Las barbacoas suelen ser un actividad clasificada dentro del concepto "actividad molesta, insalubre o peligrosas", por tanto, si se realizan, pueden ser denunciadas.
También suelen estar prohibidas por las normas contra incendios, pues para hacer barbacoas se suelen requerir una serie de requisitos legales que no se suelen cumplir en la mayoría de los casos.
La actividad de la barbacoa se puede prohibir dentro de las normas de régimen interno, normas que se aprueban por mayoría simple.
Quien las defienda si considera que esa proibición te perjudica, puede impugnarla, pero si se continua con la actividad, te pueden denunciar.
Si llaman a la policia y están prohibidas por las normas contra incendios, sancionarán con una multa que, dependiendo del lugar, suelen ir entre los 300 y los 1000 Euros, incluso pueden ser superiores si, además, están situadas cerca de lugar con especialidad peligrosidad.
Para mas informacion te pego este enlace de un real Decreto 2414/1961, de 30 de noviembre
http://www.ruidos.org/Normas/RAMINP.htm
¿Las medidas que se pueden adoptar?, pedir a la junta de propietarios que se prohiban como norma de regimen interno, llamar a la policia local por si se incumple alguna ordenanza.....poner una denuncia en el juzgado si se incumple el decreto, depende de la relevancia del caso.