arantxa garcia garcia dijo:
Buenas queria preguntar que mayoria se necesita para cambiar una puerta de entrada de una de las viviendas que teniamos para el portero, la han abierto en otro lado y han tabicado la que existia. si lo han echo sin la mayoria adecuada ¿que se puede hacer?
Las viviendas del portero tienen la consideracion de zona comun y si estaban asi cuando se constituyo la comunidad lo que se ha hecho es una alteracion del titulo constitutivo, y para que ese acuerdo sea firme y legal a todos los efectos precisa unanimidad.
Ahora bien, si alguien voto en contra esta obligado a impugnar en los tribunales, puesto que es un acuerdo impugnable, no es nulo de pleno derecho...si ha pasado el tiempo (un año) y no ha impugnado el acuerdo es valido, aun asi habria que estar la importancia que tenga y la opinion del juez que es el que tiene la ultima palabra.
En mi opinion con la Ley en la mano ganaria el juicio y lo tendrian que dejar como estaba pero hay que seguir un procedimiento legal, si no se sigue pierdes los derechos...esta todo explicado en el articulo 18 de la LPH.