Hola
En mi opinion poco podeis hacer puesto que todos estais incumpliendo las normas y ya teneis sentado un precedente, la fachada tanto interior como exterior es zona comun por tanto todos tenian que contar con el permiso de la junta de propietarios.
Habria que estar a lo que digan los estatutos (caso que tengais) o las normas de regimen interno, asi como si en algun caso se rompe la estetica, sobresale o no de la propiedad privada, etc. el articulo 396 del codigo civil entre otras cosas, dice... ; las fachadas, con los revestimientos exteriores de terrazas, balcones y ventanas, incluyendo su imagen o configuración los jueces en estas cosas determinan sobre razones de peso en otras ocasiones consideran que no son suficientes.
Si en este caso es el ruido lo que molesta podrias solicitar en tu Ayuntamiento que hagan una medicion por si excede de los niveles permitidos, por lo demas en caso que no haga caso de tu requerimiento lo unico que puedes hacer es ponerlo en el orden del dia de la proxima junta de propietarios y que sea esta la que decida.