Supresión del servicio de calefacción?
¿Se puede considerar la supresión parcial del servicio de calefacción en una comunidad con caldera central común y termostato individual?
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Hola, mi Comunidad tiene caldera central común, pero con termostato individual, es decir, cada vecino controlamos el encendido o apagado de calefacción de nuestra vivienda, pero la caldera es común para todos. La caldera genera un gasto por el hecho de estar encendida, aunque nadie la esté usando. En la última Junta se acordó por una mayoría ajustada apagar la caldera de 24 a 7h, lo cual evita que los vecinos podamos tener calefacción en nuestra vivienda en ese horario. Mi pregunta es, se puede considerar esto como una supresión parcial del servicio de calefacción, en cuyo caso aplicaría el artículo 17.1 de la Ley de Propiedad Horizontal que exige una mayoría de 3/5 para la supresión del servicio de calefacción?
Gracias