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D
diegogsm
11/11/2008 21:14

problema con las bajantes e inundacion

¿Quién es responsable de solucionar un problema de inundación en un piso de nueva construcción?

10.638 lecturas | 10 respuestas
hola foro

pues vereis, no se si alguien me puede ayudar, el problema que tenemos en el piso (de nueva construccion, llevamos 4 meses) es que, se nos ha inundado ya dos veces, os explico:

somos el bajo, y justo por donde tenemos los dos baños, van las bajantes, se nos ha inundado dos veces (atasco en la bajante) y empiezan a salir agua residual por los botes sifonicos de los baños, esto ocurre, segun el informe de las dos empresas de desatrancos, porque la bajantes estan mal diseñadas, y tienen un par de codos de 90 grados, lo cual hace que se acumulen residuosm y con el paso de los dis, atasco, solo somos dos vecinos en el portal, y ya se me han inundado los baños y pasillo, el dia que estemos todos los vecinos no quiero ni pensarlo.

El problema es que la promotora dice que no se hace cargo, y la constructura que estaba asi en la direccion de obra y aprobado y revisado. ¿que solucion hay? porque estoy empezando a desmoralizarme mucho
 
Burofaxtor
Burofaxtor
11/04/2011 13:13

Hola Diego,

Creo que aquí hay que tener una cosa en cuenta. La constructora es responsable de los defectos de ejecución, pero no es responsable de las deficiencias del proyecto, o soluciones posteriores que haya efectuado la dirección facultativa durante la obra. El problema de los técnicos es que tienen un seguro de responsabilidad civil, que solo indemniza cuando existe un fallo del juez. O lo que es lo mismo, solo tiene capacidad de reparación la contructora de forma amistosa. Y normalmente no te va a reparar deficiencias de proyecto porque no es su responsabilidad.

Mis recomendaciones son:

- Mandar un burofax bien el administrador (aunque tener en cuenta que no es su función y si despues cambias muchas veces se traspapelan los originales, necesarios para demostrar la comunicación  fehaciente del daño dentro del periodo de garantía LOE, en este caso 3 años desde la firma del certificado final de la obra). Puedes mandarlo tambien tú mismo, hay modelos muy válidos en esta web, y posteriormente repercutirle el coste a la Comunidad. MUY IMPORTANTE GUARDAR A BUEN RECAUDO LOS ORIGINALES, y mandarlo a la promotora, a quien os ha vendido los pisos. Podeís hacerlo vía web en:

http://www.correos.es/contenido/01p-enviardoc/04-Burofax/01P04-Burofax.asp

- Saber el coste de reparación de  esa deficiencia. Si no es superior a 10.000 € al menos, no será recomendable meteros en una reclamación judicial por solo esa deficiencia.

- Sería interesante revisar el libro del edificio que tenga vuestra comunidad, donde aparecerá en sus planos correspondientes el trazado y ubicación de esas instalaciones. Eso es determinará si existe un defecto en el proyecto si aparece esos codos a 90º y si no se encuentran puede considerarse bien un defecto provocado por la dirección facultativa (incorrecta vigilancia de la obra), bien de la constructora (ha hecho lo que le ha dado la gana) o bien de ambas.Esta revisión puede efectuarla alguna persona con conocimientos técnicos. No es necesario ser arquitecto para leer planos.

Para que no sea muy largo este email, no te pongo el resto de actuaciones que depende sobre todo de los resultados que os aporte la revisión del libro del edificio (el de la comunidad dado que el de lsa viviendas solo tendrá información relativa a vuestra zona privativa).

LO MÁS IMPORTATE ES MANDAR CUANTO ANTES EL BUROFAX A LA PROMOTORA Y GUARDAR BIEN LOS ORIGINALES para detener plazos de prescripción de garantías, y volver a mandar otro antes de que pase dos años para seguir recordando la existencia de esa deficiencia.

No existe normativa técnica específica para la ejecución de pocería, pero si que existen normas tecnológcias y el buenhacer constructivo para ejecutar trazados que impidan obturaciones. Además, aunque no debería ser así, muchas veces se tiran por los retretes comida, productos de la higiene personal femenina, pañales, etc... y con esos codos inoportunos (a falta de conocer si existen registros y sección de los tubos) os va a traer unos problemas muy desagrables.

Según lo que vayais haciendo, ya lo vas comentando por aquí y te voy contestando.

 
D
diegogsm
13/11/2008 20:16
jucuru, gracias tambien por la explicacion, ahora le echare un vistazo
 
D
diegogsm
13/11/2008 20:15

Por otro lado, comentar, que en cierta manera entiendo vuestra postura, os habeis comido marrones por todas partes, y muchas historia que vienen de atras (y muchas cosas que desconozco), y luego lo de la reunion, no ha empezado muy bien la cosa, no se, en cualquier caso, yo me estoy currando un listado de desperfectos de la urbanizacion aparte de una lista de propuestas
para la proxma reunion porque es donde vivimos todos y vamos a vivir, y por lo menos, quiero que quede lo mas decente posible despues de todos los destrastes y chapuzas que se han echo, al fin y al cabo, todos vivimos aqui, si hay vecinos que no le importa eso a mi si!! no se, yo creo que no deberiais tirar la toalla aunque esteis cansados, porque quedamos vecinos que

quermos luchar por esto, mejorarlo y tener esa sensacion de llegar a tu casa y estar agusto donde vives
 
D
diegogsm
13/11/2008 20:13
bueno,bueno, cuantas cosas!! no he podido responder antes porque ha sido un dia mu malo de curro. Como veo ya se me ha adelantado hasta mi novia!

Vaya! imagino que eres Veronica, que sopressa verte por aqui!! bueno respondo,por partes:

1) las bajantes: Veronica, quiza me has malintrepetado, porque en ningun momento de mi mensaje he dicho absolutamente nada de la comunidad, porque no tengo queja, simplemente, explico el caso que nos preocupa (todos los dias lo primero que hago cuando llego a casa de currar es ir a mirar los baño por si hay inundacion)y claro, por eso pregunto en el foro posibles soluciones o alternativas de las que no se haya hablado o pensado, porque estamos empezando a desmoralizarnos muho por muchas cosas (que
supongo que habeis pasado por ellas). Lorena pasa de nosotros, Ademas, como ha dicho ana, vosotros desde el primer momento nos habeis echado un cable, y tu marido
¡fenomenal! por lo que, chapó por vosotros! sois gente muy maja, el otro dia le dije a tu marido de a ver si quedamos para toamr un cafelito (y bueno, charlar de cosas que no sean de la urbanizacion, para desengrasar un poco)

2) lo de la basura tirada, madre mia que indignacion y que mala leche me entro cuando lo vi, ¡¡ser guarro es poco!! esto ya lo comentaremos en persona vale? supongo que lo lo comento tu marido. Por cierto, ya me contaras que es eso del tepe y de lo carteles que no me he enterao.
 
veryky
veryky
13/11/2008 13:24
La Srta.Elena es una inepta, no he visto administrativa peor, imagino que la indemnización por despido es muy cara, no hablo de mis desperfectos en mi vivienda (que volví a reclamarle) habló de los de la Comunidad,para ser la encargada del departamento de post-venta hace todo muy requete bien (para Atriz claro, y eso que es vecina). Que el impresentable del arquitecto haya dado como visto bueno algo que a la hora de utilizarse no funciona no es excusa, debe de ser reparado por Dragados y Atriz (Srta. Lorena) debe poner los medios adecuados para solucionarlo, que no los pone ahora, asumiremos el gasto y la reparación la Comunidad, pero ya le reclamaremos las costas o esta panda.

A mi no me molesta nada, soy demasiado borde para que me molesten, y que vengaís a mi casa no me importa, como sabeís teneís las puertas abiertas, pero estoy cansada de ver como los vecinos barren únicamente para lo suyo y ver como día a día la comunidad esta más asquerosa (vecinos que ponen tepe y tiran los restos en la parte trasera hasta que se pudra, vecinos que tiran la basura en la urbanización y encima hay que "excusarles", vecinos que quitan/tachan los carteles informativos, vecinos que hacen lo que les da la gana sin permisos y encima hay que bailarles la peonza) en fin.
 
M
Mary Anne
13/11/2008 12:28
Hola Veryky, soy la novia de Diego, perdona si te ha molestado algo a lo mejor no se ha explicado bien, en ningún momento pensamos que la comunidad de vecinos no quiera ayudarnos (y menos vosotros que desde el primer momento nos habéis ayudado)resulta que desde el momento en que pasó al igual que vosotros pusimos el tema en conocimiento de la administradora y también de Atriz, pues el otro día recibimos un e-mail de Lorena diciendo que si estaba así de proyecto y la Dirección de Obra lo había revisado y aprobado, entonces ellos poco podrían hacer, parece ser que no lo van a arreglar o eso nos han dado a entender a nosotros, también es cierto que la administradora nos ha dicho que en caso de que Atriz no se haga cargo pues habria que ver como se puede solucionar, el caso es que estas cosas te desmoralizan un montón porque a nuestro parecer debería ser la propia promotora quien se hiciera cargo de estos temas y ya nos dijo la empresa que vino a desatascar que este problema lo ibamos a tener mas de una vez, y esta vez nos ha pasado a nosotros pero como tu bien dices le puede pasar a cualquier vecino. Respecto a que cualquier tema lo dejáis en manos de la administradora comprendo vuestra postura, perdona si alguna vez vamos y os consultamos algo pero hay veces que te sientes indefenso porque no te hacen caso y no sabes a quien recurrir, pero para nada pretendemos molestaros, no tenemos queja de la comunidad y menos de vosotros que desde que estamos allí nos habéis ayudado.
Saludos



 
veryky
veryky
13/11/2008 10:55
Buenas Diego, veo que todavía hay vecinos de Sotoblanco que siguen utilizando el foro, eso esta bien.

Das a entender que la comunidad de vecinos no quiere ayudarte en este tema y no es así. El tema ya se llevo a la Junta como pediste y se decidió que la "Comisión" que se creó para hablar con Atriz tendría entre sus cometidos hacerse cargo de la búsqueda de desperfectos de la Comunidad, aunque por nuestra parte y con anterioridad a la reunión (el mismo día que te sucedió el problema) ya se habló con Cristina para buscar vías rápidas.En el caso de que los de "Dragados" no quieran hacerse cargo lo lógico y normal es que ese coste lo asumamos todos, porque hoy eres tú y mañana puede pasarnos a nosotros algo parecido y no es plato de buen gusto que encima tus propios vecinos te ignoren, algo que en este tema en concreto no ocurre.

De todas maneras y para que no te pille de sorpresa, desde la última reunión, nosotros cualquier tema lo dejamos en manos de la administradora, ya que, la forma en que trataron a mi marido, recriminando y acusándole de de hacer o no hacer, sin tener en cuenta que es el primer año de presidencia, con todo lo que ello conlleva (sin olvidar el problea añadido de Atriz), que nadie quiso ser presidente y el se ofreció libremente y después de intentar buscar las mejores soluciones para todos y no valorar nada, pues ahi os dejamos, que pase nuestro año de presidencia pues pasamos olímpicamente de lo tuyo, lo de aquel y lo del otro lado. Por muy mal que te suene es lo que se recibe cuando recibes lo mismo.

Saludos vecino.

Por cierto, en el tema de los gatos llamé al Ayuntamiento y me dijeron que es problema de la Comunidad que los propios vecinos son los que deben controlarlos, la solución es llamar a una empresa de desratización, pero lo dicho llamar a la Administradora.

 
U
urra
12/11/2008 14:27
uff que largo, bueno yo te recomiendo que lo hables con los vecinos rápido (junta extraordinaria), ya q las bajantes son DE TODOS !! son elementos comunes del edificio. COntactar con la constructora pues deben repararlo, al estar aún en garantia...que no te cuenten peliculas de la dirección de obra...la responsabilidad que se la reclamen ellos luego.

Si no te hacen caso puedes hablar con el departamento de consumo de tu junta municipal que pueden mediar...Si no pueden ayudarte!denuncia!! Lo ganas seguro

Precaución: no toquéis nada pues se pierde la garantñia (como los electrodomésticos)
 
J
JUCURU
12/11/2008 09:13
Hola
Leete este articulo te orientara en lo que toca hacer en estos casos.

Cómo hacer una reclamación ante la aparición de defectos constructivos
El promotor nos ha entregado nuestra vivienda, y esta se corresponde exactamente con lo previsto sobre plano o lo dispuesto en el contrato de compraventa, incluso con las calidades recogidas en la memoria de calidades. Pero andando el tiempo nos encontramos con que los azulejos se desprenden de las paredes del cuarto de baño o que no podemos entrar y salir de la plaza de garaje o que cada vez que llueve hay goteras o aparecen humedades en el techo o la casa presenta grietas o fisuras en la fachada o no tenemos el debido aislamiento acústico y escuchamos perfectamente al vecino o, en definitiva, nos encontramos con defectos constructivos, imperfecciones de acabado ¿Qué podemos hacer? ¿A quién dirigir la reclamación?

Defectos Constructivos
Le explicamos las garantías que la Ley de Ordenación de la Edificación establece a favor de los compradores de vivienda de nueva construcción, los distintos tipos de defectos que cubren, los plazos de protección de cada una de ellas y, sobre todo, la mejor manera de ejercer sus derechos para hacerlas efectivas y resolver en el menor tiempo posible el problema que le está amargando la existencia. Sepa lo que es un Dictamen Pericial, a quién encargarselo y sobre todo, el contenido que debe recoger para convertirse en su mejor argumento para tratar con Promotores, Constructores, Arquitectos, Aparejadores, Laboratorios de Ensayos de Calidad o Proveedores de Productos de la Construcción, en definitiva, con todos los intervinientes en el proceso edificatorio, responsables de los defectos. Descarguese de nuestra sección de Formularios un modelo del escrito de Requerimiento para que le subsanen los defectos .
No se deje engañar más por quienes le niegan la existencia de los defectos, pretenden solucionarlos con una solución de mala calidad o sencillamente le están entreteniendo para ganar tiempo y que se agoten los plazos de las garantías de las que deben responder.
Muy importante. Hay que tener en cuenta que el régimen de responsabilidades y garantías que vamos a explicar sólo es aplicable a las obras de nueva construcción o en edificios existentes para cuyos proyectos se haya solicitado la correspondiente licencia de edificación a partir del 6 de Mayo de 2000 . Para averiguar la fecha de la licencia de edificación de su casa, edificio o promoción, diríjase a su Ayuntamento y en el area de urbanismo pregúntelo directamente, si es necesario por escrito. Diga que tiene un interés directo y legítimo en obtener dicha información pues ha adquirido una vivienda dentro de la promoción y desea saber la fecha a partir de la cual comienzan a contar los plazos de garantía previsto en la Ley de Ordenación de la Edificación, porque le han aparecido defectos constructivos.
Partiendo pues de la base de que ha comprobado que la licencia de edificación de su casa, edificio o promoción es posterior al 6 de mayo de 2000, y que por lo tanto le es aplicable la Ley de Ordenación de la Edificación, vamos a ver, desde un punto de vista práctico qué garantías establece ésta a su favor según los tipos de defectos que pueda presentar. Si los defectos se presentan dentro de los plazos que vamos a ver a continuación, entonces los profesionales que intervinieron en la edificación tienen la obligación de repararlos sin cargo alguno para Vd.
Tipo de defectos y plazos de garantía
La Ley de Ordenación de la Edificación establece tres tipos de defectos garantizados:
• a) Los defectos que afectan a la cimentación, los soportes, las vigas, los forjados, los muros de carga u otros elementos estructurales, y que comprometan directamente la resistencia mecánica y la estabilidad del edificio están garantizados por un plazo de diez años. • b) Los defectos que impiden que se alcancen condiciones aceptables de salubridad y estanqueidad en el ambiente interior de la vivienda o edificio o los defectos que producen deterioro del medio ambiente en su entorno inmediato por impedir una adecuada gestión de toda clase de residuos, tienen un plazo de garantía de tres años. • c) Los defectos en elementos de terminación o acabado de las obras están garantizados por el un plazo de un año, por el constructor.
La ley, como ve, no relaciona caso por caso todos los posibles defectos que puede presentar una edificación pues la lista sería interminable. Así pues es importante reflexionar sobre el tipo de defecto que padecemos y si es posible encajarlo en alguna de estas tres categorías. En la sección de consultas resueltas explicamos en qué categoría se pueden encajar los defectos que se nos plantean.
El plazo en cada caso empieza a contar desde la fecha de recepción y aceptación de las obras. ¿Qué es la recepción de la Obra? Técnicamente es el acto por el cual el constructor, una vez concluida ésta, hace entrega de la misma al promotor y es aceptada por éste. Todo ello se recoge en un Acta que pasa a formar parte de la documentación de la edificación. En la generalidad de los casos, la recepción y aceptación se entiende producida transcurridos treinta días desde el Certificado Final de Obra. Explicamos dónde encontrar esta información en el artículo ‘Información previa a la Reclamación’.
Hay que tener bien presente que además de los plazos de garantía, la ley establece plazos para la reclamación. Así, hay que distinguir claramente el plazo dentro del cual se manifiestan los defectos, que es el señalado como plazo de garantía, hay que distinguir decimos, del plazo del que disponemos desde ese momento para reclamarlos, que en todo caso es de dos años.
Así, por ejemplo, si a los siete años el edificio presenta grietas y fisuras en toda la fachada, desde el momento en que aparezcan tenemos dos años para reclamarlos.

Video con un típico defecto constructivo: Filtraciones y humedades.
Responsables de los defectos.
Una vez que hemos detectado el defecto, hemos comprobado que cabe incluirlo en alguna de las tres categorías anteriores y hemos comprobado que el defecto se ha presentado dentro del plazo de garantía correspondiente, lo siguiente que hemos de hacer es considerar quién, de entre todos los que intervienen en el proceso de edificación, es el responsable.
La ley establece que en todo proceso de edificación participan el Promotor, el Constructor, el Proyectista, el Director de Obra, el Director de Ejecución, los Laboratorios de Control de Calidad y los Suministradores de Productos. Esta información aparece reflejada, aunque sólo parcialmente, en parte de la documentación del contrato de compraventa pues generalmente sólo se trata con el Promotor. No obstante, explicamos cómo averiguar quiénes son los profesionales y empresas que han participado en la edificación de nuestra vivienda en el artículo ‘Información previa a la Reclamación’.
La Ley de Ordenación de la Edificación indica cuales son las obligaciones que cada uno de ellos debe cumplir para que una edificación sea realizada correctamente. Cada uno es responsable de su trabajo. Si dentro del plazo aparece un defecto garantizado por ley, hay que averiguar cuál es la causa de dicho defecto para a continuación establecer quién o quienes, de entre todos ellos, son los responsables de dicha causa.
Por ley, el Promotor responde en todo caso. No obstante, es aconsejable dirigirnos también a los demás intervinientes responsables para que todos se vean implicados en la solución del problema.
Como determinar quién o quienes son responsables es una cuestión eminentemente técnica, lo más aconsejable es solicitar a un profesional técnico de la edificación que nos realice un ‘Dictamen Pericial’ por escrito.
El Dictamen
El Dictamen no es más que un Informe, en el que un profesional cualificado da su opinión técnica sobre las cuestiones que sometamos a su consideración.
El Dictamen puede hacerlo un Arquitecto Superior, un Aparejador o incluso un Ingeniero o un Perito Industrial, pero lo más aconsejable es que lo haga un Arquitecto Superior, pues sólo él tiene la cualificación técnica suficiente para considerar todos los aspectos del problema, para realizar un diagnóstico adecuado y para proponer una solución al mismo. Piense que un aparejador puede pronunciarse sobre si una obra se ha ejecutado bien o no, evaluando el trabajo del constructor, pero no puede pronunciarse sobre si el Arquitecto que realizó el Proyecto realizó un cálculo correcto para diseñar la cimentación adecuada, pues son conocimientos técnicos que exceden de su titulación. Así pues, recomendamos que lo haga un Arquitecto Superior. En las páginas amarillas los encontramos, igual que encontramos un fontanero. Es aconsejable siempre pedir un presupuesto pues hay grandes diferencias de precio de unos a otros al ser una profesión liberal.
Cuando encarguemos el Dictamen, para que sea realmente útil, hay que dejarle muy claro al profesional que queremos que se pronuncie expresamente sobre los siguientes puntos:
• a) Descripción de los defectos constructivos observados.
• b) Causa de los defectos constructivos observados.
• c) Agente o agentes de la Edificación responsables de la causa de los defectos (si es posible determinarlos, y en caso contrario, que explique por qué no es posible determinarlos).
• d) Posible solución técnica a los defectos constructivos.
• e) Presupuesto de ejecución de la solución técnica propuesta.
Y que queremos que el Dictamen lo someta a Visado de su Colegio Profesional. El Visado es un trámite por el cual el Colegio de Arquitectos, en su caso, supervisa el Dictamen y comprueba que la opinión del Arquitecto es razonable y conforme con la ciencia y el arte de la Arquitectura. Al visarlo, el Colegio digamos que avala la profesionalidad con la que se hizo.
Insistimos en que es muy importante que en el Dictamen se pronuncie por escrito sobre todos esos puntos así como que esté visado por el Colegio correspondiente, pues esta será la principal prueba y argumento que utilizaremos tanto si intentamos un acuerdo amistoso con los responsables como si los llevamos a los Tribunales.
La realización del Dictamen es, desde nuestra experiencia, absolutamente aconsejable desde el primer momento. Su coste no es alto, salvo que haya que hacer pruebas complejas, y queda de sobras compensado por el tiempo que ganamos al disponer de él.
En la práctica, en nuestra experiencia, los Promotores, Arquitectos, Constructores y demás intervinientes en la edificación, ante la existencia de un defecto tienen la mala costumbre primero, de negar la existencia del defecto, segundo, de intentar ‘parchearlo’ con una solución inadecuada, y tercero, de demorar la solución del problema todo lo posible con la esperanza de que terminen los plazos de garantía.
Con el Dictamen en la mano ya no tenemos por qué discutir con ellos si el defecto existe o no, pues ya lo ha comprobado un técnico imparcial. No tenemos que aceptar ninguna discusión al respecto. Cualquier negativa por parte del Promotor, Constructor etc… a reconocer su existencia ya nos pone sobre la pista de que no van a colaborar. No merece la pena perder el tiempo intentando convencerles de que solucionen los problemas por las buenas.
Con el Dictamen en la mano, ya sabremos exactamente qué reparación exigirle al Promotor, Constructor, etc…No tenemos por qué aceptar ninguna otra solución, ya que probablemente sea un ‘parche’ para evitar temporalmente el daño hasta que pase el plazo de garantía. Hay que exigir la reparación que nos sugiere nuestro perito.
Con el Dictamen en la mano podemos ofrecer a los responsables una alternativa. O reparan los defectos ellos mismos conforme a la solución propuesta por nuestro perito, o bien pagan por adelantado el importe presupuestado para ello, también por nuestro perito.

Comunicación a los responsables
Gracias al Dictamen, ya sabremos quiénes, de entre todos los que intervinieron en la edificación, son los responsables de que hayan aparecido los defectos.
Ya hemos dicho que el Promotor es responsable en todo caso por imperativo de la ley. Pero además, el Dictamen nos dirá quiénes son responsables desde el punto de vista técnico.
A todos y cada uno de ellos tenemos que dirigirnos para poner en su conocimiento la existencia de los defectos así como nuestra exigencia de que o bien los reparen o bien paguen su reparación. A cada comunicación hemos de acompañar una copia del Dictamen, para ahorrarnos discusiones estériles. También es aconsejable que les señalemos un plazo razonable para que resuelvan el problema, transcurrido el cual es mejor acudir directamente a los Tribunales.
La comunicación hay que realizarla por escrito y por algún medio fehaciente , es decir, que permita dejar constancia de la comunicación y de su contenido. El medio más adecuado es el Burofax certificado y con acuse de recibo. Puede encontrar un Modelo de Requerimiento a los agentes de la edificación para que subsanen los defectos constructivos en nuestra sección de Formularios sobre Adquisición de Vivivenda .

Adquiera en nuestra sección de formularios el Modelo de Requerimiento a agentes intervinientes en la edificación para que subsanen los defectos constructivos redactado por nuestros abogados especialistas en vivienda. Sólo por 30 euros, IVA incluido.


La comunicación hay que realizarla siempre, pues llegado el caso ante los Tribunales hay que acreditar que se puso en conocimiento de los responsables la existencia de los defectos. Por tanto, aunque sepamos de antemano que la comunicación no va a ser atendida y que no van a solucionarnos el problema por las buenas, hay que hacerla.
Si transcurrido el plazo que hemos concedido a los responsables nos encontramos con que no han resuelto el problema, o que incluso ni siquiera se han puesto en contacto con nosotros, lo que hay que hacer es exigir la reparación de los defectos en los Tribunales.
La reparación previa.
La ley, en virtud de las garantías que hemos visto, nos concede el derecho a que los responsables nos reparen los defectos que padecemos en nuestra vivienda, por sí mismos o por medio de terceros, y esto es precisamente lo que podemos exigir en los tribunales. Si los responsables no lo hacen voluntariamente, tenemos que acudir a los tribunales para que les obliguen a hacerlo.
Reparar nosotros mismos los defectos y reclamar luego judicialmente el reembolso del dinero que costó es arriesgado pues los Tribunales no lo aceptan en todos los casos.
Si, no obstante, los defectos que padecemos son de cierta entidad y afectan gravemente a nuestra seguridad o a las condiciones de habitabilidad de la vivienda, dado que en el mejor de los casos un procedimiento judicial se demora meses, podemos optar por reparar nosotros mismos, pero siempre habiendo realizado el Dictamen y habiendo realizado a todos y cada uno de los responsables la comunicación que hemos explicado. En este caso la comunicación es requisito sine qua non. Es más. Lo más conveniente, si nuestra intención es reparar nosotros mismos, es realizar la comunicación fehacientemente al menos en un par de ocasiones.
De todas formas, le recordamos que llegados a este punto lo mejor que puede hacer es confiar en un abogado la dirección del caso, pues sólo él, tras tomar conocimiento en detalle de todas las circunstancias, sabrá aconsejarle lo más conveniente para su caso.
 
F
Fiqui
11/11/2008 21:39
NO te va a quedar otra que denunciar, porque sino se hacen cargo ni la constructora ni la promotora...pues te tocara denunciar
 

Fin del hilo
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