manazas_3 dijo:
Hola,les cuento,en mi comunidad hay dos vecinos q deben una cantidad de dinero
uno debe 6 meses de comunidad y otro 3.A esto hay q añadir q ahora tenemos q hacer una derramo de 400€ por vecino.
El presidente dice q si esos dos no ponen el dinero,tendremos q pagarlo entre los 8 restantes vecinos,ya q la obra,ya esta contratada y empezara en breve¿nos pueden obligar a pagar una deuda q no es nuestra?
GRacias
El presidente a tomado una resolucion que debe entenderse como provisional para que el programa que tengais aprobado se vaya cumpliendo lo principal es que la comunidad funcione, debeis hacer lo que dice, ahora bien, lo que deberia haber hecho es un requerimiento por escrito a los morosos para que en un plazo de 15 dias se pongan al dia, en caso contrario debe convocar una reunion extraordinaria para APROBAR LA LIQUIDACION DE LAS DEUDAS es un requisito previo para poder ir al juzgado, no hace falta abogado si las deudas no superan los 900€ con el acta y la autorizacion de la junta de propietarios el ya puede reclamarlo por el juzgado y todos los gastos mas los intereses los tienen que pagar los morosos si no lo hacen les pueden incluso embargar.
Por tanto hablar con el presidente y decirle que convoque junta y se apruebe la liquidacion de deudas.