Limitate a ir acumulando pruebas, anota todos estos errores que te comento y ya veremos el asunto donde termina, tu sigue el guion y no te salgas de el, siguen haciendo chapuzas la ley no se puede saltar, si pretenden ir al juzgado, cuando vayan el juez llamara a las partes y vosotros alegais todo esto, yo personalmente no creo que le admitan nada a tramite, tarde o temprano se estrellaran con la realidad.
1º convocaron sin pedirlo al presidente, primera infraccion legal art.16,1, no podran acreditarlo porque no tienen una prueba de haberlo hecho.
2º al no cumplirse el primer requisito cuando se hace la convocatoria se comete la segunda infraccion legal art 16,2, ....puesto que las convocatorias las debe hacer el presidente, ademas mirar si todo lo que pone en la convocatoria se ajusta a lo que dice este parrafo, en tal caso hay que añadirlo como defecto de forma.
3º se comete otra infraccion legal al poner la convocatoria sin la firma del presidente en el ascensor, art 9,h...se tendrá por domicilio para citaciones y notificaciones el piso o local perteneciente a la comunidad.....
4º levantan acta sin la firma del presidente saliente, art 19,3 . El acta deberá cerrarse con las firmas del presidente y del secretario al terminar la reunión o dentro de los diez días naturales siguientes....otra infraccion legal, en este caso no dice expresamente que tenga que ser el presidente saliente, pero se da por hecho que es asi, puesto que es la rublica de lo acontecido en el año.
Segun dices hacen otra convocatoria y no ponen el listado de morosos ni sus cuantias...siguen haciendo las cosas mal te pego el parrafo de como se debe hacer la convocatoria....
2. La convocatoria de las Juntas la hará el presidente y, en su defecto, los promotores de la reunión, con indicación de los asuntos a tratar, el lugar, día y hora en que se celebrará en primera o, en su caso, en segunda convocatoria, practicándose las citaciones en la forma establecida en el artículo 9. La convocatoria contendrá una relación de los propietarios que no estén al corriente en el pago de las deudas vencidas a la comunidad y advertirá de la privación del derecho de voto si se dan los supuestos previstos en el artículo 15.2.
Te pego tambien un modelo de como se debe presentar una convocatoria, en el orden del dia debe figurar APROBACION DE LIQUIDACION DE DEUDAS a partir de aqui el presidente quedaria facultado para requerir primero y despues reclamar por el juzgado.
CONVOCATORIA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA
Comunidad de propietarios: -----------------
Fecha de la reunión 02/02/2009
Hora de primera convocatoria: 20:00
Hora de segunda convocatoria: 20:30
Lugar de reunión: PORTAL
Estimado/a propietario/a:
Siguiendo instrucciones del Presidente de la Comunidad y en cumplimiento del artículo 16, apartado 1 de la ley de Propiedad Horizontal, se le convoca a la JUNTA GENERAL ORDINARIA que se celebrará en el lugar, fecha y hora recogidos en el encabezamiento, conforme al siguiente
ORDEN DEL DIA
1.- Aprobacion si procede de la liquidacion de deudas pendientes y autorizar al presidente para los tramites necesarios.
2º .....................................
3º- RUEGOS Y PREGUNTAS.
Nota: A los efectos procedentes, se hace constar que, conforme al artículo 15.2 de la LPH, aquellos propietarios que tienen recibos pendientes de pago, no podrán ejercer su derecho de voto de seguir en esa situación el día de la Junta.
El Secretario-Administrador
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BOLETÍN DE REPRESENTACION
(Deberá entregarse al Administrador al comienzo de la Junta)
El que suscribe Dº/Dª vecino de la comunidad y ante la imposibilidad de asistir personalmente a la JUNTA GENERAL ORDINARIA de fecha 27/1/2009, otorgo mi representación para tal acto y a todos los efectos al portador de la presente AUTORIZACION.
Persona autorizada:
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Fdo.- ____________________ Propietario de la Vivienda nº _____________