Lo peor que puede pasar en una comunidad es quedarse en minoria, si ocurre o tragas o tienes que buscarte abogado y poner demanda, algo que siempre entraña riesgo y dinero.
Lo que cuentas no es ilegal, por mayoria pueden decidir el uso de las zonas comunes, si no quieren que nadie deje el carro y aprueban el acuerdo encajaria como norma de regimen interno.
Lo de comprar plantas podrias librarte si la parte que a ti te toca, es decir si divides 167 / 8 = 20,87 si los 20,87 exceden de tres mensualidades de gastos comunes no estarias obligado al ser una innovacion no exigible, segun el articulo 11 de la LPH, pero si es menos, tendras que pagar o te pondran como moroso y en caso que aprobaran la liquidacion de la deuda en una junta pueden reclamartelo por el juzgado, ademas tampoco tendrias derecho a voto en las juntas...mi consejo es que pagues, en estos casos que comentas lo que han hecho tus vecinos se ajusta a derecho.
Artículo 11.
1. Ningún propietario podrá exigir nuevas instalaciones, servicios o mejoras no requeridos para la adecuada conservación, habitabilidad y seguridad del inmueble, según su naturaleza y características.
2. Cuando se adopten válidamente acuerdos para realizar innovaciones no exigibles a tenor del párrafo anterior y cuya cuota de instalación exceda del importe de tres mensualidades ordinarias de gastos comunes, el disidente no resultará obligado, ni se modificará su cuota, incluso en el caso de que no pueda privársele de la mejora o ventaja.