Podeis hacerlo aprobandolo por unanimidad, convocais una junta, se plantea la necesidad se vota lo reflejais en acta y si nadie esta en contra es un acuerdo firme, si alguien no quiere podria impugnarlo, al ser una alteracion del titulo constitutivo.
Teneis un buen problema si solo sois 12 para repartiros los gastos, a la promotora reclamarles lo que deba, si les embargan algo, la comunidad creo que tiene preferencia.