalmente, gastos por igual, ingresos por cuota.

Es un ejemplo, y podría poner más, de que los gastos de administración no pueden repartirse a partes iguales, ya que no son individualizables. El administrador factura un importe fijo mensual, como suele ser fijo el importe del servicio de limpieza ¿también a partes iguales?, del mantenimiento del ascensor, el sueldo del portero y muchos otros gastos.

Cuando la LPH habla de gastos individualizables, de refiere, como te ha dicho elenasf, a gastos que, de forma clara e indudable puedan asignarse individualmente a cada propietario, ejemplos como el consumo de agua, usando contadores individuales, gastos de devolución de un recibo que son del propietario que devuelve, etc.

Y, no te engañes, los administradores no cobran a tanto por piso, garage, local, trastero, etc. Cobran el importe mensual que entre ambas partes (comunidad y administrador) acuerden, con independencia de que para calcular su oferta usen esos parámetros citados. Jamás he visto una factura de un administrador que detalle sus honorarios así.

 
elenasf
elenasf
30/05/2013 12:11

Pepe tiene razón todos los gastos deben repartirse según su coeficiente de participación. Los gastos individualizables son consumo agua de la vivienda, si genera un gasto bancario por una devolución..cosas asi

 
N
nano2111
30/05/2013 12:08

Si es cierto, es cuota de participación. Y no estoy de acuerdo que el gasto por administracion no sea individualizable. Es un gasto claramente individualilzable, pues todos los vecinos pagan exactamente lo mismo por la administración, por eso se hace a partes iguales. Esta teoria se aplica con bastante frecuencia. Igual ocurre con las tasas por recogidas de basura fijas que ponen los ayuntamientos. Son gastos claramente individualizables. Lo que no se puede individualizar a partes iguales son las faturas de agua, de electricidad, de ascensor, etc, pues esta CLARISIMO que no todo el mundo consume o paga lo mismo, y como tu dices no creo que estos suministros puedan ofertar el mismo precio para cada predio y de ahi sacar un importe global para la comunidad, cosa que en los gastos de ADMINISTRACION si se puede y de hecho sucede. No es lo mismo. Creo que la administración y la basura son claramente a partes iguales y asi lo recoge la excepción de La LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL. Ahora si alguien aun no tiene claro lo que se considera un gastos objeto de individualización y cuando no, puede impugnar el acta donde se adopta ese criterio y que un JUEZ decida. Yo lo tengo bastante claro....

 
P
PEPE123
29/05/2013 19:47

Totalmente en desacuerdo con que los gastos de administración se repartan a partes iguales. Una cosa es como calcula el administrador su propuesta de honorarios,  (que por cierto no es solo a tanto por vivienda, local, garage, etc, hay otras consideraciones) y otra muy distinta es lo que cobra, UNA CANTIDAD FIJA que se acuerda cuando se le contrata y punto.

Si aplicáramos esa lógica la mayoría de los gastos serían a partes iguales. La LPH dice que TODOS los gastos deben repartirse por cuota de participación, y habla de la excepción de los que puedan ser individualizables (la administración no lo es).

Por cierto es "cuota de participación", no "coeficiente de propiedad" que es otra cosa muy distinta.

 
N
nano2111
29/05/2013 17:51

Vamos a ver por favor, creo que se está creando una confusión tremenda. La ley establece que todos los gastos se pagarán por coeficiente, salvo aquellos que sean susceptibles de individualización, y en ellos se encuentran los del administrador, pues normalmente se cotiza a 3€ por predio y la recogida de basuras, ya que los ayuntamientos suelen cobrar un importe fijo por propietario. Puede que hubiera alguno mas que sea susceptible de individualización, es decir que el proveedor o suministrador cobre tarifa por vecino individualizada como suele ocurrir con el servicio de administración o basuras. Normalmente no es el caso, y asi la limpieza es un coste unitario para toda la comunidad y no por vecino, como ocurre con el mantenimiento de ascensores, energía eléctrica, etc. Y esos gastos deben ser por coeficiente salvo que por UNANIMIDAD se acuerde a partes iguales. No es ni mas ni menos justo. Normalmente los pisos con mayor coeficiente suelen ser los mas altos o con mayor superficie, también cuestan mas dinero y por ser mas altos usan mas el ascensor, escaleras, etc. Pero el pago de servicios no es por el uso que se haga de ellos, sino que hay contribuir a su pago con arreglo al coeficiente de propiedad y es totalmente justo. Por esa regla de tres uno que viva en un 1º o 2º, y que no use el ascensor, no deberia pagar ese servicio y esto no funciona asi.

 
daigual
daigual
01/04/2011 12:08

Si usted ha llegado ahora a la comunidad y se rigen por un sistema de pago distinto al legal, éste debe estar registrado legalmente para que tenga efectos sobre usted, de lo contrario siempre puede demandar la situación para lo cual necesitará de abogado y procurador que le asesorarán de la viabilidad de su protesta.

 
L
LUISPOL
31/03/2011 19:57

en esta comunidad no hay administrador. se ve que lo acordaron en una junta. el caso es que son solo cuatro vecinos. hay tres viviendas grandes y la mia es un apartamento de 31m2. se se decide el acuerdo a votacion, logicamente siempre habra tres votos a favor y uno, el mio, en contra. el hecho es que el antiguo propietario de la vivienda no sabia nada y no fue a la junta. yo quiero saber si puedo negarme a pagar esta contidad que creo abusiva. una vivienda de 31m pagar 70 de comunidad, igual que los otros tres vecinos lo veo demasiado por la limpeza de portal, luz, agua y ascensor. ¿puedo negarme argumentando algo o haciendo referencia a algun articulo de la LPH?

gracias

 
daigual
daigual
31/03/2011 16:23

El administrador es un empleado de la comunidad y está para asesorar, no decide nada, el puede proponer y la mayoría es la que decide que se hace,

Por coeficiente se paga todo aquello general que no es posible individualizar, así que no me parece muy bien el reparto al igual que usted, pero la mayoría es la que decide y caso de sentirse perjudicado le queda la impugnación del acuerdo.

 
L
LUISPOL
31/03/2011 11:36

HOLA:  me acabo de comprar un apartamento en un bloque de 4 vecinos. son tres plantas, en planta 1 y 2 hay un solo vecino y en planta 3 hay una vivienda y mi apartamento. Pagan 70 euros de comunidad a partes iguales. Son pisos de 90 m2 y mi apartamento de solo 31m2. Puedo negarme a pagar a partes iguales cuando en mis escrituras pone que me corresponde el 7.2% de coeficiente?. es que me parece una burrada pagar 70€ por un apartamento de 31m. Aunque lo aprobaran en su dia en junta, puedo negarme a pagar esta cantidad y exigir que me apliquen el coeficiente? gracias

 
L
lorac19
09/09/2007 17:25
Respecto alo que pagas me parece una autentica burrada la verdad. Lo unico que se me ocurre es que os quiera poner una cuota elevada para ir ahorrando y tengais despues de unos alos dinero en la cuenta de la comunidad o que tu tengas un coeficiente muy elevadado
 
L
lorac19
09/09/2007 17:24
En principio la administradora debería poner todo por coeficiente y si vosotros en junta proponeis poner algun concepto a partes iguales y los aprobais en votaciones perfecto. Pero por ley sería todo por coeficiente sin diferencias.
 
B
broqueta
06/09/2007 15:17
107€??? ¿Sin piscina, ni portero, ni calefacción central??? Mucho me parece, yo que tu pediría las cuentas al administrador. ¿o estais metidos en reparación de ascensores o algo de eso?
Si se paga por coeficiente yo creo que no se puede hacer esa discriminación de esto sí, esto no. O todo o nada, pero eso no te lo puedo asegurar. Ahora, si antes pagabas 48€ y ahora el doble, ¿es que hay algún piso que no paga y te lo ponen a ti? ¿o en el que tu vives tiene 200 m2 y el resto 50?
Entiendo tu enfado, pero si los coeficientes estan bien aplicados y las cuentas no tienen ningún agujero, creo que no puedes hacer nada. Lo siento
 
C
contratosprivados
06/09/2007 15:15
Si todos los vecinos quereis que los gastos de la comunidad se paguen en partes iguales pues lo haceis así, pero... solo que haya un solo propietario UNO SOLO que diga que lo quiere por coeficientes se hará por coeficientes. Y esto es así según la Ley de propiedad horizontal como te han contestado todos anteriormente.
 

Fin del hilo
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