Muy bien, eso queria saber, si lo pediste el secretario tiene obligacion de ponerlo...ahora toca esperar a ver el acta, en caso que se recoja bien, tu nombre tu voto en contra y tu intencion de ompugnar si fuera preciso, tendrias el derecho durante un año para ejecutar la impugnacion y como te digo la ganarias.
En caso que no figure tu nombre y la frase quede confusa, mandas un burofax dentro de los 30 dias y acogiendote al articulo 19,3, les mandas de nuevo el texto integro para que no queden dudas, diciendo que no estas conforme con la redaccion del acta y que hay testigos de ello.
Mientras tanto en tu Ayuntamiento estara el proyecto completo de la urbanizacion donde vives, en la memoria debe haber una hoja donde figuren las superficies de TODAS las parcelas, ese dato lo necesitas para poder demostrar que el coeficiente esta sacado en funcion de las parcelas y no de las viviendas, y la ley en su articulo 3 y 5 habla siempre de las viviendas no de las parcelas.
Te pondre un ejemplo, figurate que dentro de la urbanizacion alguien hubiera comprado solo la parcela, sin vivienda, al tener el coeficiente solo relacion con las parcelas, este señor estaria pagando comunidad sin tener casa, puesto que tendria tambien coeficiente de propiedad como todos los demas.
ARTICULO 19,3
El acta de las reuniones se remitirá a los propietarios de acuerdo en el procedimiento establecido en el artículo 9.
Serán subsanables los defectos o errores del acta siempre que la misma exprese inequívocamente la fecha y lugar de celebración, los propietarios asistentes, presentes o representados, y los acuerdos adoptados, con indicación de los votos a favor y en contra, así como las cuotas de participación que respectivamente suponga y se encuentre firmada por el presidente y el secretario. Dicha subsanación deberá efectuarse antes de la siguiente reunión de la Junta de propietarios; que deberá ratificar la subsanación.
Cuando recibas el acta fijate que estos detalles que indica la ley esten reflejados, si no lo estan tambien podria ser objeto de impugnacion.
Divide el presupuesto que tengais del año por el numero de propietarios, la diferencia es lo que te tocara pagar de mas, asi durante toda la vida....una injusticia, no lo consientas, que lo que han aprobado esta mal.