Una forma de adquisición de la propiedad es por usucapion.
Se trata de la posesion continuada durante cierto tiempo.
Se han de dar tres requisitos:
1-Posesión en concepto de dueño
2-Posesión pública y pacifica
3-Posesión continuada.
En la usucapión inmobiliaria el tiempo es de diez o veinte años si la usucapión es ordinaria y de treinta si es extraordinaria. La usucapión ordinaria se consuma por la posesión de diez años entre presentes y de veinte entre ausentes, entendiéndose por ausente el que reside o ha residido, durante el tiempo que la usucapión ha durado, en país extranjero o en ultramar. La usucapión extraordinaria se consuma por el transcurso de treinta años sin necesidad de título o de buena fe y sin distinción entre presentes y ausentes.