Derrama modificacion ascensor
¿Cómo se debe repartir el gasto de adecuar el ascensor a la nueva ley vigente en la finca?
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Después de una reunión el otro día en mi finca, no quede conforme de lo acordado allí, se lo comunique al presidente y acordó que estudiaría mi queja, a la cual me ya me ha contestado diciéndome que estoy equivocado, por ello lo planteo aquí para tener alguna opinión más.
La cuestión es que hay que modificar el ascensor para adecuarlo a la nueva ley vigente, se ha hecho un reparto del gasto por coeficientes de vivienda, de garajes, y de trasteros, excluyendo las plantas bajas.
Pero no pagan todos. Todas las viviendas pagan, y solamente pagan los garajes y trasteros cuyos propietarios tengan vivienda. Ya que supuestamente los demás no usan el ascensor.
En los estatutos de la finca, claramente indica que las plantas bajas, sótanos cuyos propietarios no hagan uso de los elementos comunes están excluidos a los gastos generales de luz, reparación, conservación y reposición del zaguán.
Pero este caso bajo mi punto de vista no se puede considerar como un gasto común, sino adecuar un elemento de la finca a una nueva normativa, con lo cual además este se revaloriza, por lo que considero que si excluyen a las plantas bajas y algunos garajes habría que excluirlas a todos, ya que interpreto que la ley incluye en estos casos la obligación de pagar la derrama a todos los copropietarios.
Y mi proposición y la de algún vecino mas es que se debería dividir el gasto únicamente entre las viviendas, ya que somos los que normalmente le vamos a dar uso al ascensor independientemente de en que piso nos bajemos.
Además, creo que aunque sea legal, no sería ético solicitar el pago a quienes no lo usen por ello mi proposición. Además de los quebraderos de cabeza que podría provocar.
Gracias por todo, y espero que se entienda lo que quiero decir.